III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-23855)
Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Línea aérea de transporte de energía eléctrica a 400 kV, doble circuito, Itxaso-Castejón/Muruarte y de desmontaje de las líneas aéreas de transporte de energía eléctrica a 220 kV, simple circuito, Itxaso-Orcoyen 1 y 2 (Comunidad Foral de Navarra y TH de Gipuzkoa)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Jueves 23 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 156205

En resumen, el proyecto supone mantener la misma longitud de línea eléctrica que
atraviesa los corredores actualmente, al utilizarse en la nueva línea los pasillos existentes
de las líneas a desmantelar y, en algunas zonas (ZEC Aralar y ZEC Sierra de Aralar),
supone una importante disminución (por el desmantelamiento de la línea I-O1) mejorando la
conectividad interior. El proyecto en conjunto también supondrá para varios de los espacios
una reducción sustancial de la longitud total de tendido existente en su entorno. Además, el
proyecto contempla medidas anticolisión y, por tanto, se considera que no existe una
afección significativa para la conectividad global entre los espacios Red Natura.
Tras el estudio de repercusiones, el promotor concluye que con la adopción de los
condicionantes de diseño y de las medidas preventivas y correctoras contempladas, no
se producirán afecciones significativas sobre la coherencia global de la Red Natura 2000
ni sobre los elementos clave por los que fueron declarados los distintos espacios que
forman parte de ella, quedando mitigados los impactos que se puedan producir.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático del Gobierno Vasco
informa que el proyecto en su conjunto no generará un perjuicio a la integridad de los
espacios de la Red Natura 2000 del País Vasco.
Numerosas alegaciones manifiestan su oposición a la conclusión del promotor sobre
las afecciones a los elementos clave de los espacios y a la coherencia con la Red
Natura 2000. Sintéticamente destacan, entre otras, las repercusiones a la ZEC Urbasa y
Andía teniendo en cuenta la superficie de HIC directamente afectada; el efecto de las
líneas sobre el quebrantahuesos y milano real y las determinaciones del Plan de gestión
al respecto; la acumulación de impactos con otros proyectos. Señalan que no se han
estudiado los efectos acumulativos y sinérgicos, que no se ha considerado la
documentación especializada recomendada y que no se incluye la valoración de los
órganos gestores de los espacios, todo ello solicitado en el trámite de consultas previas.
Los alegantes indican que los informes desfavorables emitidos por la Dirección General
de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra respecto a los proyectos de energía
renovable Kyoko y Ume serían aplicables al presente proyecto, al coincidir parte del
trazado de la línea de evacuación por el mismo pasillo. Finalmente, concluyen que se
producirán afecciones significativas sobre la coherencia global de la Red Natura 2000,
incluso tras la aplicación de las medidas preventivas y correctoras propuestas.
En sus respuestas, el promotor muestra su desacuerdo con los argumentos de las
alegaciones anteriores y reitera las razones que justifican su valoración y conclusiones.
Por otro lado, el informe de la Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de
Navarra, en respuesta a requerimiento de este órgano ambiental, señala que las afecciones
del proyecto sobre la Red Natura 2000 son compatibles con sus objetivos de conservación y
que, en cualquier caso, no se produce una afección a la integridad de ninguno de los
espacios afectados. Así mismo, la Dirección General de Montes y Medio Natural de la
Diputación Foral de Guipúzcoa informa que el proyecto en su conjunto no generará un
perjuicio a la integridad de los espacios de la Red Natura 2000, teniendo en cuenta el análisis
abordado por el EsIA y las medidas preventivas y correctoras previstas en el mismo.
3.2.7

Paisaje.

Los documentos de paisaje de los Planes de Ordenación del Territorio (POT) de
Navarra, Planes de Acción, Cartografía de Paisaje de la CAPV y otra documentación
identifican 4 grandes zonas paisajísticas en el entorno del proyecto. Para el ámbito de
estudio detallado, el EsIA describe las características de las 24 unidades de paisaje
recogidas en los POT de Navarra y de las 17 cuencas visuales de la CAPV, así como de

cve: BOE-A-2023-23855
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desplazamientos. Si bien la línea de 400 kV atraviesa los corredores identificados, los
tendidos aéreos son bastante permeables ya que la fauna terrestre puede atravesarlas sin
problemas; la acuática tampoco va a ser afectada al no interrumpirse el cauce; y la avifauna
va a ser afectada principalmente por el riesgo de colisión más que por ver impedida la
conectividad. En este sentido, los desplazamientos de la avifauna entre espacios suelen ser
a gran altura y la línea discurre en su gran mayoría por zonas de valle (la Sakana).