III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-23856)
Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques eólicos Napeas, de 42 MW, Lazlos, de 42 MW, Dexitea, de 48 MW, Kelpie, de 30 MW, Incitatus, de 42 MW, Bayard, de 48 MW, Buraq, de 48 MW y Grani, de 30 MW, y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Zaragoza".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280
Jueves 23 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 156235
promotor indica que la localización y el trazado de los elementos del proyecto se
realizará evitando posibles afecciones sobre cualquier elemento del patrimonio cultural
inventariado, a su vez se balizarán y vallarán perimetralmente los elementos indicados
por el organismo competente.
Por otro lado, parte de las infraestructuras de los PE Buraq, Dexitea, Incitatus, Kelpie
y Napeas se encuentran dentro de los MUPs «Los Llanos», «Turullón, Lo Percazo y
Valdemanzana» y «Valdemanzana», todos ellos ubicados en la localidad de Tauste. No
obstante, el promotor considera que la afección sobre los mismos será mínima, ya que
las zonas afectadas son caminos ya existentes.
En cuanto a las VVPP afectadas por las actuaciones, se encuentran: «Cabañera
Real de Tauste», «Cordel de Pradilla», «Vereda de la Lomaza», «Vereda de Putamariz»
y «Cordel de la Muga de Ejea a Zaragoza» en Tauste, «Cordel de Sigüenza», en Ejea de
los Caballeros, y «Cordel de la Muga de Tauste» en Castejón de Valdejasa.
El promotor propone, como medida para minimizar las afecciones sobre los MUPs y
las VVPP, acotar y balizar la zona de obras. Asimismo, indica que, antes del comienzo de
las obras, se obtendrán las autorizaciones pertinentes para la ocupación de las vías
pecuarias.
El INAGA informa que, de forma previa a iniciar las obras, se deberá disponer de la
correspondiente autorización de concesión de uso privativo y ocupación de los citados
montes, según se determina en el Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del
Gobierno de Aragón. En lo que respecta a las VVPP, el promotor deberá tramitar el
correspondiente expediente de concesión de ocupación temporal según lo dispuesto en
la Ley 10/2005, de 11 de noviembre, de vías pecuarias de Aragón. La actuación
proyectada no deberá alterar el tránsito ganadero ni impedir sus demás usos legales o
complementarios, especiales o ecológicos, evitando causar cualquier tipo de daño
ambiental. El promotor muestra su conformidad con dichas consideraciones.
Efectos sinérgicos.
El INAGA, en su informe, considera necesario que el estudio de impactos
acumulativos y sinérgicos incorpore los datos de avifauna y quirópteros de los estudios
realizados. El promotor presenta una adenda al EsIA con dicho estudio. En él, se tienen
en cuenta las infraestructuras energéticas próximas a los parques eólicos Napeas,
Kelpie, Incitatus, Lazlos, Grani, Dexitea, Buraq y Bayard, tanto las existentes como las
proyectadas, y en el que se incluye el análisis de los efectos sinérgicos y acumulativos
sobre las poblaciones de aves y quirópteros.
Teniendo en cuenta los PE con autorización previa y/o previstos en un radio de 20
km, se localizan 208 aerogeneradores en funcionamiento y 345 en tramitación. A este
respecto, la Dirección General de Energía y Minas del Gobierno de Aragón asegura que
ninguna de las poligonales del proyecto presenta superposición con otra instalación en
tramitación en la Comunidad Autónoma de Aragón.
El promotor considera que el efecto acumulativo sobre la calidad del aire será
beneficioso, debido a la reducción de emisiones que supondrá la implantación de los
parques eólicos, al igual que sobre el medio socio-económico, al aumentar la creación de
empleo y de capital.
Si bien la contribución de los PE objeto del proyecto respecto a la vegetación natural
e HIC se considera baja, la valoración del efecto sinérgico conjunto sobre la vegetación y
hábitats se considera moderada debido al elevado número de proyectos de la zona y, por
tanto, a sus elevadas superficies de ocupación y de desbroce.
En el estudio, el efecto sinérgico de los aerogeneradores sobre la fauna se considera
severo, debido al importante efecto barrera generado por el elevado número de
aerogeneradores.
