III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-24453)
Resolución de 8 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Cambados, por la que, tras inmatricular una finca con una superficie, y tramitar después el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria para rectificar su cabida, y constando oposición de terceros, deniega la inscripción de la citada rectificación de cabida.
11 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 30 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 159643

Antecedentes catastrales, respecto a la titularidad: Doña C. D. fue titular catastral
entre los años 1997 a 2012. Desde 2013 a 2017 figura como titular catastral la entidad
Ríos Sánchez e Hijos Promociones SL, y en 2017 se da de alta como titulares
catastrales a don J. M. E. A., don P. M B. P., doña M. A. B. P. y J. L. L. V., y así sigue en
la actualidad.
Alegaciones y estudio de estas: Dentro del plazo al efecto concedido se ha
presentado escrito de alegaciones suscrito por doña M. A. B. P., con autorización por
escrito de don J. M. E. A, don P. M B. P. y don J. L. L. V., en el que tras manifestar haber
recibido “carta del Registro de Cambados el 11 de mayo de 2023 en la que se nos
comunicaba que una persona estaba intentando registrar una finca con una referencia
catastral 36051A025000570000FL que no se corresponde con ninguna finca que figure
en el catastro a su nombre y que, sin embargo, sí que se corresponde con una finca de
la cual somos copropietarios P. M B. P., J. L. L. V., M. A. B. P. y J. M. E. A. Disponemos
de documentación de titularidad tanto en el documento de dación del 21 de septiembre
de 2016 (ver copia que se adjunta descripción expositivo 9), como en el certificado
catastral,
en
el
que
podemos
ver
que
la
finca
con
referencia
catastral 36051A025000570000FL está a nuestro nombre y que Don J. O. C. que es
quien intenta el registro y el aumento de cabida, linda con nosotros al Norte, su finca es
la 36051A025000970000FK. Nos oponemos completamente a la inmatriculación y al
aumento de cabida por no corresponderse con la referencia catastral la inmatriculación”.
Aporta fotocopias de las siguientes escrituras:
1.º Adjudicación parcial de herencia autorizada el día 2 de diciembre de 2005 por el
que fue Notario de O Grove don José María García Pedraza, n.º 1522 de protocolo, por
la que en la herencia de don M C. O., se adjudica a doña M. C. O. P., una finca
denominada “(…)”, en el lugar (…), de 1157 metros cuadrados que linda: Norte, M. O. L;
Sur, herederos de C. V. (hoy, en realidad, Lanzagolf SL); Este, servicio de paso que
separa de varios; y Oeste, camino público. En la escritura de 2007 que causó la
inmatriculación de la finca, doña C. P. O. [sic] figura como linde Sur de la finca.
2.º Escritura autorizada el día 2 de diciembre de 2005 por el mismo Notario de O
Grove, Señor García Pedraza con el número 1523, por la que doña M. C. O. P. vende a
la entidad “Ríos Sánchez e Hijos Promociones SL” un conjunto de fincas, entre ellas la
denominada “(…)” de 1.157 metros cuadrados, que linda por el Norte con don M. O. L.
3.º Escritura de dación en pago de deuda autorizada el día 21 de septiembre
de 2016 por el Notario de Santiago de Compostela don Francisco López Moledo, con el
número 962 de protocolo, por la que la entidad Ríos Sánchez e Hijos Promociones SL
entrega, en concepto de pago de deuda a don P. M B. P., don J. L. L. V., doña M. A. B. P.
y don J. M. E. A. un conjunto de fincas, entre ellas la número 9, (…) de 1.157 metros
cuadrados, escritura a la que se incorpora una diligencia de subsanación, en la que se
añade a la dación un porcentaje de una finca que no había sido incluida en la escritura, y
se consignan las referencias catastrales que se habían omitido en la misma, y en la que
se asigna a la finca (…), número 9 de la escritura, la referencia
catastral 36051A025000570000FL, que se incorpora a la escritura con una superficie
de 1.157 metros cuadrados, cuyo titular catastral es la entidad cedente Ríos Sánchez e
Hijos Promociones SL, y que linda por el Norte con la parcela 97 del polígono 25 de
don J. O. C.
Vista la documentación aportada con el escrito de alegaciones, se plantean dudas
acerca de la identidad de la finca ya inmatriculada, y de la rectificación de superficie que
se pretende; los antecedentes en la titularidad catastral de la parcela objeto de este
expediente, parcela 57 del polígono 25, el hecho de que en las escrituras aportadas en el
escrito de alegaciones la finca linde por el Norte con don M. O. L., padre de don J. O. C.
y persona de quien proceden los bienes, y el hecho de que la parcela catastral 97 del
mismo polígono figura en la actualidad en catastro a nombre de don J. O. C., habiendo
sido previamente su titular catastral su padre don J. M O. L., plantean dudas acerca de si

cve: BOE-A-2023-24453
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 286