III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-23521)
Resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Desma, de 25 MW, su hibridación fotovoltaica de 32,34 MWp/25 MWn, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Burgos".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 20 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 154563

El EsIA considera el proyecto compatible siempre que se establezcan medidas
preventivas y correctoras que minimicen y/o mitiguen el impacto: iniciar las obras fuera
de períodos de reproducción y cría de especies sensibles, incluyendo una prospección
previa en búsqueda de nidos, instalación de líneas blancas en los módulos fotovoltaicos
para minimizar la atracción de insectos acuáticos, retirada de reses muertas en las
proximidades del parque eólico para evitar la concentración de aves carroñeras, retraso
del inicio de arranque de los aerogeneradores hasta los 5-6 m/s de velocidad de viento
las primeras horas de la noche en los meses de julio a octubre para evitar colisiones con
los quirópteros, la instalación de dispositivos anticolisión por detección mediante
cámaras estereoscópicas que monitoricen todos los aerogeneradores para paralizar de
forma automática el aerogenerador de riesgo antes de que se produzca una colisión con
un ave, la implantación de un protocolo de parada de aerogeneradores conflictivos, la
colocación de cajas nido para quirópteros y rapaces nocturnas, instalación de oteaderos
para mejorar el campeo de las rapaces, la creación de una superficie de 93 ha
(equivalente al 10% del vallado perimetral de la planta fotovoltaica y poligonal de la
generación eólica) para la mejora de hábitat de avifauna esteparia, o favorecer la
creación de nuevos cazaderos para aves rapaces fomentando las poblaciones de
conejos por medio de la creación de refugios o vivares en zonas aledañas a la planta
fotovoltaica.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León, respecto a la versión original del proyecto, señala la presencia de especies de
avifauna incluidas en los Anexos II, V y VI de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, en el
LESRPE y CEEA, tales como milano real, águila calzada, águila imperial ibérica, sisón y
ganga ortega, entre otras. Por otro lado, indica la existencia de hasta 10 refugios de
quirópteros en el entorno, con especies como el murciélago hortelano o murciélago
ratonero grande. Informa, que las grandes rapaces serán las más afectadas por la
ocupación del terreno, lo que sumado a la instalación de los aerogeneradores aumenta
el riesgo de colisión y la pérdida de conectividad entre espacios, por lo que considera
indispensable la instalación de dispositivos anticolisión de detección, disuasión y parada
automática de los aerogeneradores para la protección de las aves, un soterramiento
íntegro de la línea de evacuación para evitar el peligro de electrocución y colisión, y
establecer una red de corredores continua de vegetación natural en las calles
intermedias entre los paneles fotovoltaicos, los recintos de la planta solar y entre los
aerogeneradores, así como mantener la vegetación natural en los márgenes de las
instalaciones propuestas, aprovechando siempre las vaguadas existentes. Dada las
especies detectadas en el EsIA y la constancia de dormideros en municipios cercanos de
milano real, recomienda realizar la construcción del proyecto fuera de su período de
nidificación. El organismo solicita la reubicación del aerogenerador DES05 para dejar
libre la entrada y salida de aves de una balsa de agua próxima. Respecto los
quirópteros, informa que la gran proliferación de aerogeneradores en la zona podría
comprometer las poblaciones de los mismos, por lo que se considera necesario retrasar
el inicio del arranque de los aerogeneradores con la velocidad del viento durante los
meses de verano.
En virtud de ello, el promotor incorpora en la versión definitiva del proyecto, los
condicionantes y medidas del informe de la Dirección General de Patrimonio Natural y
Política Forestal de la Junta de Castilla y León para reducir la afección de las aves,
quirópteros e insectos, incluyendo la eliminación del aerogenerador DES05, el
soterramiento de la línea y las medidas asociadas a las aves planeadoras y esteparias.
En su respuesta, adjunta un Anexo específico dedicado al cumplimiento del DecretoLey 4/2022, de 27 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
Prevención Ambiental de Castilla y León, en el que se recogen una serie de limitaciones
que las infraestructuras energéticas deben cumplir, tales como la prohibición de
ocupación de terrenos calificados como área crítica de águila perdicera o imperial, etc.
La Asociación Mesa Eólica Merindades de Burgos informa de la nidificación en el
entorno del parque eólico de especies como el alcaraván, el mochuelo común, el

cve: BOE-A-2023-23521
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Núm. 277