Sobre el paisaje, el efecto sinérgico también será severo, debido a que la
implantación de los PE objeto de este proyecto aumentará la visibilidad de los PE en tres
núcleos de población, en dos carreteras y en cinco miradores de la zona de estudio,
cve: BOE-A-2023-23856
Verificable en https://www.boe.es
b.10)
Núm. 280
Jueves 23 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 156235
promotor indica que la localización y el trazado de los elementos del proyecto se
realizará evitando posibles afecciones sobre cualquier elemento del patrimonio cultural
inventariado, a su vez se balizarán y vallarán perimetralmente los elementos indicados
por el organismo competente.
Por otro lado, parte de las infraestructuras de los PE Buraq, Dexitea, Incitatus, Kelpie
y Napeas se encuentran dentro de los MUPs «Los Llanos», «Turullón, Lo Percazo y
Valdemanzana» y «Valdemanzana», todos ellos ubicados en la localidad de Tauste. No
obstante, el promotor considera que la afección sobre los mismos será mínima, ya que
las zonas afectadas son caminos ya existentes.
En cuanto a las VVPP afectadas por las actuaciones, se encuentran: «Cabañera
Real de Tauste», «Cordel de Pradilla», «Vereda de la Lomaza», «Vereda de Putamariz»
y «Cordel de la Muga de Ejea a Zaragoza» en Tauste, «Cordel de Sigüenza», en Ejea de
los Caballeros, y «Cordel de la Muga de Tauste» en Castejón de Valdejasa.
El promotor propone, como medida para minimizar las afecciones sobre los MUPs y
las VVPP, acotar y balizar la zona de obras. Asimismo, indica que, antes del comienzo de
las obras, se obtendrán las autorizaciones pertinentes para la ocupación de las vías
pecuarias.
El INAGA informa que, de forma previa a iniciar las obras, se deberá disponer de la
correspondiente autorización de concesión de uso privativo y ocupación de los citados
montes, según se determina en el Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del
Gobierno de Aragón. En lo que respecta a las VVPP, el promotor deberá tramitar el
correspondiente expediente de concesión de ocupación temporal según lo dispuesto en
la Ley 10/2005, de 11 de noviembre, de vías pecuarias de Aragón. La actuación
proyectada no deberá alterar el tránsito ganadero ni impedir sus demás usos legales o
complementarios, especiales o ecológicos, evitando causar cualquier tipo de daño
ambiental. El promotor muestra su conformidad con dichas consideraciones.
Efectos sinérgicos.
El INAGA, en su informe, considera necesario que el estudio de impactos
acumulativos y sinérgicos incorpore los datos de avifauna y quirópteros de los estudios
realizados. El promotor presenta una adenda al EsIA con dicho estudio. En él, se tienen
en cuenta las infraestructuras energéticas próximas a los parques eólicos Napeas,
Kelpie, Incitatus, Lazlos, Grani, Dexitea, Buraq y Bayard, tanto las existentes como las
proyectadas, y en el que se incluye el análisis de los efectos sinérgicos y acumulativos
sobre las poblaciones de aves y quirópteros.
Teniendo en cuenta los PE con autorización previa y/o previstos en un radio de 20
km, se localizan 208 aerogeneradores en funcionamiento y 345 en tramitación. A este
respecto, la Dirección General de Energía y Minas del Gobierno de Aragón asegura que
ninguna de las poligonales del proyecto presenta superposición con otra instalación en
tramitación en la Comunidad Autónoma de Aragón.
El promotor considera que el efecto acumulativo sobre la calidad del aire será
beneficioso, debido a la reducción de emisiones que supondrá la implantación de los
parques eólicos, al igual que sobre el medio socio-económico, al aumentar la creación de
empleo y de capital.
Si bien la contribución de los PE objeto del proyecto respecto a la vegetación natural
e HIC se considera baja, la valoración del efecto sinérgico conjunto sobre la vegetación y
hábitats se considera moderada debido al elevado número de proyectos de la zona y, por
tanto, a sus elevadas superficies de ocupación y de desbroce.
En el estudio, el efecto sinérgico de los aerogeneradores sobre la fauna se considera
severo, debido al importante efecto barrera generado por el elevado número de
aerogeneradores.
Sobre el paisaje, el efecto sinérgico también será severo, debido a que la
implantación de los PE objeto de este proyecto aumentará la visibilidad de los PE en tres
núcleos de población, en dos carreteras y en cinco miradores de la zona de estudio,
cve: BOE-A-2023-23856
Verificable en https://www.boe.es
b.10)