III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-24662)
Resolución de 22 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del "Estudio Informativo del Corredor Cantábrico-Mediterráneo de Alta Velocidad (LAV). Tramo: Castejón-Logroño".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 2 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 160704
2.11 Las balsas de decantación de sólidos en suspensión se diseñarán y
dimensionarán en función de la superficie a drenar y de la máxima precipitación
esperada, debiendo ser informadas y autorizadas por el organismo de cuenca
correspondiente. Las balsas serán limpiadas periódicamente y revisadas después de
cada episodio de lluvias, controlando las características químicas de los sedimentos
retirados para adecuar su gestión como residuo.
2.12 En caso de que durante las obras de excavación de túneles y desmontes se
advierta la afección a la zona saturada de un acuífero, se llevarán a cabo, en
coordinación con la Confederación Hidrográfica del Ebro, las operaciones de
descontaminación y reparación de fugas necesarios para garantizar al máximo la
conservación del estado de la masa de agua subterránea afectada y su continuidad.
2.13 Sin perjuicio de lo anterior, cada proyecto constructivo incluirá en un anexo un
estudio hidrogeológico más detallado con una evaluación precisa de los efectos que sus
túneles, desmontes y demás elementos puedan provocar sobre el nivel piezométrico de
los acuíferos subyacentes, sobre los manantiales, arroyos y ríos hidrológicamente
conectados, hábitats y comunidades biológicas y captaciones de abastecimiento
afectadas, de acuerdo con las características finales del proyecto y con la mejor
información hidrológica específicamente recabada por el promotor a estos efectos.
También incluirá las medidas preventivas y correctoras de los impactos previstos sobre
todos estos elementos, incluyendo la impermeabilización del túnel en toda su longitud
(túnel estanco), y las medidas de restauración y compensación de los impactos
residuales que con la información disponible se considere que no pueden ser evitados.
El estudio hidrogeológico adjuntado a cada proyecto constructivo se someterá a informe
de la Confederación Hidrográfica del Ebro, que podrá establecer prescripciones técnicas
específicas que garanticen la protección de la hidrología subterránea.
2.14 En caso de detectarse durante el seguimiento que el proyecto provoca
impactos no previstos sobre las aguas subterráneas o superficiales, las obras
correspondientes se paralizarán y se comunicará dicha circunstancia a la Confederación
Hidrográfica del Ebro, que podrá imponer las condiciones adicionales que estime
necesarias para su mitigación y restauración. El promotor repondrá íntegramente el
caudal y la funcionalidad de todos los manantiales, surgencias y otros afloramientos que
se vean afectados por la alteración provocada en el nivel de las aguas subterráneas con
las que están conectados, así como las condiciones necesarias para el mantenimiento
sin deterioro de sus comunidades biológicas y, en su caso, el abastecimiento a la
población y demás usos que se vean afectados. Para ello aplicará las medidas que en
cada caso resulten más efectivas para lograr dicha reposición, a su vez evitando que con
las medidas adoptadas se pueda deteriorar el estado de otros acuíferos, manantiales,
cauces o masas de agua. En el caso de constatarse efectos del proyecto sobre
comunidades biológicas dependientes del agua que no puedan ser completamente
corregidos mediante la reposición de aguas, se compensará el impacto residual
producido mediante el nuevo establecimiento o la restauración de una superficie al
menos doble de la afectada del mismo tipo de comunidad vegetal, asegurando
previamente en la superficie de compensación la disponibilidad de agua en el suelo y las
condiciones de cantidad y calidad que dicho tipo de vegetación requiera.
2.15 Con anterioridad a la redacción de cada proyecto constructivo, se realizará
con personal especializado una prospección florística del ámbito de la traza y las zonas
auxiliares de obra y accesos (incluyendo préstamos y vertederos), para identificar y
cartografiar eventuales poblaciones de especies protegidas de flora y superficies
ocupadas por Hábitats de Interés Comunitario (HIC), debiendo replantear en caso
necesario el emplazamiento de las obras previsto en esta fase de Estudio Informativo.
