V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2023-35961)
Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento de revisión del deslinde aprobado por Orden ministerial de 15 de abril de 1993, de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa de unos quinientos cuarenta (540) metros de longitud, en el entorno de la playa de Belcaire, margen izquierda del río Belcaire, en el término municipal de Moncofa (Castellón), aprobado por OM de 27 de noviembre de 2023. Refª.DES01/21/12/0002.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 1 de diciembre de 2023

Sec. V-B. Pág. 58382

En cuanto a las observaciones manifestadas por la Abogacía del Estado en lo
que respecta a diversos trámites del expediente, han sido subsanadas y así se han
incorporado al expediente las certificaciones catastrales descriptivas y gráficas de
las parcelas afectadas y colindantes. Por su parte, los datos registrales solicitados
al Registro de la Propiedad Nº 3 de Nules han sido aportados por éste permitiendo
confirmar como único titular afectado el Ayuntamiento de Moncofa, por lo que se
ha subsanado lo indicado por la Abogacía del Estado sobre la ausencia de
identificación de las fincas, figurando el proyecto de deslinde entre la
documentación del expediente con los requisitos que establece el artículo 24 del
Reglamento General de Costas
2) El objeto del expediente es la revisión del deslinde del dominio público
marítimo-terrestre, en aplicación de lo establecido en el artículo 27.1.b) del
Reglamento General de Costas, en el entorno de la playa de Belcaire, en la
margen izquierda del río Belcaire, y comprende el tramo delimitado por los vértices
M-1 a M-23 del deslinde aprobado por Orden Ministerial de 15 de abril de 1993.
La revisión del deslinde se fundamenta en la fuerte regresión que ha sufrido
este tramo en las últimas décadas, provocando la invasión del mar y de las arenas
de las playas hacia el interior, lo que a su vez ha dado lugar a que la mayor parte
de los vértices del deslinde de este tramo (M-3 a M-9) se encuentren en el agua o
en terrenos de la playa.
Tanto las fotografías (Apartado 4. Trabajos de Campo, de la memoria del
proyecto de deslinde) como el estudio de inundación (Anejo nº 9 del proyecto)
acreditan la inundación por el mar en los mayores temporales, de forma tal que
unos 37.000 metros cuadrados de terrenos han pasado a presentar características
de zona marítimo-terrestre, de acuerdo con el artículo 3.1 a) de la Ley 22/1988, de
28 de julio, de Costas.
Por tanto, tras las pruebas practicadas en el expediente (estudio de
inundabilidad de los terrenos por alcance del mar, estudio fotográfico, análisis
sedimentológico de muestras tomadas sobre el terreno), ha quedado acreditado
que el límite interior del dominio público marítimo-terrestre queda definido por una
poligonal que consta de 16 vértices numerados del M-1 al M-16, tramo que se
corresponden con los vértices M-1 y M-23 del deslinde aprobado en 1993,
respectivamente, siendo coincidente en todo el tramo la poligonal del deslinde
propuesto con el límite interior de la ribera del mar.
La incorporación de terrenos al dominio público marítimo-terrestre se justifica
en todo el tramo por la presencia de terrenos con características de ribera del mar
por haber sido alcanzados por el mar en los mayores temporales conocidos en
aplicación del artículo 3.1 a) de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, como se
describe a continuación:
Entre los vértices M-1 a M-7 y M-12 a M-15, el límite interior del dominio
público aprobado en 1993 se modifica para incorporar los terrenos alcanzados por
el mar en los mayores temporales conocidos, según el estudio de inundación
(Anejo Nº 9 del proyecto de deslinde) y la información fotográfica recogida en el
apartado II de la Memoria del proyecto de deslinde (epígrafe 4, trabajos de campo),
que muestran el alcance de estos terrenos por el mar, presentando por tanto
características de zona marítimo-terrestre.
La delimitación de los tramos entre los vértices M-7 a M-12 (margen izquierda
del caño de agua marina) y M-15 a M-16 (antiguos vértices M-22 a M-23) es

cve: BOE-B-2023-35961
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Núm. 287