I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Organización. (BOE-A-2023-24415)
Orden ETD/1287/2023, de 17 de noviembre, por la que se regulan las secciones de los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica de la "Nueva Economía de la Lengua" y de "Microelectrónica y Semiconductores" del Registro Estatal de entidades interesadas en los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286

Jueves 30 de noviembre de 2023

Sec. I. Pág. 159386

2.º Inteligencia Artificial en español y lenguas cooficiales: Experiencia en este
sector; y, en particular, proyectos de digitalización inclusiva.
3.º Ciencia en español: Experiencia en proyectos de divulgación científica nacional
e internacional; y, en particular, empresas o entidades que trabajen en repositorios
científicos en español y en mejorar los sistemas de información.
4.º Aprendizaje del español: Creación de plataformas tecnológicas para el
aprendizaje y certificación del conocimiento, así como en proyectos de transformación
digital de las organizaciones y creación de mercados y al turismo idiomático.
5.º Industrias culturales en español y lenguas cooficiales: Experiencia en el sector
de la producción audiovisual, los videojuegos, la digitalización de contenidos y la gestión
de fondos documentales de museos o instituciones análogas.
6.º Otro tipo de entidades especializadas en el sector de las tecnologías del
lenguaje, la inteligencia artificial, desde el punto de vista de la financiación, la consultoría
o el talento.
En el caso de que la entidad interesada acredite experiencia en más de un campo el
requisito temporal se reducirá a dos años.
b)

En relación al PERTE Microelectrónica y Semiconductores:

1.º Realizar actividades de I+D+i en el ámbito de la microelectrónica y
semiconductores.
2.º Actividades de diseño.
3.º Actividades de fabricación, tanto en su fase de front-end (fabricación de obleas)
como back-end (encapsulado, ensamblado o testeo), incluyendo la fabricación de
maquinaria especializada, provisión de materias primas, químicos, gases y otros bienes
o servicios específicos de la industria manufacturera de semiconductores.
4.º Líneas piloto de pruebas de semiconductores (salas blancas).
5.º Industrias con alto consumo de semiconductores en su fase de fabricación.
6.º Otro tipo de entidades especializadas en el sector de los semiconductores
desde el punto de vista de la financiación, la consultoría o el talento.
En el caso de que la entidad interesada acredite experiencia en más de un campo el
requisito temporal se reducirá a dos años.

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a
la Seguridad Social, así como también, en caso de haber recibido subvenciones
previamente, se exigirá hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro.
La presentación de la solicitud conllevará la autorización del solicitante para que el
órgano competente obtenga de forma directa la acreditación de la circunstancia de estar
al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, a través de
certificados telemáticos, en cuyo caso el solicitante no deberá aportar las
correspondientes certificaciones.
No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo
aportar entonces, cuando así se le requiera, las certificaciones correspondientes.
b) No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa
de la Comisión Europea que haya declarado ilegal e incompatible con el mercado común
una ayuda al beneficiario.
c) No encontrarse en situación de crisis con arreglo a lo que establecen las
Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no
financieras en crisis (2014/C 249/01).

cve: BOE-A-2023-24415
Verificable en https://www.boe.es

2. En cuanto a los requisitos económicos, para acreditar como interesada a
cualquier entidad se exigirá lo siguiente: