III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-24663)
Resolución de 22 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques eólicos Salus de 42 MW, Saritor de 18,25 MW, Sancus de 48 MW, Rumina de 48 MW, Rusor de 30 MW, Runcia de 24 MW y Salacia de 42 MW, y sus infraestructuras de evacuación, en Tauste (Zaragoza)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 288

Sábado 2 de diciembre de 2023

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medidas concretas. No obstante, si en el transcurso de los trabajos se produjera el
hallazgo de restos, deberá comunicarse a la mencionada Dirección General, tal y como
se e indica en el condicionado de la presente resolución.
El parque eólico Rumina afecta al Gasoducto de Transporte Primario Gallur-TausteEjea. La afección queda resuelta, según señala la empresa afectada, cumpliendo las
Condiciones Generales y Particulares que adjunta como anexo a su informe, a lo que el
promotor manifiesta conformidad.

Los promotores presentan un estudio de impacto sonoro donde se señala que
esperan impactos sobre la calidad acústica de la zona en la fase de construcción de los
proyectos, debido al uso de maquinaria y vehículos, así como al movimiento de tierras.
Si bien el incremento sonoro será puntualmente elevado, la distancia a los núcleos
poblacionales hará que los niveles de ruido que perciban los habitantes se encuentren
por debajo de 45 dB, por tanto, el impacto es considerado compatible.
El EsIA recopila una serie de medidas preventivas y correctoras que se llevarán a
cabo con el fin de minimizar el impacto acústico, como limitar la velocidad máxima de los
vehículos en obra a 20 Km/h, limitar la circulación a través de las zonas urbanas a lo
estrictamente necesario, mantener en óptimas condiciones los vehículos y la maquinaria,
ejecutar las obras en periodo diurno y, revisar periódicamente el estado de los
aerogeneradores. El Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón informa que el
promotor deberá velar por una baja emisión de polvo y ruidos que minimicen las
molestias sobre la población durante el tiempo que duren las obras, lo que queda
incorporado en el condicionado de la presente resolución.
El EsIA también prevé impacto sonoro en la fase de explotación, debido al
funcionamiento de los aerogeneradores, tanto por el ruido del motor, como por el de las
aspas al girar. El ruido máximo por aerogenerador se establece en 106,0 dB(A) y, de
todos los parques será 122,33 dB(A). Teniendo en cuenta este dato y la distancia de los
parques a las poblaciones próximas, el nivel de ruido percibido por las mismas será
siempre inferior a 39 dB(A), por tanto, el impacto es considerado compatible. No
obstante, los promotores se comprometen a realizar un seguimiento de los niveles en
esta fase. Si fruto de dicho seguimiento se encontrasen efectos no esperados, se
diseñarán e implementarán las medidas de corrección oportunas, como paradas
puntuales de los aerogeneradores.
En cuanto a los efectos por sombra intermitente o parpadeo producido por el
movimiento de las aspas, el EsIA ha estimado que el aerogenerador SRT-01 del PE
Saritor puede generar sombras sobre una parte de la zona industrial de Tauste, pero sin
afectar a núcleos de población, por lo que considera que el impacto es compatible.
Dentro del área con generación de sombras intermitentes se encuentran varias
explotaciones ganaderas, por lo que los promotores se comprometen a realizar, previo al
proyecto constructivo, un estudio de sombras para todas las posiciones del parque
atendiendo a las explotaciones ganaderas presentes. Adicionalmente, indican que se
verificará a través del programa de vigilancia ambiental la necesidad de aplicar medidas
correctoras adicionales, lo que queda recogido en el condicionado de la presente
resolución.
Esta Dirección General solicita a los promotores estudiar las implantaciones o
número de aerogeneradores, teniendo en cuenta la distancia a núcleos poblacionales.
En respuesta a la información adicional, los promotores reubican el aerogenerador
SRT-1 del PE Saritor por su proximidad a Tauste.
Durante las obras y la explotación, se afectará el uso del suelo agrícola. Los
promotores consideran que los usos son compatibles con la implantación de los
proyectos. No obstante, con el fin de minimizar esta afección, el promotor respetará el
uso actual de los viales y caminos durante las obras. Por otro lado, los promotores
señalan que todos los servicios afectados, en particular las acequias, caminos y
carreteras que tengan que ser modificados por las obras serán repuestos a la mayor

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