I. Disposiciones generales. PRESIDENCIA DEL GOBIERNO. Organización. (BOE-A-2023-24122)
Real Decreto 890/2023, de 27 de noviembre, por el que se aprueba la estructura de la Presidencia del Gobierno.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 284

Martes 28 de noviembre de 2023

Sec. I. Pág. 158219

2. La Secretaría General de Planificación Política contará con un Departamento de
Planificación Política, cuyo titular tendrá rango de Director General y del que dependerán
las unidades siguientes, con nivel orgánico de Subdirección General:
a)
b)

Unidad de Comunicación con la Ciudadanía.
Unidad de Análisis y Estudios.

Artículo 10. Secretaría General de Políticas Públicas, Asuntos Europeos y Prospectiva
Estratégica.
1. Bajo la dependencia directa de la persona titular de la Dirección del Gabinete de
la Presidencia del Gobierno existirá la Secretaría General de Políticas Públicas, Asuntos
Europeos y Prospectiva Estratégica. Le corresponderán las tareas de coordinación de
las áreas de su competencia y de los departamentos y unidades que se le adscriben y
desempeñará las siguientes funciones:
a) Asesorar al Presidente del Gobierno en el diseño e implementación de políticas
públicas nacionales y europeas.
b) Fomentar la coordinación entre ministerios para garantizar la coherencia integral
de la acción de gobierno.
c) Asesorar y asistir al Presidente del Gobierno en los asuntos relacionados con la
Unión Europea y con las relaciones bilaterales con los países europeos.
d) Proporcionar al Presidente del Gobierno la información necesaria para el
ejercicio de su participación en el Consejo Europeo, llevando a cabo el análisis y
seguimiento de los programas y acciones de la Unión Europea.
e) Analizar los retos y oportunidades de España en los próximos años y ayudar al
país a prepararse para ellos.
2. La persona titular de la Secretaría General de Políticas Públicas, Asuntos
Europeos y Prospectiva Estratégica será la enviada especial del Presidente del Gobierno
a las reuniones que a ese nivel de enviados especiales tengan lugar en la Unión
Europea.
3. La Secretaría General de Políticas Públicas, Asuntos Europeos y Prospectiva
Estratégica contará para el desempeño de sus funciones con los siguientes
departamentos, que tendrán rango de Dirección General:
a) Departamento de Políticas Públicas.
b) Departamento de Asuntos Europeos.
c) Oficina Nacional de Prospectiva y Estrategia.
4. El Departamento de Políticas Públicas apoyará el diseño y evaluación de las
políticas públicas del ejecutivo, y fomentará la coordinación entre ministerios para
garantizar la coherencia integral de la acción de gobierno. Contará con las siguientes
unidades, con rango de Subdirección General:

5. El Departamento de Asuntos Europeos se encargará de asesorar al Presidente
del Gobierno en los asuntos relativos a la Unión Europea y las relaciones bilaterales con
los países europeos. Contará con una Unidad de Coordinación, que tendrá rango de
Subdirección General.
6. La Oficina Nacional de Prospectiva y Estrategia contará con una Unidad de
Coordinación, con rango de Subdirección General y se encargará de analizar de forma
multidisciplinar y empírica los retos y oportunidades a los que se enfrentará España en
las próximas décadas, y de ayudar al país a prepararse para ellos mediante el diseño de
políticas innovadoras y la creación de estrategias de largo plazo.

cve: BOE-A-2023-24122
Verificable en https://www.boe.es

a) Unidad de Políticas de Crecimiento y Desarrollo.
b) Unidad de Políticas Sociales.
c) Unidad de Políticas Medioambientales.