Las zonas en que se hayan localizado poblaciones de flora protegida se jalonarán para
evitar el paso de maquinaria o cualquier tipo de alteración por las obras. Los desbroces
se limitarán estrictamente al área de ocupación y solo se realizarán con métodos
mecánicos, nunca con medios químicos o quemas. Los órganos competentes en
biodiversidad de los Gobiernos de La Rioja y Navarra serán consultados para supervisar
cve: BOE-A-2023-24662
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 288
Sábado 2 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 160704
2.11 Las balsas de decantación de sólidos en suspensión se diseñarán y
dimensionarán en función de la superficie a drenar y de la máxima precipitación
esperada, debiendo ser informadas y autorizadas por el organismo de cuenca
correspondiente. Las balsas serán limpiadas periódicamente y revisadas después de
cada episodio de lluvias, controlando las características químicas de los sedimentos
retirados para adecuar su gestión como residuo.
2.12 En caso de que durante las obras de excavación de túneles y desmontes se
advierta la afección a la zona saturada de un acuífero, se llevarán a cabo, en
coordinación con la Confederación Hidrográfica del Ebro, las operaciones de
descontaminación y reparación de fugas necesarios para garantizar al máximo la
conservación del estado de la masa de agua subterránea afectada y su continuidad.
2.13 Sin perjuicio de lo anterior, cada proyecto constructivo incluirá en un anexo un
estudio hidrogeológico más detallado con una evaluación precisa de los efectos que sus
túneles, desmontes y demás elementos puedan provocar sobre el nivel piezométrico de
los acuíferos subyacentes, sobre los manantiales, arroyos y ríos hidrológicamente
conectados, hábitats y comunidades biológicas y captaciones de abastecimiento
afectadas, de acuerdo con las características finales del proyecto y con la mejor
información hidrológica específicamente recabada por el promotor a estos efectos.
También incluirá las medidas preventivas y correctoras de los impactos previstos sobre
todos estos elementos, incluyendo la impermeabilización del túnel en toda su longitud
(túnel estanco), y las medidas de restauración y compensación de los impactos
residuales que con la información disponible se considere que no pueden ser evitados.
El estudio hidrogeológico adjuntado a cada proyecto constructivo se someterá a informe
de la Confederación Hidrográfica del Ebro, que podrá establecer prescripciones técnicas
específicas que garanticen la protección de la hidrología subterránea.
2.14 En caso de detectarse durante el seguimiento que el proyecto provoca
impactos no previstos sobre las aguas subterráneas o superficiales, las obras
correspondientes se paralizarán y se comunicará dicha circunstancia a la Confederación
Hidrográfica del Ebro, que podrá imponer las condiciones adicionales que estime
necesarias para su mitigación y restauración. El promotor repondrá íntegramente el
caudal y la funcionalidad de todos los manantiales, surgencias y otros afloramientos que
se vean afectados por la alteración provocada en el nivel de las aguas subterráneas con
las que están conectados, así como las condiciones necesarias para el mantenimiento
sin deterioro de sus comunidades biológicas y, en su caso, el abastecimiento a la
población y demás usos que se vean afectados. Para ello aplicará las medidas que en
cada caso resulten más efectivas para lograr dicha reposición, a su vez evitando que con
las medidas adoptadas se pueda deteriorar el estado de otros acuíferos, manantiales,
cauces o masas de agua. En el caso de constatarse efectos del proyecto sobre
comunidades biológicas dependientes del agua que no puedan ser completamente
corregidos mediante la reposición de aguas, se compensará el impacto residual
producido mediante el nuevo establecimiento o la restauración de una superficie al
menos doble de la afectada del mismo tipo de comunidad vegetal, asegurando
previamente en la superficie de compensación la disponibilidad de agua en el suelo y las
condiciones de cantidad y calidad que dicho tipo de vegetación requiera.
2.15 Con anterioridad a la redacción de cada proyecto constructivo, se realizará
con personal especializado una prospección florística del ámbito de la traza y las zonas
auxiliares de obra y accesos (incluyendo préstamos y vertederos), para identificar y
cartografiar eventuales poblaciones de especies protegidas de flora y superficies
ocupadas por Hábitats de Interés Comunitario (HIC), debiendo replantear en caso
necesario el emplazamiento de las obras previsto en esta fase de Estudio Informativo.
Las zonas en que se hayan localizado poblaciones de flora protegida se jalonarán para
evitar el paso de maquinaria o cualquier tipo de alteración por las obras. Los desbroces
se limitarán estrictamente al área de ocupación y solo se realizarán con métodos
mecánicos, nunca con medios químicos o quemas. Los órganos competentes en
biodiversidad de los Gobiernos de La Rioja y Navarra serán consultados para supervisar
cve: BOE-A-2023-24662
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 288