III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-24389)
Resolución de 17 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Skytanking Spain, SLU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 285

Miércoles 29 de noviembre de 2023

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Asimismo, a título meramente enunciativo y no limitativo:
Realiza las funciones del área a la que esté adscrito (suministro hidrante, labores
mecánicas). Efectúa las operaciones de mantenimiento e inspección básicas de las
instalaciones de almacenamiento de combustible, así como las tareas anejas inherentes
a la actividad tales como el control de calidad de los productos, sondas o transferencias
de productos, entre otras, incluidas las administrativas derivadas de estas actividades y
las de mantenimiento preventivo diario y semanal de los equipos e instalaciones, y
colabora en la realización de las demás, cuando por la naturaleza de las mismas, sea
necesario.
Realiza así mismo las tareas de mantenimiento mensuales, gamas y
comprobaciones de mantenimiento preventivo de Calidad, bajo la supervisión y
responsabilidad del Jefe de Instalación.
Capacitación:
FP2 o experiencia demostrada.
Carnet de conducir tipo B o C.
Permiso de Conducción en Plataforma (PCP).
b)

Operador/a de pantalla.

Con conocimientos técnicos y profesionales y aptitudes prácticas que implican la
utilización de medios y programas informáticos específicos, de manera cualificada,
responsable, con iniciativa propia y responsabilidad, aun cuando se encuentre sometido
a supervisión, realiza,
A título meramente enunciativo y no limitativo:
Las funciones necesarias para distribuir las operaciones de suministro de fuel a las
aeronaves mediante la correcta gestión de la información suministrada por AENA y la
programación de llegadas y salidas de vuelos, según disponibilidad de cada abastecedor
y su situación, al objeto de optimizar los tiempos de respuesta y dando solución a las
incidencias que puedan presentarse en la ejecución de operaciones. Asimismo, realiza
labores de gestión de datos y permisos de trabajo, archivo documental y las propias de
administrativo.
Capacitación:
FP1 o conocimientos equivalentes.
Formación superada en módulos de trabajos organizativos de pantalla.
Conocimiento de base de datos y software de productividad requerido («I6»).
c)

Administrativo/a.

Realiza cometidos de contenido instrumental y altamente previsibles con arreglo a
instrucciones previamente establecidas:

Gestiona, organiza, atiende y realiza tareas administrativas de soporte, tramitación
de correspondencia, archivo y registro. Y ejecuta, de acuerdo con las normas, directrices
o procedimientos ordinarios de uso regular en la Empresa, diferentes tareas de
regulación automática, cálculo, facturación, contabilidad o similares que requieran algún
grado de iniciativa, eligiendo el programa informático adecuado, introduciendo las
variantes precisas en instalaciones de producción y llevando el control a través de los
medios adecuados, para las que cuentan con la supervisión directa cercana del superior,
Oficial Administrativo o responsable del servicio.

cve: BOE-A-2023-24389
Verificable en https://www.boe.es

A título meramente enunciativo y no limitativo: