III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-24662)
Resolución de 22 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del "Estudio Informativo del Corredor Cantábrico-Mediterráneo de Alta Velocidad (LAV). Tramo: Castejón-Logroño".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 288

Sábado 2 de diciembre de 2023

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vertidos accidentales. Los piezómetros se ubicarán en función de la localización de las
zonas auxiliares, el modelo de flujo hidrogeológico estudiado, la presencia de
captaciones para abastecimiento y la localización de espacios naturales protegidos.
El promotor indica que, si durante los movimientos de tierras y perforación de
túneles, aparecen fugas o surgencias de agua, serán inmediatamente selladas,
garantizando su captación y reposición a la red de drenaje de la zona. En caso de
existencia de pozos en la zona de estudio, se hará un estudio detallado para analizar su
posible afección, tanto en lo relativo a la cantidad como a la calidad del agua,
estableciendo las oportunas reposiciones que garanticen los niveles de extracción
existentes antes del inicio de las obras.
Con objeto de garantizar la protección de la hidrología subterránea y el seguimiento
de los potenciales efectos que el proyecto pueda ocasionar sobre el estado de las masas
de aguas subterráneas, se incorporan prescripciones específicas en el condicionado de
la presente declaración de impacto ambiental.
Calidad del aire, ruidos, vibraciones y cambio climático:

El impacto del proyecto sobre la calidad del medio ambiente atmosférico se produce
principalmente por el incremento de los niveles de ruidos y vibraciones, tanto en fase de
construcción como en fase de funcionamiento. Durante la fase de obras, los movimientos
de tierras y el trasiego de maquinaria y vehículos pesados, las operaciones de
excavación y demolición, en especial durante la ejecución de voladuras, constituirán las
principales acciones del proyecto generadoras de impactos por ruidos y vibraciones.
Durante la fase de explotación, el tráfico ferroviario generará emisiones sonoras en el
entorno del trazado, siendo el efecto especialmente significativo si se superan los niveles
de inmisión legales en enclaves vulnerables (zonas de uso residencial, educativo,
cultural o sanitario).
El promotor ha realizado un estudio acústico considerando el escenario más
desfavorable, en el que establece un umbral de 50 m de distancia, a partir del cual la
intensidad de ruido será inferior a los 65 decibelios (dB(A)) establecidos para el periodo
diurno para zonas residenciales en los objetivos de calidad acústica del Anexo II del Real
Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de
noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y
emisiones acústicas. En periodo nocturno, la distancia a partir de la cual los valores
están dentro del límite legal admisible es de 60 m. Para estimar los niveles de inmisión
acústica en fase de explotación, se ha realizado una modelización acústica teniendo en
cuenta todas las fuentes de ruido. Los resultados evidencian que se superarán los
valores límite en varias fachadas de edificios próximos, por lo que será necesario llevar a
cabo medidas correctoras que mitiguen su intensidad. En la alternativa seleccionada se
han identificado un total de 53 edificios afectados, de los cuales 26 corresponden al
tramo I y 27 al Tramo III. La mayoría de las superaciones se da en edificios de uso
residencial y en periodo nocturno.
En cuanto a la afección por vibraciones, se han considerado zonas sensibles las que
contienen edificios a menos de 70 m del eje de la vía con un uso sanitario, residencial,
educativo o cultural. El resultado es de 5 edificaciones afectadas, estando 2 de ellas en
el tramo I y 3 en el Tramo III.
Dado que en esta tipología de proyectos el impacto acústico es muy relevante, el
promotor plantea medidas de protección acústica, que se implementarán en los tramos
de trazado más próximos a las fachadas de los edificios afectados, y en todo caso en
tramos con viviendas afectadas, situadas a menos de 50 m de la vía. Principalmente,
consistirán en pantallas acústicas, cuyo diseño y emplazamiento exacto se detallará en
fase de proyecto constructivo, a partir de la realización de un nuevo estudio acústico
sobre la alternativa final a escala 1:1.000. Una vez integradas en el proyecto constructivo
las medidas de protección acústica, se revisará la modelización de la zonificación
acústica con medidas, con el fin de detectar la existencia de impactos acústicos
residuales y cuantificar su intensidad. De superarse los niveles máximos admisibles, se

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