III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2023-23925)
Resolución de 17 de noviembre de 2023, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con la Cooperación Descentralizada, para la actuación conjunta y coordinada en materia de acción humanitaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281
Viernes 24 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 156956
desplazados/as internos/as y demás personas bajo el mandato del ACNUR (Oficina del
Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados).
En particular, las intervenciones cofinanciadas en el marco del presente convenio
deberán focalizarse en la promoción de las responsabilidades básicas tercera, cuarta y
quinta de la I Cumbre Mundial Humanitaria:
– No dejar a nadie atrás:
● promover el empoderamiento y el liderazgo de las mujeres y los derechos de las
mujeres;
● reforzar un enfoque inclusivo para la concepción, la ejecución, la supervisión y la
financiación de la asistencia.
– Cambiar la vida de las personas: acabar con las necesidades:
● desarrollar las capacidades locales y nacionales para responder a las crisis.
reforzar las estrategias de afrontamiento de las comunidades.
– Invertir en la humanidad:
● financiación directa a actores locales y nacionales y el desarrollo de sus
capacidades en la gestión de los desastres y los riesgos, particularmente los grupos de
mujeres locales.
Igualmente, con la finalidad de trabajar conjuntamente de una forma más eficiente,
transparente y armoniosa, en la elección de las intervenciones humanitarias a apoyar, se
tendrán especialmente en cuenta los principios rectores del Gran Pacto por la
Eficiencia 2.0 (Grand Bargain 2.0), garantizar la participación de las personas
beneficiarias en el proceso de toma de decisiones, reforzar el vínculo entre la acción
humanitaria y el desarrollo, a través de programas de resiliencia, promover la agenda de
localización y una financiación previsible y de calidad. Para avanzar de forma efectiva en
la consecución del objetivo de reforzar el vínculo entre la acción humanitaria y el
desarrollo, en el marco del presente convenio se trabajará conjuntamente para hacer
operativas las recomendaciones y orientaciones del CAD en cuestiones como aplicación
del enfoque del triple nexo, a través del apoyo a intervenciones que integren la
vinculación entre la acción humanitaria, el desarrollo y la construcción de paz.
En esta línea, se tendrá en cuenta el compromiso de la comunidad de donantes y
otros actores humanitarios de aumentar el uso y coordinación de los programas de
transferencia de efectivo y utilización de cupones.
Se apoyarán de manera prioritaria intervenciones que integren de manera transversal
el enfoque de género, reconociéndose así el impacto diferenciado y desproporcionado
de los conflictos y los desastres naturales en las mujeres y las niñas, así como la
necesidad de adoptar medidas que promuevan la igualdad de género, el
empoderamiento femenino y la lucha contra la violencia de género y la violencia sexual.
Igualmente, deberá priorizarse la aplicación transversal del enfoque de derechos, el
enfoque de sostenibilidad medioambiental y el enfoque de diversidad cultural.
Sectores.
Las intervenciones financiadas desarrollarán actuaciones en el ámbito de la
prevención y preparación ante desastres, acción anticipatoria, respuesta a emergencias
súbitas, atención a crisis complejas, crónicas, sostenidas y recurrentes, recuperación
temprana y protección de las personas en situación de especial vulnerabilidad.
Serán intervenciones centradas prioritariamente en los sectores de protección,
seguridad alimentaria y nutrición, agua, saneamiento e higiene, salud y educación en
emergencias, pudiendo igualmente contemplarse la financiación de intervenciones en
otros sectores, tales como cobijo o logística.
cve: BOE-A-2023-23925
Verificable en https://www.boe.es
1.2
Núm. 281
Viernes 24 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 156956
desplazados/as internos/as y demás personas bajo el mandato del ACNUR (Oficina del
Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados).
En particular, las intervenciones cofinanciadas en el marco del presente convenio
deberán focalizarse en la promoción de las responsabilidades básicas tercera, cuarta y
quinta de la I Cumbre Mundial Humanitaria:
– No dejar a nadie atrás:
● promover el empoderamiento y el liderazgo de las mujeres y los derechos de las
mujeres;
● reforzar un enfoque inclusivo para la concepción, la ejecución, la supervisión y la
financiación de la asistencia.
– Cambiar la vida de las personas: acabar con las necesidades:
● desarrollar las capacidades locales y nacionales para responder a las crisis.
reforzar las estrategias de afrontamiento de las comunidades.
– Invertir en la humanidad:
● financiación directa a actores locales y nacionales y el desarrollo de sus
capacidades en la gestión de los desastres y los riesgos, particularmente los grupos de
mujeres locales.
Igualmente, con la finalidad de trabajar conjuntamente de una forma más eficiente,
transparente y armoniosa, en la elección de las intervenciones humanitarias a apoyar, se
tendrán especialmente en cuenta los principios rectores del Gran Pacto por la
Eficiencia 2.0 (Grand Bargain 2.0), garantizar la participación de las personas
beneficiarias en el proceso de toma de decisiones, reforzar el vínculo entre la acción
humanitaria y el desarrollo, a través de programas de resiliencia, promover la agenda de
localización y una financiación previsible y de calidad. Para avanzar de forma efectiva en
la consecución del objetivo de reforzar el vínculo entre la acción humanitaria y el
desarrollo, en el marco del presente convenio se trabajará conjuntamente para hacer
operativas las recomendaciones y orientaciones del CAD en cuestiones como aplicación
del enfoque del triple nexo, a través del apoyo a intervenciones que integren la
vinculación entre la acción humanitaria, el desarrollo y la construcción de paz.
En esta línea, se tendrá en cuenta el compromiso de la comunidad de donantes y
otros actores humanitarios de aumentar el uso y coordinación de los programas de
transferencia de efectivo y utilización de cupones.
Se apoyarán de manera prioritaria intervenciones que integren de manera transversal
el enfoque de género, reconociéndose así el impacto diferenciado y desproporcionado
de los conflictos y los desastres naturales en las mujeres y las niñas, así como la
necesidad de adoptar medidas que promuevan la igualdad de género, el
empoderamiento femenino y la lucha contra la violencia de género y la violencia sexual.
Igualmente, deberá priorizarse la aplicación transversal del enfoque de derechos, el
enfoque de sostenibilidad medioambiental y el enfoque de diversidad cultural.
Sectores.
Las intervenciones financiadas desarrollarán actuaciones en el ámbito de la
prevención y preparación ante desastres, acción anticipatoria, respuesta a emergencias
súbitas, atención a crisis complejas, crónicas, sostenidas y recurrentes, recuperación
temprana y protección de las personas en situación de especial vulnerabilidad.
Serán intervenciones centradas prioritariamente en los sectores de protección,
seguridad alimentaria y nutrición, agua, saneamiento e higiene, salud y educación en
emergencias, pudiendo igualmente contemplarse la financiación de intervenciones en
otros sectores, tales como cobijo o logística.
cve: BOE-A-2023-23925
Verificable en https://www.boe.es
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