III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-23853)
Resolución de 13 de noviembre 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques solares fotovoltaicos Vulturno, de 41,96 MWp/39,29 MWn, Tanuki, de 46,45 MWp/44,2 MWn y Zetes, de 46,45 MWp/44,2 MWn y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Zaragoza y La Rioja".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Jueves 23 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 156126

afluente del río Ebro por su margen izquierda. Respecto a la parte del proyecto situado
en La Rioja, los cauces afectados pertenecen a la subcuenca del Ebro.
En el EsIA, se indica que parte las actuaciones de las PSFV se emplazan dentro de
zona de policía de cauces; además, indica que aparecen balsas en los alrededores.
Añade que la LAAT situada en La Rioja cruza un cauce definido, el Barranco del Torco, y
también afecta a su zona de policía. Añade que las infraestructuras objeto del proyecto
no se emplazan sobre masas de agua subterráneas.
El principal impacto detectado en referencia a la hidrología es la posible alteración de
la calidad de aguas por vertidos accidentales, fundamentalmente en fase de ejecución.
Para paliar este impacto, el promotor prevé un adecuado diseño de las instalaciones
además de la realización de buenas prácticas en obra, entre las que destacan, en lo que
a aguas se refiere, evitar la acumulación de tierra, escombros y residuos en las
proximidades de los cauces, donde tampoco se emplazarán instalaciones auxiliares y la
revisión de la maquinaria para evitar vertidos accidentales.
La Confederación Hidrográfica del Ebro prevé un incremento de probabilidad de
daños por el aumento de la escorrentía en el entorno agrícola o rural por el desarrollo del
proyecto, debido a fenómenos erosivos por la pérdida de la capa superficial del suelo.
Realiza comentarios normativos y técnicos en el ámbito de sus competencias y añade
una serie de medidas que deberá desarrollar el promotor, el cual muestra su conformidad
y que han sido, incluidas en el condicionado de la presente resolución, junto con otras
incluidas por esta Dirección General para asegurar la protección de las aguas.
Paisaje.

Según el EsIA, las tres PSFV junto a la LAAT a 200 kV SE Tauste SE2 –LAAT 400 kV
Júndiz y la SE Tauste SE2 se localizan en la región «Bajo Cinco Villas (Valle del Ebro y
Plataformas)» en las unidades paisajisticas «Valdehiguera», y «San Lamberto,
categorizadas con una calidad media y fragilidad alta, lo que les da una aptitud alta. Por
otro lado, la LAAT a 220 kV Nudo Santa Engracia-SET Colectora Santa Engracia, se
localiza en la región de la Cuenca del Ebro, en la unidad paisajística «Galilea y Ocón», y
«Barranco de Valderresa», categorizadas con una calidad media y muy baja
respectivamente, una fragilidad alta y sin valoración de aptitud. Considera en su análisis
una serie de elementos singulares al proyecto como: Ermita de San Lamberto, Iglesia de
Santa María la Mayor, Acequia de Sora, Acequia Principal de Sora, El Castellar y Montes
de Zuero, así como los núcleos urbanos.
Según el EsIA la realización del proyecto supondrá una afección sobre el paisaje, por
la introducción de nuevos elementos que comienza en fase de ejecución y se prolonga
durante la de explotación con el emplazamiento de las nuevas infraestructuras. Como
medidas preventivas y correctoras el promotor propone, durante las obras, situar las
instalaciones provisionales en lugares poco visibles; además, para que el impacto sea
menor durante la explotación, las construcciones se adecuarán a la tipología de la zona
y, tras las obras, se desmantelarán todas las instalaciones no necesarias para la fase de
explotación.
El INAGA constata en su informe que la presencia de los seguidores solares y las
edificaciones de los centros de transformación implicarán una pérdida de la calidad
visual y paisajística del entorno. El COTA, por su parte, señala que deberá asegurarse la
conservación de los valores paisajísticos del entorno; el promotor indica que está
cumpliendo con dicho objetivo al tener en cuenta la aplicación de la Estrategia de
Ordenación Territorial de Aragón.
Se incluyen en el condicionado de la presente resolución varias medidas adicionales
para la preservación del medio perceptual.
b.9)

Patrimonio cultural. Vías pecuarias (VVPP). MUP.

Según la información bibliográfica aportada en el EsIA, los elementos de interés
arqueológico del entorno del proyecto son, en el TM de Tauste la Iglesia de Santa María.

cve: BOE-A-2023-23853
Verificable en https://www.boe.es

b.8)