III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-23521)
Resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Desma, de 25 MW, su hibridación fotovoltaica de 32,34 MWp/25 MWn, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Burgos".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 277
Lunes 20 de noviembre de 2023
b.8
Sec. III. Pág. 154566
Patrimonio cultural y vías pecuarias.
b.9
Efectos sinérgicos y acumulativos.
El EsIA adjunta un estudio de los efectos sinérgicos y acumulativos de las
instalaciones en una envolvente de 25 km alrededor de los aerogeneradores, 10 km para
la planta solar y 5 km en el caso de las líneas de evacuación (para el análisis de la
visibilidad se reduce a 15 km y 3,5 km para el parque eólico y la línea, en su diseño
inicial, respectivamente). El promotor contabiliza un total de 342 aerogeneradores
existentes, 654,04 km de líneas eléctricas y 16,43 ha de plantas solares fotovoltaicas, así
cve: BOE-A-2023-23521
Verificable en https://www.boe.es
Las prospecciones arqueológicas para la primera versión del proyecto, junto con la
propuesta de intervención arqueológica presentada por el promotor con fecha 12 mayo
de 2023 para cubrir el área de estudio del trazado soterrado de la línea, según la versión
final del proyecto, identifican tres yacimientos arqueológicos afectados: «San Roque» y
«El Castillo» en el Término Municipal de Rabe de las Calzadas, al norte de la línea
soterrada, y «La Mesa» en los TTMM de San Mamés de Burgos y Albillos, coincidente
con la parte norte de la planta fotovoltaica. El promotor identifica los Bienes de Interés
Cultural (BIC) más próximos al proyecto, siendo el «Camino Francés» (parte del Camino
de Santiago) el más cercano a 456 m al norte del final de la línea de evacuación
soterrada.
El movimiento de tierras necesario para la construcción de elementos estructurales
del parque híbrido como cimentaciones de aerogeneradores, desmontes y terraplenes,
etc., podrían generar afectación sobre el patrimonio cultural inventariado. El EsIA no
detalla los posibles impactos generados, puesto que todavía está pendiente la
realización de una nueva prospección arqueológica que recoja las posibles afecciones
de la nueva configuración del proyecto, cuestión que queda condicionada en la presente
resolución. Finalmente, el promotor indica que no se producirán afecciones durante el
funcionamiento.
El Servicio Territorial de Cultura de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de
Castilla y León remite informe del Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León en
Burgos para la primera versión del proyecto que identifica cuatro yacimientos, dos de
ellos inéditos, que se corresponden con los emplazamientos de El Castillo, Bajo Eras, La
Mesa y Los Linarejos. Este organismo estima necesario excluir las ubicaciones de los
dos primeros del proyecto, o en caso contrario, se deberá llevar a cabo una excavación
previa de sondeos arqueológicos que permita establecer futuras medidas de actuación.
Además, indica que se debe realizar un control de todos los movimientos de tierras
previstos en la obra, especialmente en los yacimientos de La Mesa y Los Linarejos. La
Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
de la Junta de Castilla y León ratifica lo indicado por el informe del órgano provincial. El
promotor muestra su conformidad.
La Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes del Ministerio de Cultura y
Deporte informa desfavorablemente la versión inicial del proyecto y el EsIA al no quedar
claro si la prospección arqueológica ha sido realizada. En respuesta, el promotor aporta
documentación de la tramitación de la prospección arqueológica. No obstante, el
proyecto queda condicionado a la obtención de informes favorables en su diseño final.
Respecto de las vías pecuarias el promotor informa que la línea soterrada afecta
directamente a las siguientes: «Cañada de Rodeverga» y «Cañada de Buniel a Burgos»
por sendos cruzamientos, y a la «Colada de Arrieros» por paralelismo. El EsIA informa
de que se mantendrán en todo momento la integridad y márgenes de las vías pecuarias.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León informa de que, si el soterramiento de la línea es coincidente con vías pecuarias,
ha de discurrir por el límite exterior manteniendo la integridad y márgenes del camino. En
cualquier caso, se ha de garantizar el correcto estado de las mismas sin interrumpir el
paso ganadero. El promotor se compromete a solicitar la correspondiente autorización en
caso de que las vías puedan resultar afectadas.
