V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2023-35961)
Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento de revisión del deslinde aprobado por Orden ministerial de 15 de abril de 1993, de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa de unos quinientos cuarenta (540) metros de longitud, en el entorno de la playa de Belcaire, margen izquierda del río Belcaire, en el término municipal de Moncofa (Castellón), aprobado por OM de 27 de noviembre de 2023. Refª.DES01/21/12/0002.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 1 de diciembre de 2023
Sec. V-B. Pág. 58380
XII) En fecha 20 de octubre de 2023, la Abogacía del Estado remitió informe
proponiendo la subsanación de determinadas cuestiones que, en resumen, son las
siguientes: 1) "…no se incluyen en el expediente los planos catastrales y las
certificaciones catastrales descriptivas y gráficas de los inmuebles afectados…", 2)
"Respecto al proyecto de deslinde, si bien consta en la documentación que se
remitió al Ayuntamiento de Moncofa, no consta el mismo en el expediente…" y 3)
"…a la luz de la documentación analizada, este Servicio Jurídico debe realizar la
siguiente advertencia; la ausencia de identificación de las fincas ha impedido la
emisión de certificación de dominio y cargas, cuya falta implica la imposibilidad de
identificar eventuales interesados"
XIII) Con fecha registro de salida el 24 de octubre de 2023, el Servicio
Provincial de Costas en Castellón, una vez obtenidas de la Sede Electrónica de la
Dirección General del Catastro las certificaciones catastrales descriptivas y
gráficas de las parcelas afectadas y colindantes, según establece el artículo 21.2
del Reglamento General de Costas, remitió escrito al Registro de la Propiedad Nº 3
de Nules interesando nuevamente la certificación de dominio y cargas de las fincas
identificadas, así como la constancia de la incoación del expediente en el folio de
cada una de ellas. El Registro remitió una (1) certificación en los términos
solicitados, con fecha 6 de noviembre de 2023, la cual se incorporó al expediente.
XIV) Con fecha 7 de noviembre de 2023, el Servicio Provincial de Costas en
Castellón remitió a la Dirección General de la Costa y el Mar, informe suscrito (en
misma fecha) por el Jefe del Servicio Provincial, dando respuesta a las
observaciones efectuadas por la Abogacía del Estado en su informe de 24 de
octubre de 2023, y acompañado de un Anejo de Subsanación, que ha sido
incorporado al expediente de deslinde, que incluye la relación definitiva de
interesados, resultando un único titular e interesado en el expediente
(Ayuntamiento de Moncofa), la certificación catastral y registral de la finca
afectada, así como la certificación de dominio y cargas y la acreditación de la
práctica de anotaciones preventivas para la finca registral localizada en el ámbito
del deslinde, emitida en fecha 6 de noviembre de 2023 por el Registro de la
Propiedad Nº 3 de Nules. Asimismo, se incluyó la información catastral de la finca
afectada en el plano Nº 4 del Proyecto de Deslinde (plano catastral).
CONSIDERACIONES:
1) Examinado el expediente y el proyecto de deslinde, se considera correcta la
tramitación del mismo y conforme con lo dispuesto en la Ley 22/1988, de 28 de
julio, de Costas y en el Reglamento General de Costas, aprobado por R.D. 876/
2014, de 10 de octubre, modificado por el Real Decreto 668/2022, de 1 de agosto.
Asimismo, la disposición transitoria única del Real Decreto 668/2022, de 1 de
agosto, por el que se modifica el Reglamento General de Costas, establece que:
"Los procedimientos administrativos en trámite que se encuentren pendientes de
resolución a la entrada en vigor del presente real decreto deberán ser resueltos
conforme a la nueva normativa. Los actos de trámite dictados al amparo de la
normativa anterior y bajo su vigencia conservarán su validez siempre que su
mantenimiento no produzca un efecto contrario a este real decreto", por lo que los
procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de dicho real
decreto, como es el caso, deben adaptarse a los nuevos criterios vigentes.
