III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-23854)
Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta solar fotovoltaica Ume, de 14,7 MWp, y su infraestructura de evacuación asociada, en Castejón de Valdejasa (Zaragoza)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 23 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 156150
que no garantiza la corrección y compensación del impacto generado. Por su parte, el
promotor incorpora una propuesta de medidas preventivas, correctoras y compensatorias
para evitar estas afecciones, tanto para el ámbito de la planta solar Ume, como para la
línea de evacuación.
Como medidas planteadas para el ámbito de la planta solar fotovoltaica, se propone
favorecer la revegetación natural en las zonas libres donde no se vaya a instalar ningún
elemento de la planta solar y que queden dentro del perímetro vallado de la misma. Esta
revegetación se diseñará con miras a la implantación de una cobertura de barbecho.
Para ello, se extenderá una capa de 30 cm de espesor de tierra vegetal procedente del
desbroce realizado en los viales internos de la planta, aprovechando el banco de
semillas que albergue, y se mantendrá sin decapar ni extraer la tierra vegetal salvo en
aquellos puntos donde resulte estrictamente imprescindible. El promotor indica que estos
terrenos recuperados se incluirán en el plan de restauración y en el plan de vigilancia,
para asegurar su naturalización. Señala que el control del crecimiento de la vegetación
que pudiera afectar a los paneles solares se realizará preferentemente mediante
pastoreo de ganado y, como última opción, mediante medios manuales y/o mecánicos. El
promotor hace constar que, en ningún caso, se utilizarán herbicidas u otras sustancias
que puedan suponer la contaminación de los suelos y las aguas, y que el lavado de los
paneles solares se realizará sin productos químicos y minimizando el consumo de agua.
Dentro de las medidas propuestas relativas a la línea aérea de evacuación, destaca
la propuesta de realizar un estudio de detalle vinculado al proyecto definitivo de la línea
en la que, en el caso de que sea necesaria la ubicación de un apoyo en áreas de
pendiente superior al 20%, se valorará abordar el izado de los apoyos mediante pluma y
se minimizarán las campas al mínimo imprescindible, empleándose maquinaria ligera
que no requiere grandes superficies de trabajo, reduciendo así la afección sobre la
vegetación por campa y accesos. El promotor hace constar que, en el caso de que la
afección fuera valorada como permanente, como en el caso de la aparición de
desmontes y terraplenes no recuperables o bien de una afección a superficies de
hábitats de interés comunitario superior a la prevista, el montaje se realizará mediante
helicóptero. En todo caso, aclara, los apoyos contarán con patas de longitud variable
para adaptarlas al terreno sin necesidad de generar superficies planas para su ubicación.
Además, entre la documentación adicional remite un Plan de compensación para
hábitats de interés comunitario, con dos medidas compensatorias, concretamente:
Con carácter previo al inicio de los trabajos, se realizará un jalonamiento de todas las
zonas de obras y de las zonas con vegetación natural a preservar, donde se establecerá
la presencia de hábitats de interés comunitario calculando las superficies
adecuadamente, de forma que, ante una posible afección, ésta quede perfectamente
registrada y contabilizada.
Vinculado a la ejecución del Plan de Vigilancia Ambiental, y según las superficies de
hábitats de interés comunitario determinadas según la medida anterior, las superficies
ocupadas por el hábitat de interés comunitario que sean afectadas de forma permanente
por la ocupación de las instalaciones, se procederán a la compensación en otros
terrenos de la superficie detraída. La compensación se realizará implantando el mismo
tipo de vegetación existente en un área que se encuentre próxima a aquélla en la que se
produjo la pérdida.
El Plan de compensación detalla las superficies a compensar previstas para distintos
hábitats de interés comunitario, tanto en la Comunidad Autónoma de Aragón como en las
de Navarra y País Vasco, aclarándose que tales superficies se definirán con exactitud
una vez se ajusten a las superficies efectivamente afectadas y determinadas por la
Vigilancia Ambiental.
