I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Educación. Sanidad. (BOE-A-2023-24417)
Decreto-ley 5/2023, de 28 de agosto, de medidas urgentes en el ámbito educativo y en el sanitario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 30 de noviembre de 2023

Sec. I. Pág. 159411

Illes Balears y sus entes instrumentales adscritos, por lo que respecta al personal que
desarrolla funciones sanitarias.
En consideración a todo lo expuesto y, sobre todo, con la idea de seguir avanzando
en la profesionalización del personal estatutario sanitario y laboral con funciones
sanitarias que accede a la Administración, con esta reforma se pretende instrumentar las
medidas necesarias para que los procesos selectivos y de provisión de personal
estatutario sanitario y laboral con funciones sanitarias permitan el acceso de las
personas mejor cualificadas y que superen las pruebas con mayor nivel, sin que la falta
de la acreditación oficial de un determinado nivel de catalán sea, de entrada, un
obstáculo para acceder a la misma. Todo ello, sin perjuicio de que, una vez dentro de la
Administración, las personas que no tengan un determinado nivel de catalán puedan
formarse o mejorar en el conocimiento de la lengua catalana, con la colaboración de la
Administración, mediante el fomento de los cursos adecuados, para poder facilitar a los
ciudadanos el ejercicio del derecho de utilizar cualquiera de las dos lenguas cooficiales
en sus relaciones con la Administración. Igualmente, los procedimientos de provisión
valorarán como mérito los diferentes niveles de conocimientos de catalán, que solo
podrán exigirse como requisito en los casos que determina la Ley.
En atención a lo expuesto, mediante esta reforma se elimina el requisito de
capacitación lingüística para el personal estatutario sanitario así como para el personal
laboral con funciones sanitarias, para posibilitar así la incorporación al sistema del mayor
número de profesionales sanitarios, dado el tradicional déficit estructural que padece
este sector en el ámbito de las Illes Balears.
Por otro lado, y atendiendo al principio de libre circulación dentro del Sistema
Nacional de Salud que establece la letra d) del artículo 4 de la Ley 55/2003, de 16 de
diciembre, del Estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud, se
añade una nueva disposición transitoria, la novena, en la Ley 3/2007 que regula las
exigencias de capacitación cuando se trate de personal de gestión y servicios de otros
Servicios de Salud que obtenga una plaza por concurso en el Servicio de Salud, caso en
que se le concede una moratoria de dos años para cumplir la exigencia del requisito. Del
mismo modo se actúa en los casos del personal que está en reingreso provisional y que
se vea obligado a concursar.
VIII
La segunda medida en el ámbito sanitario consiste en la modificación, mediante la
disposición final cuarta de este decreto-ley, del complemento de puestos de difícil
cobertura de personal sanitario de los subgrupos A1 y A2 de las áreas de salud de
Menorca y de Ibiza y Formentera, que prevé la disposición adicional decimotercera de la
Ley 11/2022, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad
Autónoma de las Illes Balears para el año 2023.
La disposición adicional decimotercera de la mencionada Ley 11/2022, bajo la rúbrica
«Modificación del objeto, ámbito de aplicación y cambio de denominación del
complemento de fidelización del personal licenciado sanitario del subgrupo A1 de las
áreas de salud de Menorca y de Ibiza y Formentera», supuso la transformación del
antiguo «plus de fidelización» del personal licenciado sanitario de las áreas de salud de
Menorca y de Ibiza y Formentera en un nuevo concepto retributivo que se integra dentro
de las retribuciones complementarias del personal estatutario del Servicio de Salud.
La citada disposición adicional no reguló las cuantías que integran este concepto
retributivo, sino que se difirió a una regulación o decisión posterior, que hoy contiene el
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de abril de 2023 por el que se ratifica el acuerdo
de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de las
Illes Balears de 27 de marzo de 2023 por el que se desarrolla el régimen jurídico y se
determinan las cuantías correspondientes de los puestos de difícil cobertura (BOIB
núm. 42, de 4 de abril).

cve: BOE-A-2023-24417
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Núm. 286