III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-24664)
Resolución de 21 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Energía Inagotable de Lupus, SL, autorización administrativa previa para el parque eólico Lupus, de 49,5 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Huesca, Zaragoza, Lleida, Tarragona y Barcelona.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 2 de diciembre de 2023

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haberse tenido en cuenta ni el Plan Estratégico de Desarrollo local y Ocupación del
Segrià ni las acciones emprendidas por la Comunidad de Municipios del Segrià Sec. En
todos los casos, el promotor ha dado respuesta a las consideraciones indicadas por los
ayuntamientos, documentando sus respuestas con la información presentada, y
manifestando como criterio habitual colaborar en todo momento con las entidades
locales en el desarrollo de los proyectos. Los Ayuntamientos de Blancafort, Les Piles, L
´Espluga de Francolí, Masquefa, Pontils, Rocafort de Queralt, Sarral, y Solivella no han
respondido a la contestación del promotor, y los otros veintiuno se ratifican en su informe
inicial.
Consideraciones de naturaleza similar a los Ayuntamientos aportan en sus informes
los Consells Comarcales de L´Anoia, de la Conca del Barberá, de Les Garrigues y del
Segriá. El promotor da respuesta a dichos informes, argumentando su postura. Las
Comarcas de Conca de Barberá y les Garrigues no dan respuesta a esta última
contestación del promotor. Las Comarcas de L´Anoia y del Segrià lo hacen con
posterioridad, ratificándose ambas en sus respectivos informes iniciales.
Se ha recibido informe del Servicio de Asistencia al Territorio – Carreteras de la
Diputación de Tarragona manifestando su oposición al proyecto, en el que aportan
informes sobre posibles afecciones de la subestación y tramo de línea que discurre por
Tarragona, así como las afecciones a la red de carreteras de la Diputación de Tarragona.
En el primer caso, realizan apreciaciones sobre la catalogación de la línea de 400 kV
como de transporte primario, sobre planeamientos urbanísticos municipales y sobre
riesgos electromagnéticos y de incendio forestal, que son respondidas por el promotor.
En lo relativo a las afecciones a la red de carretera de la Diputación, se informa
favorablemente y se indican unas prescripciones en relación al soporte 202 de la línea,
con la que el promotor manifiesta su conformidad.
Preguntados la Dirección General de Carreteras del Gobierno de Aragón, la
Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón del Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), Endesa, SL,
los Ayuntamientos de Pertusa, Antillón, Tramaced, Huerto, Almuniente, Robres,
Alcubierre, Sena, Fraga, Peñalba, Torrente de Cinca y Vimbodí i Poblet, y las Comarcas
de la Hoya de Huesca, del Bajo Cinca, y de los Monegros, el Servei d´Infraestructures
Viàries i Mobilitat de la Diputació de Barcelona, el Servei de Vies i Obres de la Diputació
de Lleida, el Servei d´Infraestructura Viària de la Diputació de Lleida, Ferrocarriles de la
Generalitat de Catalunya, el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentación de la Generalitat de Catalunya, el Departamento de Política Territorial y
Obras Públicas de la Generalitat de Catalunya y Carreteras del Departamento de
Territorio y Sostenibilidad de la Generalitat de Catalunya y los Serveis Territorials de
Carreteres de Barcelona, los Serveis Territorials de Empresa y Coneixement de Lleida y
Tarragona, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la
conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Igualmente, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, a la Confederación Hidrográfica del Ebro, al Instituto Aragonés de
Gestión Ambiental (INAGA), a la Dirección General de Patrimonio Cultural del
Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, a la Dirección
General de Salud Pública del Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón, a la
Dirección General de Interior y Protección Civil del Departamento de Presidencia y
Relaciones Institucionales del Gobierno de Aragón, al Consejo de Ordenación del
Territorio en Aragón (COTA), a la Dirección General de Ordenación del Territorio del
Gobierno de Aragón, a la Agència Catalana de l´Aigua, el Área de Medi Ambient de la
Diputació de Lleida, al Departamento de Acció Climática, Alimentació i Agenda Rural de
la Generalitat de Catalunya, al Departamento de Cultura de la Generalitat de Catalunya,
a Protecció Civil de Catalunya, al Observatori del Paisatge, a los Serveis Territorials de
Cultura de Barcelona, Lleida y Tarragona, a los Serveis Territorials de Territori y

cve: BOE-A-2023-24664
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Núm. 288