Por otro lado, aporta un Plan de Restauración e Integración Paisajística, que aborda
la restauración de las plataformas temporales de montaje de apoyos de las líneas
eléctricas, accesos provisionales, taludes de caminos y zanjas para el soterrado de las
líneas de media tensión, zonas de instalaciones auxiliares y otras superficies alteradas
en el proceso constructivo.
cve: BOE-A-2023-23854
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 280
Jueves 23 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 156150
que no garantiza la corrección y compensación del impacto generado. Por su parte, el
promotor incorpora una propuesta de medidas preventivas, correctoras y compensatorias
para evitar estas afecciones, tanto para el ámbito de la planta solar Ume, como para la
línea de evacuación.
Como medidas planteadas para el ámbito de la planta solar fotovoltaica, se propone
favorecer la revegetación natural en las zonas libres donde no se vaya a instalar ningún
elemento de la planta solar y que queden dentro del perímetro vallado de la misma. Esta
revegetación se diseñará con miras a la implantación de una cobertura de barbecho.
Para ello, se extenderá una capa de 30 cm de espesor de tierra vegetal procedente del
desbroce realizado en los viales internos de la planta, aprovechando el banco de
semillas que albergue, y se mantendrá sin decapar ni extraer la tierra vegetal salvo en
aquellos puntos donde resulte estrictamente imprescindible. El promotor indica que estos
terrenos recuperados se incluirán en el plan de restauración y en el plan de vigilancia,
para asegurar su naturalización. Señala que el control del crecimiento de la vegetación
que pudiera afectar a los paneles solares se realizará preferentemente mediante
pastoreo de ganado y, como última opción, mediante medios manuales y/o mecánicos. El
promotor hace constar que, en ningún caso, se utilizarán herbicidas u otras sustancias
que puedan suponer la contaminación de los suelos y las aguas, y que el lavado de los
paneles solares se realizará sin productos químicos y minimizando el consumo de agua.
Dentro de las medidas propuestas relativas a la línea aérea de evacuación, destaca
la propuesta de realizar un estudio de detalle vinculado al proyecto definitivo de la línea
en la que, en el caso de que sea necesaria la ubicación de un apoyo en áreas de
pendiente superior al 20%, se valorará abordar el izado de los apoyos mediante pluma y
se minimizarán las campas al mínimo imprescindible, empleándose maquinaria ligera
que no requiere grandes superficies de trabajo, reduciendo así la afección sobre la
vegetación por campa y accesos. El promotor hace constar que, en el caso de que la
afección fuera valorada como permanente, como en el caso de la aparición de
desmontes y terraplenes no recuperables o bien de una afección a superficies de
hábitats de interés comunitario superior a la prevista, el montaje se realizará mediante
helicóptero. En todo caso, aclara, los apoyos contarán con patas de longitud variable
para adaptarlas al terreno sin necesidad de generar superficies planas para su ubicación.
Además, entre la documentación adicional remite un Plan de compensación para
hábitats de interés comunitario, con dos medidas compensatorias, concretamente:
Con carácter previo al inicio de los trabajos, se realizará un jalonamiento de todas las
zonas de obras y de las zonas con vegetación natural a preservar, donde se establecerá
la presencia de hábitats de interés comunitario calculando las superficies
adecuadamente, de forma que, ante una posible afección, ésta quede perfectamente
registrada y contabilizada.
Vinculado a la ejecución del Plan de Vigilancia Ambiental, y según las superficies de
hábitats de interés comunitario determinadas según la medida anterior, las superficies
ocupadas por el hábitat de interés comunitario que sean afectadas de forma permanente
por la ocupación de las instalaciones, se procederán a la compensación en otros
terrenos de la superficie detraída. La compensación se realizará implantando el mismo
tipo de vegetación existente en un área que se encuentre próxima a aquélla en la que se
produjo la pérdida.
El Plan de compensación detalla las superficies a compensar previstas para distintos
hábitats de interés comunitario, tanto en la Comunidad Autónoma de Aragón como en las
de Navarra y País Vasco, aclarándose que tales superficies se definirán con exactitud
una vez se ajusten a las superficies efectivamente afectadas y determinadas por la
Vigilancia Ambiental.
Por otro lado, aporta un Plan de Restauración e Integración Paisajística, que aborda
la restauración de las plataformas temporales de montaje de apoyos de las líneas
eléctricas, accesos provisionales, taludes de caminos y zanjas para el soterrado de las
líneas de media tensión, zonas de instalaciones auxiliares y otras superficies alteradas
en el proceso constructivo.
cve: BOE-A-2023-23854
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 280