I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Educación. Sanidad. (BOE-A-2023-24417)
Decreto-ley 5/2023, de 28 de agosto, de medidas urgentes en el ámbito educativo y en el sanitario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 30 de noviembre de 2023

Sec. I. Pág. 159406

III
Por lo tanto, en el ámbito educativo, este decreto-ley tiene por objeto regular
determinadas medidas de rango legal para establecer los módulos para el sostenimiento
de las aulas de primer ciclo de educación infantil de las escoletes tanto de la red pública
de escuelas infantiles de las Illes Balears cómo de la red complementaria, los cuales
tienen que permitir la gratuidad de la escolarización de los alumnos matriculados. Estas
medidas también tienen que permitir la suspensión del cobro de las tasas o de los
precios públicos de las escoletes de la red pública durante la necesaria tramitación de la
modificación de estas tasas o precios públicos. Por otro lado, el decreto-ley establece
que la Consejería de Educación y Universidades tiene que publicar el modelo de
convenio específico que tendrán que firmar los titulares de los centros de la red pública y
la complementaria mediante el cual se tiene que establecer la gratuidad de la prestación
del servicio educativo de los alumnos matriculados del primer ciclo de educación infantil.
Las medidas incluidas en este decreto-ley tienen que producir efectos a partir del 1 de
septiembre de 2023.
Los centros públicos de primer ciclo de educación infantil de todas las Illes Balears
tienen establecidos unos precios públicos al amparo de lo que disponen los
artículos 41-48 del Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales,
aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo. La modificación de estos
precios públicos requiere una tramitación que, en algunos casos, se puede alargar hasta
muy entrado el curso escolar. Es por eso que, mediante este decreto-ley, se quiere
posibilitar que los titulares de los centros de primer ciclo de educación infantil públicos
que quieran aplicar medidas de gratuidad para los alumnos matriculados del primer ciclo
de educación infantil, por acuerdo o resolución del órgano competente, puedan
suspender el cobro de las cuotas destinadas al servicio de escolarización básica de los
niños matriculados de primer ciclo de educación infantil al inicio del curso escolar, a la
vez que se acuerda la tramitación de la modificación de los precios públicos que rigen el
servicio.
El decreto-ley también prevé que la cuantía de los módulos destinados a financiar la
gratuidad del primer ciclo de educación infantil en los centros de primer ciclo de
educación infantil se pueda financiar a través de convenios específicos o mediante la
correspondiente transferencia.
La disposición final quinta de este decreto-ley modifica el Texto consolidado del
Decreto por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de
educación infantil, aprobado por el Decreto 23/2020, de 31 de julio. Se trata de una
medida urgente encaminada a garantizar la atención a los niños matriculados del primer
ciclo de educación infantil en los centros de la red pública de escuelas infantiles y de la
red complementaria a partir de septiembre de 2023.
Con esta medida se quiere ampliar el período máximo transitorio que prevé el Texto
consolidado del Decreto mencionado para que los educadores y las educadoras de los
centros de primer ciclo de educación infantil puedan acreditar los requisitos de
capacitación lingüística, es decir: el Certificado de capacitación para la enseñanza en
lengua catalana en el primer ciclo de la educación infantil (CCI) o el Certificado de
capacitación para la enseñanza de y en lengua catalana en la educación infantil y
primaria (CCIP). De esta forma se mitigarán las dificultades de los centros para poder
contar con el personal adecuado y suficiente para atender a los alumnos, que se pueden
ver agravadas con el aumento de la demanda de plazas motivada por la implantación de
la gratuidad en el primer ciclo de educación infantil.
Esta medida se ha tomado en consideración dadas las circunstancias y dificultades
de este colectivo, puestas de manifiesto por la Comisión de valoración de la calificación
de profesorado de los centros de primer ciclo de educación infantil, ante la finalización
del período transitorio el 28 de julio de 2023.

cve: BOE-A-2023-24417
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Núm. 286