III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-23391)
Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques fotovoltaicos Telemaco, Toki y Ukara y sus infraestructuras de evacuación en la provincia de Zaragoza".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 18 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 153880
Chova piquirroja: los datos proporcionados por el promotor indican que se visualiza
esta especie de forma habitual en el interior de las poligonales de Ukara y Telemaco
principalmente en bandadas de hasta 135 individuos.
Alcaraván común: se han realizado seis visualizaciones de esta especie, en la parte
norte de Telemaco así como en el interior de Toki.
Teniendo en cuenta la nueva información aportada por el promotor, así como las
reducciones en plantas y tomando en consideración el informe emitido por el INAGA,
esta Dirección General considera que, la instalación de las plantas fotovoltaicas (sobre
todo Toki y Ukara) supondrá la reducción significativa de hábitat disponible e idóneo para
las especies esteparias (algunas de ellas con categoría «vulnerable») dentro de un área
preseleccionada por el Gobierno de Aragón para la conservación de la ganga ibérica y la
ganga ortega. Este impacto es aún más significativo sí se tienen en cuenta los efectos
sinérgicos y acumulativos que se producirán debido a la presencia de los proyectos
fotovoltaicos que plantea el promotor en la misma zona, por lo que se habrá de dar
cumplimiento a lo reflejado en el apartado e) valoración del órgano ambiental sobre la
propuesta definitiva del promotor, de la presente resolución, así como, el cumplimiento
de los condicionantes de la presente resolución, los cuales se especifican en el
apartado ii) condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias
para los impactos más significativos, subapartado «Fauna».
Espacios Naturales Protegidos y Red Natura 2000.
El EsIA indica que en el área de estudio existen diversos espacios de la Red Natural
de Aragón que no se ven afectados por el proyecto debido a la distancia a la que se
encuentran y las características del mismo. Los más próximos son:
Lugar de Interés Geológico (LIG) – ES24G040 «Relieves miocenos del Castillo de
Sora»: se localiza a 2,8 km al norte de las plantas.
Árboles singulares de Aragón – AS_ES24_006 – «Pino de Valdenavarro»: situado
a 0,2 km al sureste de las plantas.
Humedales singulares de Aragón – HM240058 – «Estanca del Escorón» y
HM243005 «Estanca del Sabinar»: situados a 11,1 km al noroeste de las plantas.
De acuerdo con el EsIA, en el ámbito de estudio existen varios espacios de la Red
Natura 2000, que no se ven afectados de manera directa o indirecta por los proyectos:
ZEPA ES0000293 «Montes de Zuera, Castejón de Valdejasa y El Castellar»,
localizada a 3,1 km al este de las plantas. Alberga importantes poblaciones de rapaces
como águila real o milano negro y varios dormideros de buitre leonado.
ZEC ES2430078 «Montes de Zuera» a 3,9 km al este de las plantas. Presenta
importantes formaciones de Pinus halepensis.
El INAGA señala que los proyectos no afectan directamente a ningún espacio
incluido dentro de la Red Natura 2000, si bien se encuentran próximos a varios,
pudiendo producir afecciones indirectas destacando la proximidad de la planta a
la ZEPA ES0000293 «Montes de Zuera, Castejón de Valdejasa y El Castellar», con
buena representación de rapaces forestales y rupícolas, que también utilizarán esta
superficie como área de campeo y caza. Todas estas especies son esenciales para
garantizar el estado de conservación de la ZEPA, por lo que el impacto es significativo.
El estudio presentado por el promotor tras el requerimiento por parte de esta
Dirección General de acuerdo al artículo 40.3 de la Ley de evaluación ambiental, señala
que, la mencionada ZEPA alberga importantes poblaciones de milano real y varios
dormideros de buitre leonado, por lo que la instalación de las plantas podría suponer una
pérdida de hábitat de campeo para estas especies, pero, dada la escasa presencia de
las mismas, no se prevé un efecto significativo.
cve: BOE-A-2023-23391
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 276
Sábado 18 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 153880
Chova piquirroja: los datos proporcionados por el promotor indican que se visualiza
esta especie de forma habitual en el interior de las poligonales de Ukara y Telemaco
principalmente en bandadas de hasta 135 individuos.