Los defectos formales aducidos no pueden aceptarse como determinantes de
la pretendida nulidad de actuaciones, teniendo en cuenta que la jurisprudencia ha
ido reduciendo progresivamente los supuestos en que las infracciones de
cve: BOE-B-2023-35961
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 287
Viernes 1 de diciembre de 2023
Sec. V-B. Pág. 58380
XII) En fecha 20 de octubre de 2023, la Abogacía del Estado remitió informe
proponiendo la subsanación de determinadas cuestiones que, en resumen, son las
siguientes: 1) "…no se incluyen en el expediente los planos catastrales y las
certificaciones catastrales descriptivas y gráficas de los inmuebles afectados…", 2)
"Respecto al proyecto de deslinde, si bien consta en la documentación que se
remitió al Ayuntamiento de Moncofa, no consta el mismo en el expediente…" y 3)
"…a la luz de la documentación analizada, este Servicio Jurídico debe realizar la
siguiente advertencia; la ausencia de identificación de las fincas ha impedido la
emisión de certificación de dominio y cargas, cuya falta implica la imposibilidad de
identificar eventuales interesados"
XIII) Con fecha registro de salida el 24 de octubre de 2023, el Servicio
Provincial de Costas en Castellón, una vez obtenidas de la Sede Electrónica de la
Dirección General del Catastro las certificaciones catastrales descriptivas y
gráficas de las parcelas afectadas y colindantes, según establece el artículo 21.2
del Reglamento General de Costas, remitió escrito al Registro de la Propiedad Nº 3
de Nules interesando nuevamente la certificación de dominio y cargas de las fincas
identificadas, así como la constancia de la incoación del expediente en el folio de
cada una de ellas. El Registro remitió una (1) certificación en los términos
solicitados, con fecha 6 de noviembre de 2023, la cual se incorporó al expediente.
XIV) Con fecha 7 de noviembre de 2023, el Servicio Provincial de Costas en
Castellón remitió a la Dirección General de la Costa y el Mar, informe suscrito (en
misma fecha) por el Jefe del Servicio Provincial, dando respuesta a las
observaciones efectuadas por la Abogacía del Estado en su informe de 24 de
octubre de 2023, y acompañado de un Anejo de Subsanación, que ha sido
incorporado al expediente de deslinde, que incluye la relación definitiva de
interesados, resultando un único titular e interesado en el expediente
(Ayuntamiento de Moncofa), la certificación catastral y registral de la finca
afectada, así como la certificación de dominio y cargas y la acreditación de la
práctica de anotaciones preventivas para la finca registral localizada en el ámbito
del deslinde, emitida en fecha 6 de noviembre de 2023 por el Registro de la
Propiedad Nº 3 de Nules. Asimismo, se incluyó la información catastral de la finca
afectada en el plano Nº 4 del Proyecto de Deslinde (plano catastral).
CONSIDERACIONES:
1) Examinado el expediente y el proyecto de deslinde, se considera correcta la
tramitación del mismo y conforme con lo dispuesto en la Ley 22/1988, de 28 de
julio, de Costas y en el Reglamento General de Costas, aprobado por R.D. 876/
2014, de 10 de octubre, modificado por el Real Decreto 668/2022, de 1 de agosto.
Asimismo, la disposición transitoria única del Real Decreto 668/2022, de 1 de
agosto, por el que se modifica el Reglamento General de Costas, establece que:
"Los procedimientos administrativos en trámite que se encuentren pendientes de
resolución a la entrada en vigor del presente real decreto deberán ser resueltos
conforme a la nueva normativa. Los actos de trámite dictados al amparo de la
normativa anterior y bajo su vigencia conservarán su validez siempre que su
mantenimiento no produzca un efecto contrario a este real decreto", por lo que los
procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de dicho real
decreto, como es el caso, deben adaptarse a los nuevos criterios vigentes.
Los defectos formales aducidos no pueden aceptarse como determinantes de
la pretendida nulidad de actuaciones, teniendo en cuenta que la jurisprudencia ha
ido reduciendo progresivamente los supuestos en que las infracciones de
cve: BOE-B-2023-35961
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Núm. 287