I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2023-23636)
Estatutos del Consorcio de Infraestructura Común de Tecnología y Recursos Lingüísticos (CLARIN ERIC) como consorcio de infraestructuras de investigación europeas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279

Miércoles 22 de noviembre de 2023

Sec. I. Pág. 155100

21.3 La política de difusión describirá los diversos grupos destinatarios y CLARIN
hará uso de distintos canales para llegar al público destinatario, como un portal web, un
boletín, seminarios, presencia en conferencias o artículos en diarios y revistas.
Artículo 22.

Política de derechos de propiedad intelectual.

22.1 Los derechos de propiedad intelectual de los resultados generados por
CLARIN ERIC pertenecerán a CLARIN ERIC y serán gestionados por el Consejo de
Administración.
22.2 Por regla general, se favorecerán los principios de fuente abierta y acceso
abierto.
22.3 CLARIN ERIC proporcionará orientaciones (por ejemplo, a través de su página
web) a los investigadores para garantizar que la investigación que utilice materiales
accesibles a través de CLARIN ERIC se lleve a cabo dentro de un marco que reconozca
los derechos de los propietarios de los datos y la intimidad de las personas.
22.4 CLARIN ERIC velará por que los usuarios acepten las condiciones que rigen
el acceso y por que existan unas medidas de seguridad adecuadas en relación con el
almacenamiento y la manipulación internos.
22.5 CLARIN ERIC contará con disposiciones bien definidas para investigar las
denuncias sobre violaciones de la seguridad y la confidencialidad con respecto a los
datos de la investigación.
Artículo 23. Política de empleo, incluida la igualdad de oportunidades.
23.1 CLARIN ERIC aplicará el principio de igualdad de oportunidades. Los
contratos de empleo se ajustarán a la legislación nacional del país en el que esté
empleado el personal.
23.2 Para cada tarea, CLARIN ERIC seleccionará al mejor candidato,
independientemente de sus antecedentes, nacionalidad, religión o sexo.
Política de contratación y exención fiscal.

24.1 CLARIN-ERIC impartirá un trato igual y no discriminatorio a todos los
licitadores y candidatos en una contratación, independientemente de que estén o no
establecidos en la Unión. La política de contratación de CLARIN ERIC respetará los
principios de transparencia, no discriminación y competencia. Toda vez que CLARIN es
un recurso distribuido, la contratación la efectuarán en parte cada miembro, aplicando
sus reglamentos y procedimientos nacionales de contratación pública, y en parte la
propia CLARIN ERIC.
24.2 El Director Ejecutivo será responsable de toda la contratación de CLARIN
ERIC. Todas las ofertas deberán ser eficazmente publicadas en el sitio web de
CLARIN ERIC y en los territorios de los miembros y observadores. En el caso de que
el importe de la contratación supere los 200 000 euros, CLARIN ERIC aplicará los
principios de las Directivas de la UE sobre contratación pública y la legislación
nacional consecuente aplicable. La decisión de adjudicación de un contrato deberá
hacerse pública e incluir una justificación completa. Todas las ofertas deberán ser
eficazmente publicadas en el sitio web de CLARIN ERIC y en los territorios de los
miembros y observadores.
24.3 En la contratación relacionada con las actividades de CLARIN que efectúen
los miembros y observadores deberá prestarse la atención debida a las necesidades,
requisitos técnicos y especificaciones de CLARIN ERIC, expresadas por los organismos
pertinentes.

cve: BOE-A-2023-23636
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 24.