III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-23515)
Resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la modificación del Convenio colectivo de Transcat, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 277

Lunes 20 de noviembre de 2023
D.

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Personas trabajadoras del Centro de Mairena de Aljarafe (Sevilla)

A partir del 1 de enero de 2023, a efectos de la retribución establecida en el
Convenio Colectivo del sector Servicio Público de Transportes de Mercancías por
Carretera de Sevilla, se realizan las siguientes equiparaciones:
Anterior Categoría

Categoría Convenio Colectivo Sevilla

Operador de Tráfico. Jefe/a de Tráfico.
Jefe de Tráfico 2.ª

Jefe/a de Tráfico.

Jefe de Tráfico 1.ª

Jefe/a de Tráfico.

Director/a Sucursal.

Jefe/a de Servicio.

Aspirante.

Auxiliar.

Cualquier otra equiparación deberá ser valorada en su conjunto por la
Comisión Paritaria.
Las personas trabajadoras percibirán su retribución de conformidad con lo
dispuesto en el régimen retributivo previsto en el Convenio Colectivo del sector
Servicio Público de Transportes de Mercancías por Carretera de Sevilla. A tales
efectos se establecen las siguientes adaptaciones:

A los efectos de mantener la equidad entre la plantilla del centro de Mairena de
Aljarafe y el centro de Paterna, las personas trabajadoras del centro de Mairena
de Aljarafe percibirán un “Complemento de Equiparación”, cuya cuantía se
establecerá en la diferencia de importe entre la cuantía y estructura retributiva
establecida en el Convenio Colectivo de aplicación en el centro de Mairena de
Aljarafe y el importe global establecido para la categoría homóloga en el Convenio
Colectivo de aplicación para la plantilla del centro de trabajo de Valencia que
resulte vigente en 2023 y 2024. Dicho complemento absorberá cualquier mejora
voluntaria o incentivo que estuviese percibiendo la persona trabajadora, a
excepción, en su caso, de los incentivos establecidos de conformidad con el
artículo 15.
Una vez practicada la adaptación al Convenio Colectivo sectorial de aplicación
en el centro de Mairena de Aljarafe tanto en cuantía y estructura retributiva, así
como la incorporación del Complemento de Equiparación en los términos referidos
en el párrafo anterior; en el supuesto que la persona trabajadora estuviese
percibiendo con anterioridad una retribución fija global superior a la suma de la
cantidad global prevista en el Convenio Colectivo de aplicación y el Complemento

cve: BOE-A-2023-23515
Verificable en https://www.boe.es

– Complemento de Transporte/Complemento de Teletrabajo: El convenio
Colectivo del sector Servicio Público de Transportes de Mercancías por Carretera
de Sevilla regula para el año 2023 el Complemento de Transporte en un importe
de 4,85 euros/día. En este sentido, estimándose un devengo de 225 días al año,
dicho complemento se establece en 1.091,25 euros anuales que será prorrateados
en 12 pagas mensuales a razón de 90,94 euros/mes.
Para el caso de que la persona trabajadora preste sus servicios en la
modalidad de trabajo a distancia, dicho importe mensual se repartirá entre
Complemento de Transporte/Complemento de Teletrabajo de conformidad con la
proporción de dicha modalidad sobre el total de la jornada.
– Complemento de Asistencia. El convenio Colectivo del sector Servicio
Público de Transportes de Mercancías por Carretera de Sevilla regula para el
año 2023 el Complemento de Asistencia en un importe de 5,09 euros/día. En este
sentido, estimándose un devengo de 225 días al año, dicho complemento se
establece en 1.145,25 euros anuales que será prorrateados en 12 pagas
mensuales a razón de 95,44 euros/mes