III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-24660)
Resolución de 8 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el V Convenio colectivo de Air Europa Líneas Aéreas, SAU (Tripulantes Técnicos de vuelo).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 2 de diciembre de 2023

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2.º Para cualquier otro tipo de información que se precise obtener del registrador de
datos de vuelo o de cualquier otro sistema de toma de datos del avión sobre la operación
de vuelo sólo será utilizada mediante expresa autorización de la Representación de los
Pilotos, salvo en el caso de CVR´s que solamente será utilizado en caso de accidente o
incidente y a requerimiento de la Autoridad Aeronáutica correspondiente, previo
conocimiento por parte de la Representación de los Pilotos.
Localización del equipo: El único equipo existente se colocará en una zona de
acceso restringido dentro del Departamento de Seguridad de Vuelo de AEA, en las
instalaciones de Llucmajor. Cualquier modificación de su ubicación deberá serle
notificada por escrito a la representación sindical de los tripulantes Técnicos Pilotos.
Seguridad: El ordenador tendrá clave de acceso de seguridad, limitándose esta,
exclusivamente, a las personas con responsabilidad directa, anteriormente citadas en
personal implicado.
Cada una de estas personas tendrá el acceso limitado a su área de trabajo mediante
contraseñas adicionales.
El ordenador podrá estar conectado en red (Servidor de Llucmajor de Air Europa)
con seguridad garantizada, debiendo esta poder ser demostrada, cuando la capacidad
de almacenamiento se vea comprometida en el propio ordenador.
Confidencialidad: Los resultados de los análisis que se realicen no contendrán dato
alguno que permita la identificación del vuelo.
El personal implicado en el programa FOQA no revelará ninguna información que
permita la identificación del vuelo en el que se haya detectado un «evento FOQA». Dicha
información sólo podrá ser conocida por el resto del personal implicado en el programa y
tan solo, en el caso de que sea necesaria para el desarrollo de sus cometidos dentro del
mismo.
Proceso de análisis: Con cierta periodicidad se descargará de los aviones el disco
óptico u otro sistema de registro y almacenamiento que contenga los datos y se
introducirá uno vacío en su lugar. En principio se pretende que esto se haga
semanalmente, aunque dependiendo de la disponibilidad de descarga por parte del
departamento de mantenimiento y de la capacidad del soporte utilizado, este período
entre descargas podría verse alargado.
El formato que contenga los datos se enviará al Área de Seguridad de Vuelo de
forma segura.
El Operador FOQA lo procesará con el programa de análisis automático, cuyo fin es
estadístico, es decir, los datos introducidos se suman a otros ya guardados actualizando
los análisis programados.
Se podrán hacer copias de seguridad en CD-ROM o bien en el servidor de Llucmajor,
al objeto de restaurar los datos en caso de fallo del sistema. Estas copias son
absolutamente ilegibles sin el software adecuado y por tanto seguras. Al guardarse los
datos del vuelo en soporte físico, el programa permite procesarlos de nuevo, si existieran
problemas con el ordenador o el sistema.
Los discos ópticos u otro sistema de registro que lo permita, se borrarán después
para volver a ser utilizados a bordo de los aviones para posteriores descargas.
Cuando los análisis automáticos detecten un suceso considerado grave, el analista
se lo comunicará al Máximo Responsable y en su ausencia al Analista FOQA, este
realizará un análisis manual para conocer lo sucedido. Validando o descartando el
evento.
Nota 1: El sistema detecta un suceso como grave cuando un parámetro tiene más
valor que el definido como umbral, por ejemplo 340Kts de IAS o M.82. El análisis manual
consiste en relacionar el resto de parámetros en el mismo instante de tiempo, por
ejemplo altura, inclinación, pitch, G´s, etc... lo que permite valorar más adecuadamente
el hecho.
Nota 2: El sistema, no automáticamente, sino investigando en la base de datos
central o con Programación de Vuelos, permitiría averiguar el autor del suceso; Sin
embargo por las restricciones establecidas en este protocolo de procedimientos queda

cve: BOE-A-2023-24660
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Núm. 288