III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-23976)
Resolución de 6 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el X Convenio colectivo de Danone, SA.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 282
Sábado 25 de noviembre de 2023
Sección segunda.
Sec. III. Pág. 157498
Vacantes
Artículo 19. Cobertura de vacantes.
Cuando existan vacantes en la empresa, estas se cubrirán con personal interno
antes de recurrir al exterior, siempre que se encuentre el perfil requerido. El
procedimiento a seguir será el siguiente:
1.
Procedimiento.
Cuando haya que cubrir una vacante, la Dirección del centro lo comunicará al Comité
de empresa o Delegado/a de personal y ambos se encargarán de hacer pública la
convocatoria con el fin de que todo el personal de todos los Centros de trabajo del
ámbito geográfico correspondiente, tenga conocimiento de esta, mediando un mínimo de
tiempo de un mes entre la publicación del anuncio y la realización de las pruebas.
En la convocatoria se harán constar los siguientes aspectos:
– Categoría, departamento y sección o perfil y rama del puesto a cubrir y grupo
profesional al que se adscribe.
– Número de plazas a cubrir.
– Lugar y plazo límite de la presentación de solicitudes.
– Condiciones mínimas exigidas a los aspirantes.
– Fecha en la que se hará pública la relación de aspirantes admitidos a las pruebas
de aptitud.
– Programa de pruebas teóricas prácticas y psicotécnicas a realizar en cada caso y
puntuación de las mismas.
– Temario o texto de referencia.
– Lugar y fecha de las pruebas.
Se establece que si un puesto de trabajo de un determinado perfil, es cubierto por una
misma o distintas personas de otro perfil distinto y de un nivel inferior (o por una misma o
distintas personas de una categoría inferior), por más de seis meses consecutivos en un
año u ocho meses alternos en un período de dos años, la plaza deberá sacarse a
convocatoria. Se exceptúan los casos debidos a sustituciones con derecho a reserva de
puesto en los que no se consolida tampoco la diferencia económica.
2.
Criterios y baremos de evaluación.
Los criterios que fundamentan la evaluación están basados en los ejes de competencias
(técnicas, organizativas, relacionales, etc.) del personal, evaluándose mediante:
En este sentido se constituirá una comisión mixta formada por dos representantes de
la Dirección y dos representantes del Comité de empresa cuya misión consistirá en
establecer el número de preguntas, puntuación global, sistema de verificación de los
resultados e información conjunta al personal.
Todas las pruebas y su contenido serán establecidos en cada caso por la Dirección,
quien trasladará esta información a la comisión mixta para el seguimiento, verificación,
control y publicación de los resultados juntamente con la Dirección.
3.
Incorporación a la nueva categoría.
– En el plazo de un mes, a contar desde la realización de las pruebas, la Dirección
informará a la comisión mixta de los resultados obtenidos por los candidatos,
previamente a hacer públicos los mismos.
cve: BOE-A-2023-23976
Verificable en https://www.boe.es
– Pruebas de capacidad (tests psicotécnicos): 30%.
– Pruebas de conocimientos teóricos: 20%.
– Pruebas prácticas: 50%.
Núm. 282
Sábado 25 de noviembre de 2023
Sección segunda.
Sec. III. Pág. 157498
Vacantes
Artículo 19. Cobertura de vacantes.
Cuando existan vacantes en la empresa, estas se cubrirán con personal interno
antes de recurrir al exterior, siempre que se encuentre el perfil requerido. El
procedimiento a seguir será el siguiente:
1.
Procedimiento.
Cuando haya que cubrir una vacante, la Dirección del centro lo comunicará al Comité
de empresa o Delegado/a de personal y ambos se encargarán de hacer pública la
convocatoria con el fin de que todo el personal de todos los Centros de trabajo del
ámbito geográfico correspondiente, tenga conocimiento de esta, mediando un mínimo de
tiempo de un mes entre la publicación del anuncio y la realización de las pruebas.
En la convocatoria se harán constar los siguientes aspectos:
– Categoría, departamento y sección o perfil y rama del puesto a cubrir y grupo
profesional al que se adscribe.
– Número de plazas a cubrir.
– Lugar y plazo límite de la presentación de solicitudes.
– Condiciones mínimas exigidas a los aspirantes.
– Fecha en la que se hará pública la relación de aspirantes admitidos a las pruebas
de aptitud.
– Programa de pruebas teóricas prácticas y psicotécnicas a realizar en cada caso y
puntuación de las mismas.
– Temario o texto de referencia.
– Lugar y fecha de las pruebas.
Se establece que si un puesto de trabajo de un determinado perfil, es cubierto por una
misma o distintas personas de otro perfil distinto y de un nivel inferior (o por una misma o
distintas personas de una categoría inferior), por más de seis meses consecutivos en un
año u ocho meses alternos en un período de dos años, la plaza deberá sacarse a
convocatoria. Se exceptúan los casos debidos a sustituciones con derecho a reserva de
puesto en los que no se consolida tampoco la diferencia económica.
2.
Criterios y baremos de evaluación.
Los criterios que fundamentan la evaluación están basados en los ejes de competencias
(técnicas, organizativas, relacionales, etc.) del personal, evaluándose mediante:
En este sentido se constituirá una comisión mixta formada por dos representantes de
la Dirección y dos representantes del Comité de empresa cuya misión consistirá en
establecer el número de preguntas, puntuación global, sistema de verificación de los
resultados e información conjunta al personal.
Todas las pruebas y su contenido serán establecidos en cada caso por la Dirección,
quien trasladará esta información a la comisión mixta para el seguimiento, verificación,
control y publicación de los resultados juntamente con la Dirección.
3.
Incorporación a la nueva categoría.
– En el plazo de un mes, a contar desde la realización de las pruebas, la Dirección
informará a la comisión mixta de los resultados obtenidos por los candidatos,
previamente a hacer públicos los mismos.
cve: BOE-A-2023-23976
Verificable en https://www.boe.es
– Pruebas de capacidad (tests psicotécnicos): 30%.
– Pruebas de conocimientos teóricos: 20%.
– Pruebas prácticas: 50%.