III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-23520)
Resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Estudio complementario al "Estudio informativo para el soterramiento del ferrocarril en Torrelavega" del aparcamiento subterráneo junto a la nueva estación en Torrelavega».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 277

Lunes 20 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 154547

sustitución de la captación por otra o mediante la reprofundización de la captación
existente.
22. Se elaborará un plan de emergencia de gestión y actuación, aplicable tanto en
la fase de construcción como de explotación, para prevención y acción temprana frente
al riesgo de derrames o vertidos incontrolados y accidentales de sustancias
contaminantes.
23. Se aplicarán las medidas contenidas en el EsIA respecto de la gestión de
residuos contaminantes del suelo y las aguas. En caso de producirse algún vertido
accidental, tanto directo como indirecto, habrá de comunicarse a la Confederación
Hidrográfica del Cantábrico, así como las medidas adoptadas para minimizar la afección
a las aguas superficiales y subterráneas.
24. Las operaciones de mantenimiento y limpieza de maquinaria, limpieza de
hormigoneras y el resto de acciones que puedan provocar vertidos contaminantes, se
realizarán en la zona habilitada al efecto dentro del parque de maquinaria. Dicha zona
estará condicionada de tal manera que permita la recogida de líquidos o sólidos de
posibles vertidos accidentales antes de que estos se infiltren en el suelo o lleguen a
algún cauce.
25. Se deberán colocar barreras de retención de sedimentos, balsas de
decantación, zanjas de infiltración u otros dispositivos análogos con objeto de evitar el
arrastre de tierras en los puntos donde exista riesgo de afección al dominio público
hidráulico.
26. El tratamiento previo al vertido de las aguas de infiltración se deberá
consensuar con la Confederación Hidrográfica del Cantábrico. Se deberá realizar, al
menos, decantación de sólidos, y se deberá contar con la correspondiente autorización
de vertidos.
Vegetación y Hábitats de Interés Comunitario.
27. Se jalonarán las zonas de vegetación cercanas al proyecto, así como los
árboles notables, para evitar su afección.
Paisaje
28. Se incorporará al proyecto constructivo un proyecto paisajístico y de
revegetación que contemple la plantación de especies vegetales autóctonas, arbóreas,
arbustivas y herbáceas, tanto en el vial de acceso a la calle Pablo Garnica, como en los
alrededores y cubiertas del aparcamiento subterráneo.

29. Se asegurará la minimización de emisiones acústicas en fase de obra mediante
el cumplimiento de las medidas establecidas en los manuales de buenas prácticas
relativos a construcción, edificación y transporte (limitación de velocidad de circulación
de vehículos, correcto mantenimiento de maquinaria, priorización de maquinaria con
silenciadores homologados, protección con gomas de partes de la maquinaria más
propensas a recibir golpes, etc.). Dichas medidas se incorporarán como prescripciones
en los respectivos proyectos constructivos.
30. El proyecto constructivo incluirá un estudio acústico de detalle que modelice las
emisiones de ruido en fase de obra. Estas modelizaciones deberán considerar en el
escenario más desfavorable el efecto sinérgico de diversos focos de emisión acústica
funcionando de manera simultánea. Los resultados condicionarán la ubicación de todos
aquellos focos más ruidosos siempre que sea posible, para garantizar el cumplimiento de
los límites legalmente establecidos en las edificaciones. Los resultados determinarán la
necesidad de limitar el número de máquinas que trabajen simultáneamente y la
conveniencia de modificar los accesos a la obra o de delimitar los horarios de
determinados trabajos. Además de la posibilidad de colocar pantallas acústicas durante
la fase obra se valorará la necesidad de medidas preventivas y correctoras adicionales.

cve: BOE-A-2023-23520
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Población y salud humana.