I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Educación. Sanidad. (BOE-A-2023-24417)
Decreto-ley 5/2023, de 28 de agosto, de medidas urgentes en el ámbito educativo y en el sanitario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 30 de noviembre de 2023

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anualmente módulos para el sostenimiento de los centros privados con los cuales ha
establecido convenios.
Ante las razones expuestas y atendiendo a la situación económica del momento,
el 18 de agosto del año 2022 el Gobierno de las Illes Balears publicó el Decretoley 8/2022, de 16 de agosto, de medidas urgentes para garantizar la gratuidad de la
educación de los niños matriculados del tercer nivel de educación infantil en los centros
de la red pública de escuelas infantiles y de la red complementaria a partir del mes de
septiembre de 2022, y para llevar a cabo la creación de un fondo extraordinario para
compensar una parte de los gastos y los costes en transporte interurbano a partir del 1
de septiembre de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022. Con este Decreto-ley 8/2022
se estableció un módulo específico destinado al sostenimiento de las aulas de tercero de
educación infantil (2-3 años) que permite que el servicio de escolarización en los centros
de titularidad pública de la red pública de escuelas infantiles de primer ciclo y de los
centros de titularidad privada que pertenecen a la red complementaria de escuelas
infantiles de las Illes Balears sea gratuito para las familias.
Después del proceso electoral autonómico de mayo de 2023, mediante el
Decreto 8/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, se determina la
composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la
Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 94, de 10 de julio).
Uno de los compromisos de este nuevo Gobierno es ampliar la gratuidad al resto de
cursos del primer ciclo de educación infantil y, habiendo la disposición presupuestaria
necesaria, quiere, de manera inmediata, dar un paso más y establecer el módulo
destinado al sostenimiento de todas las aulas de primer ciclo de educación infantil de los
centros de la red pública de escuelas infantiles de primer ciclo y de los centros de
titularidad privada que pertenecen a la red complementaria de escuelas infantiles de las
Illes Balears para permitir que el servicio de escolarización básica en estos centros sea
gratuito.
II
El artículo 12 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOE), según
la redacción establecida en la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (LOMLOE),
sobre los principios generales de la educación infantil, establece que la educación infantil
tiene carácter voluntario y que su finalidad es contribuir al desarrollo físico, afectivo,
social, cognitivo y artístico del alumnado, así como a la educación en valores cívicos
para la convivencia. Este artículo también dispone que la programación, la gestión y el
desarrollo de la educación infantil tienen que atender, en todo caso, a la compensación
de los efectos que las desigualdades de origen cultural, social y económico tienen en el
aprendizaje y la evolución de los niños, así como a la detección precoz y a la atención
temprana de necesidades específicas de apoyo educativo.
El artículo 15.1 de la LOE especifica que las administraciones públicas tienen que
promover un incremento progresivo de la oferta de plazas públicas en el primer ciclo de
educación infantil (0-3 años). Así mismo, tienen que coordinar las políticas de
cooperación entre ellas y con otras entidades para asegurar la oferta educativa en este
ciclo. Con cuyo objeto, tienen que determinar las condiciones en las cuales se pueden
establecer convenios con las corporaciones locales, otras administraciones y entidades
privadas.
Además, la disposición adicional tercera de la LOMLOE, sobre la extensión de la
educación infantil, dispone que se tiene que establecer un calendario para la extensión
del primer ciclo de educación infantil y que, en su implantación progresiva, se tiene que
tender hacia la extensión de la gratuidad y priorizar el acceso de los alumnos en
situación de riesgo de pobreza y exclusión social y la situación de baja tasa de
escolarización.
El artículo 3 de la Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears,
establece los principios generales del sistema educativo de las Illes Balears, entre los

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Núm. 286