III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-23390)
Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques Eólicos Oni, Nori, Orichi, Portia, Prima, Pleitone, Orestes, Paris, Quimera y Raijin de 49,5 MW cada uno, y Nue de 31,75 MW, en Orés, Luna, y Ejea de los Caballeros (Zaragoza)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 18 de noviembre de 2023

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(27) Los puntos limpios, instalaciones auxiliares y parque de maquinaria, se
ubicarán lo más alejados posible de las zonas preferentes de flujo de escorrentía
superficial y de balsas. Se realizará una correcta gestión de las aguas residuales
generadas en los aseos a instalar en la zona de instalaciones auxiliares, siendo estas
retiradas periódicamente por un gestor autorizado.
(28) Las tareas de mantenimiento y manipulación de maquinaria y limpieza de
hormigoneras, que sea necesario realizar en obra, se llevarán a cabo en áreas
convenientemente habilitadas con las medidas de prevención de vertidos necesarias.
(29) Las aguas residuales generadas deberán ser periódicamente recogidas y
retiradas de la zona para su entrega a gestor autorizado. No se realizará ningún vertido
de aguas residuales ni sobre cauces superficiales ni sobre el suelo o subsuelo.
(30) El suelo de la zona de almacenamiento tendrá que estar impermeabilizado
para evitar riesgos de infiltración y contaminación de aguas superficiales y subterráneas,
asegurando que se eviten pérdidas por desbordamiento. En cualquier caso, es necesario
controlar todo tipo de pérdida accidental, así como filtraciones que pudieran tener lugar.
(31) Las superficies de estacionamiento de maquinaria, estarán impermeabilizadas
y dotadas de elementos para recoger y gestionar eventuales vertidos.
(32) El parque de maquinaria y las instalaciones auxiliares se ubicarán en una zona
donde las aguas superficiales no se vayan a ver afectadas. Para ello, se controlará la
escorrentía superficial que se origine en esta área mediante la construcción de un
drenaje alrededor del terreno ocupado, destinado a albergar estas instalaciones. El
drenaje tendrá que ir conectado a una balsa de sedimentación. También, se puede
proteger a los cauces de la llegada de sedimentos con el agua de escorrentía, mediante
la instalación de barreras de sedimentos.
(33) Respecto de los posibles residuos líquidos peligrosos que se generen con
motivo de la actuación, se adoptarán las medidas adecuadas para evitar la
contaminación del agua, estableciendo áreas específicas acondicionadas, delimitadas e
impermeables para llevar a cabo las actividades que puedan causar más riesgo, como
puede ser el cambio de aceite de la maquinaria o vehículos empleados.
(34) El aceite que utilicen los transformadores estará exento de PCBs y PCTs. Los
transformadores estarán dotados de un sistema de alerta de fuga de aceites y de
tanques de recogida de aceite en caso de escape.
(35) En cumplimiento de los artículos 245 y siguientes del Reglamento de DPH,
toda actividad susceptible de provocar contaminación o degradación del dominio público
hidráulico y, en particular, el vertido de aguas y de productos residuales susceptibles de
contaminar las aguas continentales, requiere autorización administrativa.
(36) Las actuaciones finalmente contempladas en el proyecto deberán cumplir lo
dispuesto en la normativa reguladora en materia de aguas y disponer de las
correspondientes autorizaciones preceptivas de la Confederación Hidrográfica del Ebro
previamente al comienzo de los trabajos.
Flora, vegetación y hábitats de interés comunitario.
(37) Se realizará una prospección botánica previa al inicio de las obras para
detectar la posible presencia de especies protegidas o amenazadas identificadas en
ámbito de estudio se deberán balizar y señalizar para evitar su afección, y evaluar la
necesidad de trasplantar aquellos ejemplares que se puedan ver afectados. Esta
prospección condicionará la ubicación definitiva de las plataformas y el trazado final de
los nuevos accesos y zanzas, siendo la administración competente quién determine las
medidas a adoptar.
(38) Se conservará al máximo la vegetación existente, cuyo desbroce no sea
necesario para los trabajos y se respetará la vegetación del entorno salvo valoración de
riesgo de incendio, valorando siempre comunidades o taxones protegidos y realizándose
preferentemente, de manera manual, evitando al máximo el uso de la maquinaria pesada
y de los herbicidas. Para la realización de las podas se seguirán prácticas silvícolas
adecuadas. Así, se evitará, en la medida de lo posible, cualquier afección sobre

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Núm. 276