II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. TRIBUNAL DE CUENTAS. Tribunal de Cuentas. Procesos selectivos. (BOE-A-2023-24136)
Resolución de 22 de noviembre de 2023, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión de Gobierno de 16 de noviembre de 2023, por el que se aprueban las bases generales y los programas que han de regir los procesos selectivos para el ingreso en el Cuerpo Superior de Letrados, en el Cuerpo Superior de Auditores y en el Cuerpo Técnico de Auditoría y Control Externo del Tribunal de Cuentas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 284
Martes 28 de noviembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 158450
En el caso de las personas aspirantes por el turno de promoción interna, el ejercicio
consistirá en la exposición oral, durante un tiempo mínimo de treinta y cinco minutos y
máximo de cuarenta y cinco minutos, de tres temas, sacados al azar, uno por cada grupo
de las siguientes materias:
i. «Derecho Constitucional, Administrativo y Laboral».
ii. «Hacienda Pública, Teoría y Técnica Presupuestaria y de la Gestión Pública».
iii. «Sistema Financiero Español, Derecho Tributario y Derecho de la Unión
Europea».
Las personas aspirantes dispondrán de diez minutos para la preparación del
ejercicio, sin que puedan consultar ninguna clase de textos o apuntes. Durante la
exposición oral de los temas, podrán utilizar el guion que, en su caso, hayan preparado.
La exposición oral de las personas aspirantes se registrará en soporte apto para la
grabación y reproducción del sonido.
2. La normativa aplicable en el desarrollo de los ejercicios del proceso selectivo
será la que se encuentre en vigor a la fecha de la convocatoria.
3. El Tribunal Calificador podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios de la fase de oposición, en
los casos que sea estrictamente necesario y debidamente justificados por dicho órgano
ante la autoridad convocante.
Tercera.
Evaluación de la fase de oposición.
Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de acuerdo con las siguientes
normas:
1. En las actas del órgano calificador, deberá quedar debida constancia del
desglose de las puntuaciones otorgadas, así como de la fórmula o criterios utilizados
para su obtención, de conformidad con el procedimiento establecido en el apartado 3 de
esta base.
2. La valoración de cada uno de los ejercicios se realizará de la siguiente forma:
a)
b)
El primer ejercicio se calificará de «apto» o «no apto».
El segundo ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos de la siguiente manera:
– Personas aspirantes por el turno general de acceso libre que en la convocatoria
inmediatamente posterior también concurran por el turno general de acceso libre,
siempre que hubieran aprobado este segundo ejercicio con una puntuación superior a 24
puntos.
– Personas aspirantes por el turno general de acceso libre que en la convocatoria
inmediatamente posterior concurran por el turno de promoción interna, siempre que
hubieran aprobado este segundo ejercicio con una puntuación superior a 12 puntos en
cada una de las dos partes de las que consta el mismo.
cve: BOE-A-2023-24136
Verificable en https://www.boe.es
i. Cada una de las partes se calificará de 0 a 20 puntos. A su vez, en la primera
parte se puntuarán de 0 a 10 puntos los supuestos de contabilidad y matemáticas
financieras, y de 0 a 10 puntos los de contabilidad pública.
ii. Para aprobar la primera parte será necesario obtener una puntuación mínima
de 5 puntos en los supuestos de contabilidad y matemáticas financieras, y de 5 puntos
en los de contabilidad pública. Para aprobar la segunda parte será necesario obtener un
mínimo de 10 puntos.
iii. Las personas aspirantes que cumplan los requisitos que a continuación se
señalan podrán acceder directamente a la práctica del tercer ejercicio en la convocatoria
inmediatamente posterior, manteniendo las calificaciones que hubieren obtenido en los
dos primeros ejercicios, siempre y cuando los ejercicios sean análogos en el contenido y
en la forma de calificación en ambas convocatorias:
Núm. 284
Martes 28 de noviembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 158450
En el caso de las personas aspirantes por el turno de promoción interna, el ejercicio
consistirá en la exposición oral, durante un tiempo mínimo de treinta y cinco minutos y
máximo de cuarenta y cinco minutos, de tres temas, sacados al azar, uno por cada grupo
de las siguientes materias:
i. «Derecho Constitucional, Administrativo y Laboral».
ii. «Hacienda Pública, Teoría y Técnica Presupuestaria y de la Gestión Pública».
iii. «Sistema Financiero Español, Derecho Tributario y Derecho de la Unión
Europea».
Las personas aspirantes dispondrán de diez minutos para la preparación del
ejercicio, sin que puedan consultar ninguna clase de textos o apuntes. Durante la
exposición oral de los temas, podrán utilizar el guion que, en su caso, hayan preparado.
La exposición oral de las personas aspirantes se registrará en soporte apto para la
grabación y reproducción del sonido.
2. La normativa aplicable en el desarrollo de los ejercicios del proceso selectivo
será la que se encuentre en vigor a la fecha de la convocatoria.
3. El Tribunal Calificador podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios de la fase de oposición, en
los casos que sea estrictamente necesario y debidamente justificados por dicho órgano
ante la autoridad convocante.
Tercera.
Evaluación de la fase de oposición.
Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de acuerdo con las siguientes
normas:
1. En las actas del órgano calificador, deberá quedar debida constancia del
desglose de las puntuaciones otorgadas, así como de la fórmula o criterios utilizados
para su obtención, de conformidad con el procedimiento establecido en el apartado 3 de
esta base.
2. La valoración de cada uno de los ejercicios se realizará de la siguiente forma:
a)
b)
El primer ejercicio se calificará de «apto» o «no apto».
El segundo ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos de la siguiente manera:
– Personas aspirantes por el turno general de acceso libre que en la convocatoria
inmediatamente posterior también concurran por el turno general de acceso libre,
siempre que hubieran aprobado este segundo ejercicio con una puntuación superior a 24
puntos.
– Personas aspirantes por el turno general de acceso libre que en la convocatoria
inmediatamente posterior concurran por el turno de promoción interna, siempre que
hubieran aprobado este segundo ejercicio con una puntuación superior a 12 puntos en
cada una de las dos partes de las que consta el mismo.
cve: BOE-A-2023-24136
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i. Cada una de las partes se calificará de 0 a 20 puntos. A su vez, en la primera
parte se puntuarán de 0 a 10 puntos los supuestos de contabilidad y matemáticas
financieras, y de 0 a 10 puntos los de contabilidad pública.
ii. Para aprobar la primera parte será necesario obtener una puntuación mínima
de 5 puntos en los supuestos de contabilidad y matemáticas financieras, y de 5 puntos
en los de contabilidad pública. Para aprobar la segunda parte será necesario obtener un
mínimo de 10 puntos.
iii. Las personas aspirantes que cumplan los requisitos que a continuación se
señalan podrán acceder directamente a la práctica del tercer ejercicio en la convocatoria
inmediatamente posterior, manteniendo las calificaciones que hubieren obtenido en los
dos primeros ejercicios, siempre y cuando los ejercicios sean análogos en el contenido y
en la forma de calificación en ambas convocatorias: