III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2023-23845)
Resolución de 15 de noviembre de 2023, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con el Instituto para la Competitividad de Castilla y León, para la organización de misiones inversas de compradores del sector de alimentación y bebidas a celebrar en Castilla y León en 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Jueves 23 de noviembre de 2023

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El Instituto presentará a la Comisión de Seguimiento una memoria técnica,
descriptiva de las actividades realizadas en el marco de la misión inversa en cuestión
que incluya la valoración de la misión por parte del Instituto y de las empresas
participantes en la misma.
ICEX presentará a la Comisión de Seguimiento una memoria técnica que contenga
además la valoración de la misión que incluya la valoración por parte de los misioneros.
Cada una de las Partes presentará a la citada comisión su respectiva memoria
económica, ya referida anteriormente, relativa a los gastos realizados con motivo de las
misiones inversas previstas en el presente Convenio.
Séptima.

Vigencia.

Este Convenio tendrá una vigencia de dieciocho (18) meses desde la fecha en la que
adquiera eficacia. Llegado su vencimiento el Convenio no podrá ser objeto de prórroga.
El Convenio se perfeccionará con la firma de las Partes y resultará eficaz una vez
inscrito, en el plazo de cinco (5) días hábiles desde su formalización, en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal,
sin perjuicio de su posterior publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) en el
plazo de diez (10) días hábiles desde su formalización.
Octava.

Protección de datos personales.

8.1 Datos personales de los firmantes. Las Partes informan a los representantes
que firman el presente Convenio de que sus datos de carácter personal serán incluidos
en sendos ficheros responsabilidad de cada una de las partes, cuya finalidad es el
mantenimiento de las relaciones jurídicas de las mismas, siendo imprescindible para ello
que se aporten sus datos identificativos, la capacidad de representación que ostentan,
número de DNI o documento equivalente y su firma.
Asimismo, las Partes garantizan cumplir con el deber de información con respecto a
sus empleados cuyos datos personales sean comunicados entre las Partes para el
mantenimiento y cumplimiento de la presente relación jurídica. La base jurídica que
legitima el tratamiento de los datos de los interesados es la necesidad para la
celebración y ejecución del presente Convenio.
Los datos serán conservados durante la vigencia del presente Convenio y,
posteriormente, durante el plazo legalmente establecido con la finalidad de atender a las
posibles responsabilidades derivadas de la relación jurídica.
En todo caso, los afectados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación,
supresión, oposición, limitación y portabilidad ante la parte que corresponda a través de
comunicación por escrito al domicilio social que consta al comienzo del presente
documento, aportando fotocopia de su DNI o documento equivalente e identificando el
derecho que se solicita. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la
protección de datos personales, podrán interponer una reclamación ante la Agencia
Española de Protección de Datos (www.aepd.es) o ante el delegado de protección de
datos de la parte que corresponda:

8.2 Datos personales intercambiados entre las partes. Para el cumplimiento del
objeto del presente Convenio, es necesario que ambas Partes se comuniquen
mutuamente datos personales de terceros, asumiendo cada Parte, con respecto a los
datos recibidos de la otra, la condición de responsable del tratamiento.
Así, las Partes se comprometen al estricto cumplimiento de lo establecido en el
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016
(en adelante, RGPD) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en adelante, LOPD).

cve: BOE-A-2023-23845
Verificable en https://www.boe.es

El Instituto: dpd.ice@jcyl.es.
ICEX: delegadoprotecciondatos@icex.es.