III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-23390)
Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques Eólicos Oni, Nori, Orichi, Portia, Prima, Pleitone, Orestes, Paris, Quimera y Raijin de 49,5 MW cada uno, y Nue de 31,75 MW, en Orés, Luna, y Ejea de los Caballeros (Zaragoza)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 276
Sábado 18 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 153865
Consultados
Contestación
Ayuntamiento de Orés.
No
Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros.
Sí
Ayuntamiento de Erla.
Sí
Entidades públicas y privadas
Comunidad de Regantes del Canal de las Bardenas.
No
Comarca de las Cinco Villas.
No
Red Eléctrica de España (REE).
Sí
Telefónica.
Sí
ADIF.
Sí
ENDESA.
No
Sociedad Española de Ornitología (SEO - BIRDLIFE).
No
Asociación Española para la Conservación y el Estudio de los Murciélagos (SECEMU - BATLIFE).
No
Ecologistas en acción.
No
Alegaciones recibidas en el trámite de información pública
Siemens Gamesa.
Fundación Sustrai Erakuntza.
Grupo Municipal IU Ejea y Pueblos.
Asociación a Favor Paisajes de Teruel.
Grupo Municipal Izquierda Unida Comarca Cinco Villas.
Amigos dela Tierra de Aragón.
Durante el proceso de información pública, se reciben además 27 alegaciones de
particulares.
ANEXO II
Protocolo de actuación con aerogeneradores conflictivos
1. Aerogeneradores que causan una colisión con una especie del LESRPE que
además está catalogada «en peligro de extinción» o «vulnerable» en el catálogo nacional
o autonómico de especies amenazadas.
1.1 Si no consta ninguna colisión del mismo aerogenerador con la misma especie
amenazada en los 5 años anteriores: tan pronto como sea detectada la colisión, el
promotor hará una parada cautelar del funcionamiento del aerogenerador y notificará el
hecho al órgano sustantivo y al órgano autonómico competente en biodiversidad. A la
mayor brevedad, el promotor procederá a analizar las causas, a revisar el riesgo de
cve: BOE-A-2023-23390
Verificable en https://www.boe.es
Este protocolo ha sido elaborado en base al Protocolo para la parada de
aerogeneradores conflictivos de parques eólicos, de 8 de julio de 2019, de la
Subdirección General de Biodiversidad y Medio Natural.
En el caso de que el seguimiento determine que algún aerogenerador provoca
muerte por colisión de aves o quirópteros incluidos en el Listado de Especies Silvestres
en Régimen de Protección Especial (LESRPE), el promotor actuará de acuerdo con el
siguiente protocolo de actuación.
Núm. 276
Sábado 18 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 153865
Consultados
Contestación
Ayuntamiento de Orés.
No
Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros.
Sí
Ayuntamiento de Erla.
Sí
Entidades públicas y privadas
Comunidad de Regantes del Canal de las Bardenas.
No
Comarca de las Cinco Villas.
No
Red Eléctrica de España (REE).
Sí
Telefónica.
Sí
ADIF.
Sí
ENDESA.
No
Sociedad Española de Ornitología (SEO - BIRDLIFE).
No
Asociación Española para la Conservación y el Estudio de los Murciélagos (SECEMU - BATLIFE).
No
Ecologistas en acción.
No
Alegaciones recibidas en el trámite de información pública
Siemens Gamesa.
Fundación Sustrai Erakuntza.
Grupo Municipal IU Ejea y Pueblos.
Asociación a Favor Paisajes de Teruel.
Grupo Municipal Izquierda Unida Comarca Cinco Villas.
Amigos dela Tierra de Aragón.
Durante el proceso de información pública, se reciben además 27 alegaciones de
particulares.
ANEXO II
Protocolo de actuación con aerogeneradores conflictivos
1. Aerogeneradores que causan una colisión con una especie del LESRPE que
además está catalogada «en peligro de extinción» o «vulnerable» en el catálogo nacional
o autonómico de especies amenazadas.
1.1 Si no consta ninguna colisión del mismo aerogenerador con la misma especie
amenazada en los 5 años anteriores: tan pronto como sea detectada la colisión, el
promotor hará una parada cautelar del funcionamiento del aerogenerador y notificará el
hecho al órgano sustantivo y al órgano autonómico competente en biodiversidad. A la
mayor brevedad, el promotor procederá a analizar las causas, a revisar el riesgo de
cve: BOE-A-2023-23390
Verificable en https://www.boe.es
Este protocolo ha sido elaborado en base al Protocolo para la parada de
aerogeneradores conflictivos de parques eólicos, de 8 de julio de 2019, de la
Subdirección General de Biodiversidad y Medio Natural.
En el caso de que el seguimiento determine que algún aerogenerador provoca
muerte por colisión de aves o quirópteros incluidos en el Listado de Especies Silvestres
en Régimen de Protección Especial (LESRPE), el promotor actuará de acuerdo con el
siguiente protocolo de actuación.