III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2023-24478)
Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, por la que se incoa expediente para la modificación del Decreto 7/2010, de 27 de enero, por el que se declara bien de interés cultural, con la categoría de Conjunto Histórico, el Pozo Santa Bárbara de La Rebaldana, en el concejo de Mieres.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286

Jueves 30 de noviembre de 2023

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Por otro lado, dicho documento clarifica la relación de edificios y estructuras
individuales que deberían formar parte de dicho Conjunto Histórico así como recoge una
nueva delimitación del entorno de protección del mismo para incluir la totalidad de los
elementos del integrados en él así como varias parcelas al norte de la carretera AS-337
en base a criterios paisajísticos, ambientales y urbanísticos.
Así pues se propone que el Conjunto Histórico del Pozo Santa Bárbara quede
integrado por los siguientes inmuebles: casa de máquinas del pozo principal (al este);
embarque y castillete del pozo principal; edificio central histórico (acogía las antiguas
casas de máquinas, en sus extremos, así como el pabellón central para los
compresores); embarque y castillete del pozo auxiliar; sala de máquinas del pozo auxiliar
(al oeste); caseta de ventilación (frente al castillete auxiliar, al norte); y edificio para
economato, viviendas y otras dependencias de la SHT, en el extremo occidental.
Quinto.
Con fecha 17 de octubre de 2022, el Pleno del Consejo del Patrimonio Cultural de
Asturias acordó informar favorablemente la incoación de expediente para la ampliación
de la declaración, como Conjunto Histórico, del Pozo Santa Bárbara de La Rebaldana
enriqueciéndolo con el economato a él vinculado. Asimismo, acordó informar
favorablemente la Memoria técnica-histórica sobre dicho bien, que incluye la nueva
propuesta de delimitación del entorno de protección del Conjunto Histórico y la relación
de inmuebles que se considera deben constituir el mismo.
Sexto.
En base a todo lo anterior, la modificación propuesta del Decreto 7/2010, de 27 de
enero, de la Consejería de Cultura y Turismo, por el que se declara Bien de Interés
Cultural, con la categoría de Conjunto Histórico, el Pozo Santa Bárbara de La
Rebaldana, en el concejo de Mieres, incide en los siguientes aspectos:
1. Afirmar la no inclusión en dicho Conjunto Histórico de sendos elementos citados
en el apartado de «Descripción de los elementos del Pozo Santa Bárbara que se
protegen» del citado Decreto que, sin embargo, no aparecen en la delimitación gráfica
del Conjunto contenida en el mismo: Oficinas y casa de aseo, edificio construido en los
años 60 sustituyendo a otras construcciones correspondientes a los primeros momentos
de explotación de la mina y emplazado en el extremo oriental del conjunto; e
Instalaciones de carga y tolvas, de las cuales no se conservan restos.
2. Incluir en el Conjunto el edificio para economato, viviendas y otras dependencias,
sito en el extremo occidental del mismo.
3. Ampliar la delimitación del entorno recogido en el citado Decreto incluyendo
varias parcelas situadas al norte de la carretera AS-337.
A los antecedentes de hecho, son de aplicación los siguientes
Fundamentos de Derecho

Examinados los artículos 10 y 11 de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6
de marzo, de Patrimonio Cultural que definen y establecen los tipos de Bienes
declarados de Interés Cultural, el artículo 14 y siguientes de la misma Ley que recogen
los trámites necesarios para su declaración, desarrollados por el artículo 1 y siguientes
del Decreto 20/2015, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo
de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural; así
como conforme dispone el artículo 12 del mencionado Reglamento de desarrollo de la
Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, cuando
proceda la modificación de un entorno ya delimitado para tomar en consideración nuevas

cve: BOE-A-2023-24478
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Primero.