Núm. 277
Lunes 20 de noviembre de 2023
b.8
Sec. III. Pág. 154566
Patrimonio cultural y vías pecuarias.
b.9
Efectos sinérgicos y acumulativos.
El EsIA adjunta un estudio de los efectos sinérgicos y acumulativos de las
instalaciones en una envolvente de 25 km alrededor de los aerogeneradores, 10 km para
la planta solar y 5 km en el caso de las líneas de evacuación (para el análisis de la
visibilidad se reduce a 15 km y 3,5 km para el parque eólico y la línea, en su diseño
inicial, respectivamente). El promotor contabiliza un total de 342 aerogeneradores
existentes, 654,04 km de líneas eléctricas y 16,43 ha de plantas solares fotovoltaicas, así
cve: BOE-A-2023-23521
Verificable en https://www.boe.es
Las prospecciones arqueológicas para la primera versión del proyecto, junto con la
propuesta de intervención arqueológica presentada por el promotor con fecha 12 mayo
de 2023 para cubrir el área de estudio del trazado soterrado de la línea, según la versión
final del proyecto, identifican tres yacimientos arqueológicos afectados: «San Roque» y
«El Castillo» en el Término Municipal de Rabe de las Calzadas, al norte de la línea
soterrada, y «La Mesa» en los TTMM de San Mamés de Burgos y Albillos, coincidente
con la parte norte de la planta fotovoltaica. El promotor identifica los Bienes de Interés
Cultural (BIC) más próximos al proyecto, siendo el «Camino Francés» (parte del Camino
de Santiago) el más cercano a 456 m al norte del final de la línea de evacuación
soterrada.
El movimiento de tierras necesario para la construcción de elementos estructurales
del parque híbrido como cimentaciones de aerogeneradores, desmontes y terraplenes,
etc., podrían generar afectación sobre el patrimonio cultural inventariado. El EsIA no
detalla los posibles impactos generados, puesto que todavía está pendiente la
realización de una nueva prospección arqueológica que recoja las posibles afecciones
de la nueva configuración del proyecto, cuestión que queda condicionada en la presente
resolución. Finalmente, el promotor indica que no se producirán afecciones durante el
funcionamiento.
El Servicio Territorial de Cultura de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de
Castilla y León remite informe del Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León en
Burgos para la primera versión del proyecto que identifica cuatro yacimientos, dos de
ellos inéditos, que se corresponden con los emplazamientos de El Castillo, Bajo Eras, La
Mesa y Los Linarejos. Este organismo estima necesario excluir las ubicaciones de los
dos primeros del proyecto, o en caso contrario, se deberá llevar a cabo una excavación
previa de sondeos arqueológicos que permita establecer futuras medidas de actuación.
Además, indica que se debe realizar un control de todos los movimientos de tierras
previstos en la obra, especialmente en los yacimientos de La Mesa y Los Linarejos. La
Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
de la Junta de Castilla y León ratifica lo indicado por el informe del órgano provincial. El
promotor muestra su conformidad.
La Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes del Ministerio de Cultura y
Deporte informa desfavorablemente la versión inicial del proyecto y el EsIA al no quedar
claro si la prospección arqueológica ha sido realizada. En respuesta, el promotor aporta
documentación de la tramitación de la prospección arqueológica. No obstante, el
proyecto queda condicionado a la obtención de informes favorables en su diseño final.
Respecto de las vías pecuarias el promotor informa que la línea soterrada afecta
directamente a las siguientes: «Cañada de Rodeverga» y «Cañada de Buniel a Burgos»
por sendos cruzamientos, y a la «Colada de Arrieros» por paralelismo. El EsIA informa
de que se mantendrán en todo momento la integridad y márgenes de las vías pecuarias.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León informa de que, si el soterramiento de la línea es coincidente con vías pecuarias,
ha de discurrir por el límite exterior manteniendo la integridad y márgenes del camino. En
cualquier caso, se ha de garantizar el correcto estado de las mismas sin interrumpir el
paso ganadero. El promotor se compromete a solicitar la correspondiente autorización en
caso de que las vías puedan resultar afectadas.