I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2023-23883)
Estatutos de la Infraestructura de Investigación Digital de Artes y Humanidades como consorcio de infraestructuras de investigación europeas (DARIAH ERIC).
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281

Viernes 24 de noviembre de 2023

Sec. I. Pág. 156826

CAPÍTULO 8
Políticas
Artículo 23.

Política de contratación pública y exención de IVA.

1. El DARIAH ERIC seguirá los principios consagrados en las directivas sobre
contratación pública de la Unión Europea, y cumplirá las disposiciones correspondientes
de la legislación nacional.
2. La contratación pública por parte de Afiliados y Observadores para la realización
de actividades relacionadas con el DARIAH ERIC deberá hacerse teniendo en cuenta las
necesidades del DARIAH ERIC, los requisitos técnicos y las especificaciones publicadas
por los organismos pertinentes.
3. La exención de IVA, basada en los artículos 143.1.g), y 151.1.b) de la
Directiva 2006/112/CE, del Consejo, y de conformidad con los artículos 50 y 51 del
Reglamento de Ejecución (UE) n.º 282/2011, del Consejo, se limitará al impuesto sobre
el valor añadido de los bienes y servicios destinados a uso oficial en el DARIAH ERIC,
que exceda los 150€ y que este haya contratado y abonado en su totalidad. Las
contrataciones realizadas por los Afiliados a título individual no se beneficiarán de tales
exenciones.
4. La exención de IVA se aplicará a las actividades sin ánimo de lucro, no a las
lucrativas.
5. La exención de IVA se aplicará a los bienes y servicios empleados en las
actividades científicas, técnicas y administrativas que el DARIAH ERIC lleve a cabo para
el cumplimiento de sus principales funciones, que comprenden los gastos de congresos,
talleres y reuniones directamente relacionados con las actividades del DARIAH ERIC. No
obstante, la exención de IVA no se aplicará a los gastos de viaje y alojamiento.
Artículo 24.

Responsabilidad.

1. El DARIAH ERIC responderá de todos sus adeudos.
2. Sus Afiliados serán responsables hasta la cuantía de las correspondientes
contribuciones anuales que realicen al DARIAH ERIC, a menos que hayan firmado una
declaración por la que se comprometen a asumir mayor responsabilidad por los adeudos
del DARIAH ERIC.
3. El Consejo de Administración negociará y firmará la póliza de seguros oportuna
en nombre del DARIAH ERIC.
Artículo 25.

Política de acceso.

1. Las herramientas y servicios que ofrezca el DARIAH ERIC estarán en principio
disponibles gratuitamente para su utilización por la comunidad científica y educativa.
2. La Junta General podrá resolver la imposición de una tarifa por la prestación de
determinados servicios, cuyas condiciones deberá precisar en el Reglamento de
Régimen Interno.
Evaluación científica y política de divulgación.

1. El DARIAH ERIC pondrá en marcha una infraestructura sin limitaciones de
acceso en términos de tiempo, espacio u otros aspectos, que, en principio, será gratuita
para la comunidad científica y educativa.
2. Si, por algún motivo, hubiera de restringirse el acceso, ya fuera transitoria o
permanentemente, el acceso se concederá únicamente tras una evaluación entre pares
basada en la excelencia y las buenas prácticas. La Junta General, previa consulta con el
Consejo Científico, adoptará las normas de ejecución correspondientes.
3. El DARIAH ERIC adoptará las medidas oportunas para promover la
infraestructura y su uso por los investigadores.

cve: BOE-A-2023-23883
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 26.