III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-24662)
Resolución de 22 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del "Estudio Informativo del Corredor Cantábrico-Mediterráneo de Alta Velocidad (LAV). Tramo: Castejón-Logroño".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 288

Sábado 2 de diciembre de 2023

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en recinto cerrado sobre solera impermeable. En caso de derrame accidental, se aplicará
sobre el mismo material absorbente, que se almacenará y gestionará como un residuo
peligroso. Estos residuos deberán almacenarse, herméticamente envasados y
etiquetados, en un recinto cerrado e impermeabilizado especialmente indicado para esta
función, debiendo entregarse a un gestor de residuos peligrosos autorizado en el plazo
máximo de 6 meses.
Adicionalmente, para prevenir y mitigar los efectos ocasionados por la generación de
residuos, el promotor plantea las siguientes medidas:
– Retirada periódica a vertedero de los excedentes y materiales sobrantes, por un
gestor autorizado por la Administración autonómica correspondiente. El acopio de
materiales será mínimo y se realizará en los puntos limpios establecidos y zonas
auxiliares. En caso de ser necesaria la creación de nuevos vertederos, se realizará un
estudio específico de localización en el que se tendrán en cuenta las zonas de exclusión
y se valorarán las afecciones ambientales de las diferentes alternativas de
emplazamiento.
– Como zonas de préstamo se utilizarán canteras debidamente legalizadas y con
planes de restauración aprobados.
– Cada proyecto de construcción incluirá un estudio de gestión de los residuos de
construcción y demolición, según lo descrito en el artículo 4 del Real Decreto 105/2008,
de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los Residuos de
Construcción y Demolición, que cumplirá además con lo establecido en los planes
directores de residuos que se encuentren vigentes en las Comunidades Autónomas de
La Rioja y Aragón.
– Las instalaciones y elementos auxiliares de obra se localizarán preferentemente a
lo largo de la infraestructura, procurando no exceder la zona de ocupación estricta de las
obras. Estas zonas tendrán carácter temporal, por lo que deberán ser retiradas y
desinstaladas una vez finalizadas las obras, restituyendo el terreno a sus condiciones
originales y procediendo a su restauración e integración paisajística.
– En la fase constructiva del proyecto se deberá efectuar una programación de los
trabajos con el fin de concretar los movimientos de tierra requeridos, así como todas las
instalaciones de obra y caminos de acceso, que emplearán la propia traza, siempre que
sea posible, con el objetivo de minimizar la ocupación provisional de terrenos. Al finalizar
las obras se procederá a la total retirada de residuos, de forma que las superficies
queden dispuestas para su adecuación ambiental y paisajística.
El promotor deberá considerar lo expuesto en los informes de la Dirección General
de Calidad Ambiental y Recursos Hídricos del Gobierno de La Rioja y por la Dirección
General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra, cuyas medidas se trasladan al
condicionado de la presente declaración de impacto ambiental.
Hidrología superficial:

Las actuaciones se desarrollan en las inmediaciones al sur del río Ebro. El diseño
planteado en la alternativa elegida procura evitar la invasión del Dominio Público
Hidráulico. Los ríos principales del ámbito de actuación son el Alhama, Iregua, Leza y
Cidacos, y son interceptados por el trazado propuesto, si bien sobre los dos primeros no
se plantean modificaciones de la plataforma actual. Los trazados que se desarrollan al
norte de Rincón de Soto invaden la llanura de inundación del río Ebro, al igual que los
trazados que se desarrollan al norte de Calahorra. El número de pasos en viaducto
diseñados para la Alternativa 6, seleccionada por el promotor, es de 11.
Los principales efectos en la hidrología superficial que se pueden producir son la
alteración de la calidad de las aguas y el efecto presa por interceptar escorrentías
naturales. Durante la fase de construcción la calidad del agua puede verse afectada por
vertidos accidentales y el movimiento de tierras. La presencia de maquinaria aumenta el
riesgo de vertidos de aceites, combustible y otras sustancias contaminantes. Por otro

cve: BOE-A-2023-24662
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