III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2023-23925)
Resolución de 17 de noviembre de 2023, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con la Cooperación Descentralizada, para la actuación conjunta y coordinada en materia de acción humanitaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 24 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 156954
actuaciones específicas para la protección de la violencia de género y sexual, y hacer
una apuesta estratégica por las crisis olvidadas.
Que, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, la materia objeto
del convenio se rige por la Ley 9/2006, de 10 de octubre, de Cooperación al Desarrollo
de Castilla y León, así como por el Plan Director de Cooperación para el Desarrollo de
Castilla y León, en su caso vigente, que contempla como una de las modalidades
prioritarias de actuación las intervenciones llevadas a cabo en el ámbito de la acción
humanitaria.
Que, en el ámbito local, la Federación Española de Municipios y Provincias (en lo
sucesivo FEMP) es la Asociación de Entidades Locales de Ámbito Estatal con mayor
implantación, constituida al amparo de lo previsto en la Disposición Adicional Quinta de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y declarada de
utilidad pública por acuerdo del Consejo de Ministros de 26 de junio de 1985, que agrupa
a Ayuntamientos, Diputaciones, Consejos y Cabildos Insulares. Que cuenta con una
Comisión de Cooperación para el Desarrollo como parte de su estructura organizativa,
compuesta por 25 representantes cargos electos municipales, siendo uno de sus
objetivos el fomento de la coordinación y la articulación de las acciones de cooperación
al desarrollo de los gobiernos locales. Asimismo, la FEMP forma parte del Consejo de
Municipios y Regiones de Europa (CMRE) y de Ciudades y Gobiernos Locales Unidos
(CGLU) organizaciones de ámbito europeo y global respectivamente desde las que
también se desarrollan e impulsan acciones de cooperación internacional alineadas a la
localización de la Agenda 2030.
Que la realidad actual, a la que se enfrenta la comunidad internacional, se
caracteriza por una tipología de crisis, marcadas por su complejidad y larga duración,
exigiendo una articulación más eficaz de todos los instrumentos que pretenden
abordarlas, debiendo enfatizarse en este plano la relación que la «agenda humanitaria»
debe tener con el resto de «agendas», y muy especialmente, con la Agenda 2030 para el
Desarrollo Sostenible. El objetivo de no dejar a nadie atrás es, en definitiva, un reto tanto
para los actores humanitarios como para los de desarrollo, debiendo promoverse el
respeto de los Derechos Humanos y la construcción de la paz.
Que, los retos a los que el mundo se enfrenta tras la inédita situación provocada por
la pandemia de COVID-19, y su impacto en los sistemas socioeconómicos, las
implicaciones globales que está teniendo la guerra de Rusia contra Ucrania, así como los
efectos de la emergencia climática, requieren de soluciones más integradas y de una
actuación más conjunta y coordinada que nunca, en la que debe primar la colaboración y
coordinación de todos los actores humanitarios siendo estas actuaciones
complementarias a las intervenciones humanitarias que se realizan directamente por las
Comunidades Autónomas y la FEMP. En este sentido, como principales financiadoras e
impulsoras de intervenciones humanitarias, las administraciones públicas tienen la
responsabilidad de tomar decisiones conjuntamente en pro de una mejora de la calidad
de la ayuda, sin perjuicio de que todas las entidades firmantes continúen impulsando,
financiando, gestionando y ejecutando directamente intervenciones de acción
humanitaria en el marco de sus competencias y en cumplimiento de lo establecido en
sus marcos normativos, planes de cooperación y estrategias que sean de aplicación, en
materia de cooperación internacional para el desarrollo y, en particular, en materia de la
acción humanitaria.
Que dicha actuación debe estar guiada, en términos generales, por los 17 Objetivos
de Desarrollo Sostenible recogidos en la Agenda 2030 y, en términos específicos, por la
Agenda por la Humanidad, aprobada en la I Cumbre Mundial Humanitaria, celebrada en
Estambul en el año 2016. El cambio de paradigma que estas representan abre un
periodo de reflexión para repensar las estructuras existentes y ofrecer una acción
humanitaria eficaz y de calidad a las personas afectadas.
Que la Cooperación Española asume los del Gran Pacto por la Eficiencia (en inglés,
Grand Bargain) aprobado en 2016 y comparte la adaptación de esta agenda con la
aprobación del Grand Bargain 2.0 en el año 2022 comprometiéndose con su objetivo
cve: BOE-A-2023-23925
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 281
Viernes 24 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 156954
actuaciones específicas para la protección de la violencia de género y sexual, y hacer
una apuesta estratégica por las crisis olvidadas.