Alcaraván común: se han realizado seis visualizaciones de esta especie, en la parte
norte de Telemaco así como en el interior de Toki.
Teniendo en cuenta la nueva información aportada por el promotor, así como las
reducciones en plantas y tomando en consideración el informe emitido por el INAGA,
esta Dirección General considera que, la instalación de las plantas fotovoltaicas (sobre
todo Toki y Ukara) supondrá la reducción significativa de hábitat disponible e idóneo para
las especies esteparias (algunas de ellas con categoría «vulnerable») dentro de un área
preseleccionada por el Gobierno de Aragón para la conservación de la ganga ibérica y la
ganga ortega. Este impacto es aún más significativo sí se tienen en cuenta los efectos
sinérgicos y acumulativos que se producirán debido a la presencia de los proyectos
fotovoltaicos que plantea el promotor en la misma zona, por lo que se habrá de dar
cumplimiento a lo reflejado en el apartado e) valoración del órgano ambiental sobre la
propuesta definitiva del promotor, de la presente resolución, así como, el cumplimiento
de los condicionantes de la presente resolución, los cuales se especifican en el
apartado ii) condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias
para los impactos más significativos, subapartado «Fauna».
Espacios Naturales Protegidos y Red Natura 2000.
El EsIA indica que en el área de estudio existen diversos espacios de la Red Natural
de Aragón que no se ven afectados por el proyecto debido a la distancia a la que se
encuentran y las características del mismo. Los más próximos son:
Lugar de Interés Geológico (LIG) – ES24G040 «Relieves miocenos del Castillo de
Sora»: se localiza a 2,8 km al norte de las plantas.
Árboles singulares de Aragón – AS_ES24_006 – «Pino de Valdenavarro»: situado
a 0,2 km al sureste de las plantas.
Humedales singulares de Aragón – HM240058 – «Estanca del Escorón» y
HM243005 «Estanca del Sabinar»: situados a 11,1 km al noroeste de las plantas.
De acuerdo con el EsIA, en el ámbito de estudio existen varios espacios de la Red
Natura 2000, que no se ven afectados de manera directa o indirecta por los proyectos:
ZEPA ES0000293 «Montes de Zuera, Castejón de Valdejasa y El Castellar»,
localizada a 3,1 km al este de las plantas. Alberga importantes poblaciones de rapaces
como águila real o milano negro y varios dormideros de buitre leonado.
ZEC ES2430078 «Montes de Zuera» a 3,9 km al este de las plantas. Presenta
importantes formaciones de Pinus halepensis.
El INAGA señala que los proyectos no afectan directamente a ningún espacio
incluido dentro de la Red Natura 2000, si bien se encuentran próximos a varios,
pudiendo producir afecciones indirectas destacando la proximidad de la planta a
la ZEPA ES0000293 «Montes de Zuera, Castejón de Valdejasa y El Castellar», con
buena representación de rapaces forestales y rupícolas, que también utilizarán esta
superficie como área de campeo y caza. Todas estas especies son esenciales para
garantizar el estado de conservación de la ZEPA, por lo que el impacto es significativo.
El estudio presentado por el promotor tras el requerimiento por parte de esta
Dirección General de acuerdo al artículo 40.3 de la Ley de evaluación ambiental, señala
que, la mencionada ZEPA alberga importantes poblaciones de milano real y varios
dormideros de buitre leonado, por lo que la instalación de las plantas podría suponer una
pérdida de hábitat de campeo para estas especies, pero, dada la escasa presencia de
las mismas, no se prevé un efecto significativo.
cve: BOE-A-2023-23391
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 276