III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-24389)
Resolución de 17 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Skytanking Spain, SLU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 285

Miércoles 29 de noviembre de 2023

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contratación expresa y exclusiva del puesto de trabajo de mecánico, según las
necesidades y a criterio de la Empresa.
Capacitación:
FP1, FP2 o experiencia demostrada.
Formación superada en módulos Mecánico-a especialista-gamas de mantenimiento
preventivo.
Formación superada mantenimiento correctivo especifico de la actividad.
Carnet de conducir tipo C+E.
Permiso Europeo de Transporte de Mercancías Peligrosas (ADR) y Permiso de
Conducción en Plataforma (PCP), así como las autorizaciones y permisos
administrativos que fuesen necesarios para el desarrollo de su trabajo.
d)

Oficial Administrativo.

Con conocimientos técnicos y prácticos completos y un alto grado de
perfeccionamiento y rendimiento, iniciativa propia y responsabilidad, aun cuando se
encuentre sometido a supervisión; realiza de manera cualificada, autónoma y
responsable, el control, seguimiento y supervisión de los sistemas, procesos y
actividades contables y administrativas correspondientes a su departamento o sección.
A título meramente enunciativo y no limitativo:
Efectúa el registro, control y archivo de correspondencia y facturación. Planifica y
organiza los departamentos de contabilidad y gestión administrativa del centro de trabajo
o la Empresa. Realiza la gestión de la contabilidad y elabora los documentos de
contabilidad. Lleva a cabo tareas técnicas de supervisión en el área de contabilidad,
consistentes en unificar los elementos suministrados por colaboradores o terceros.
Confecciona estados, balances, costos, provisiones de tesorería, y otros trabajados
análogos en base a los procedimientos establecidos en la Empresa. En su caso,
organiza y coordina el trabajo del personal a su cargo, colaborando en su instrucción y
formación.
Capacitación:
Nivel de formación nivel medio, bachiller o formación profesional grado medio, y/o
experiencia dilatada en el puesto de trabajo.
Conocimientos singulares de las funciones, tareas y operaciones.
D) Descripciones de la prestación laboral, actividades y tareas de los puestos de
trabajo del Grupo Profesional IV: OPERARIOS.
En este grupo profesional se incluyen a título orientativo todas aquellas actividades
que por analogía son equivalentes o asimilables a las siguientes:
Abastecedor 2.ª:

Con conocimientos técnicos y prácticos completos y un alto grado de
perfeccionamiento y rendimiento, iniciativa propia y responsabilidad, aun cuando se
encuentre sometido a supervisión; realiza las operaciones de puesta a bordo y
extracción, en su caso, de combustible de la aeronave, mediante la utilización de
vehículos, equipos, herramientas y maquinaria, especialmente y de forma habitual de
unidades de suministro:
«Dispenser»: vehículo de suministro, autopropulsado o remolcado, diseñado y
utilizado para la puesta a bordo de combustible a la aeronave requiriendo una fuente
externa de combustible que lo suministra a presión.

cve: BOE-A-2023-24389
Verificable en https://www.boe.es

a)