Que, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, la materia objeto
del convenio se rige por la Ley 9/2006, de 10 de octubre, de Cooperación al Desarrollo
de Castilla y León, así como por el Plan Director de Cooperación para el Desarrollo de
Castilla y León, en su caso vigente, que contempla como una de las modalidades
prioritarias de actuación las intervenciones llevadas a cabo en el ámbito de la acción
humanitaria.
Que, en el ámbito local, la Federación Española de Municipios y Provincias (en lo
sucesivo FEMP) es la Asociación de Entidades Locales de Ámbito Estatal con mayor
implantación, constituida al amparo de lo previsto en la Disposición Adicional Quinta de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y declarada de
utilidad pública por acuerdo del Consejo de Ministros de 26 de junio de 1985, que agrupa
a Ayuntamientos, Diputaciones, Consejos y Cabildos Insulares. Que cuenta con una
Comisión de Cooperación para el Desarrollo como parte de su estructura organizativa,
compuesta por 25 representantes cargos electos municipales, siendo uno de sus
objetivos el fomento de la coordinación y la articulación de las acciones de cooperación
al desarrollo de los gobiernos locales. Asimismo, la FEMP forma parte del Consejo de
Municipios y Regiones de Europa (CMRE) y de Ciudades y Gobiernos Locales Unidos
(CGLU) organizaciones de ámbito europeo y global respectivamente desde las que
también se desarrollan e impulsan acciones de cooperación internacional alineadas a la
localización de la Agenda 2030.
Que la realidad actual, a la que se enfrenta la comunidad internacional, se
caracteriza por una tipología de crisis, marcadas por su complejidad y larga duración,
exigiendo una articulación más eficaz de todos los instrumentos que pretenden
abordarlas, debiendo enfatizarse en este plano la relación que la «agenda humanitaria»
debe tener con el resto de «agendas», y muy especialmente, con la Agenda 2030 para el
Desarrollo Sostenible. El objetivo de no dejar a nadie atrás es, en definitiva, un reto tanto
para los actores humanitarios como para los de desarrollo, debiendo promoverse el
respeto de los Derechos Humanos y la construcción de la paz.
Que, los retos a los que el mundo se enfrenta tras la inédita situación provocada por
la pandemia de COVID-19, y su impacto en los sistemas socioeconómicos, las
implicaciones globales que está teniendo la guerra de Rusia contra Ucrania, así como los
efectos de la emergencia climática, requieren de soluciones más integradas y de una
actuación más conjunta y coordinada que nunca, en la que debe primar la colaboración y
coordinación de todos los actores humanitarios siendo estas actuaciones
complementarias a las intervenciones humanitarias que se realizan directamente por las
Comunidades Autónomas y la FEMP. En este sentido, como principales financiadoras e
impulsoras de intervenciones humanitarias, las administraciones públicas tienen la
responsabilidad de tomar decisiones conjuntamente en pro de una mejora de la calidad
de la ayuda, sin perjuicio de que todas las entidades firmantes continúen impulsando,
financiando, gestionando y ejecutando directamente intervenciones de acción
humanitaria en el marco de sus competencias y en cumplimiento de lo establecido en
sus marcos normativos, planes de cooperación y estrategias que sean de aplicación, en
materia de cooperación internacional para el desarrollo y, en particular, en materia de la
acción humanitaria.
Que dicha actuación debe estar guiada, en términos generales, por los 17 Objetivos
de Desarrollo Sostenible recogidos en la Agenda 2030 y, en términos específicos, por la
Agenda por la Humanidad, aprobada en la I Cumbre Mundial Humanitaria, celebrada en
Estambul en el año 2016. El cambio de paradigma que estas representan abre un
periodo de reflexión para repensar las estructuras existentes y ofrecer una acción
humanitaria eficaz y de calidad a las personas afectadas.
Que la Cooperación Española asume los del Gran Pacto por la Eficiencia (en inglés,
Grand Bargain) aprobado en 2016 y comparte la adaptación de esta agenda con la
aprobación del Grand Bargain 2.0 en el año 2022 comprometiéndose con su objetivo
cve: BOE-A-2023-23925
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 281