III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Subvenciones. (BOE-A-2023-23389)
Orden TER/1235/2023, de 15 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2023 de subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de los sistemas de gestión del padrón municipal de las entidades locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 276

Sábado 18 de noviembre de 2023
Artículo 23.

Sec. III. Pág. 153825

Actuaciones de comprobación y control económico.

a) Objetivo O 168: Adjudicación de proyectos de apoyo a la transformación digital
del Ministerio de Política Territorial y Función Pública y de las Administraciones de las
comunidades autónomas y de los entes locales (391,4 millones en el caso de las
entidades locales).
Documento de síntesis que justifique debidamente la forma en la que el objetivo
(incluyendo los elementos relevantes de este, tal y como figuran en la descripción de
objetivo y de la medida correspondiente en el anexo del CID) se ha cumplido
satisfactoriamente. Los documentos de síntesis incluirán en una hoja de cálculo anexa
las siguientes pruebas y elementos documentales: código oficial y nombres del proyecto
y para cada uno de ellos: Lista de la publicación de las adjudicaciones en el diario oficial
o en la plataforma de contratación pública; el importe adjudicado (sin IVA); información
sobre el área de transformación digital a la que se refieren los proyectos.
A partir de una muestra que será seleccionada por la Comisión, se presentarán las
siguientes pruebas documentales para cada una de las unidades (proyectos)
seleccionadas: copia de la publicación de las adjudicaciones en el diario oficial o en la
plataforma de contratación pública indicando el importe (sin IVA); documento oficial que
describa el proyecto y que acredite su adecuación a la descripción del objetivo e
inversión en el CID.
b) Hito H 169: Finalización de todos los proyectos de apoyo a la transformación
digital del Ministerio de Política Territorial y Función Pública y de las Administraciones de
las comunidades autónomas y de los entes locales.
Documento resumen que justifique debidamente cómo se cumplió satisfactoriamente
el hito (incluyendo todos los elementos constitutivos), con los correspondientes enlaces a
la evidencia subyacente. Este documento incluirá como anexo una hoja de cálculo que
contendrá la siguiente información: código oficial y denominación de los proyectos en
ejecución, y para cada uno de ellos, la referencia oficial del certificado oficial expedido de
acuerdo con la legislación nacional o procedimientos internos que evalúen y certifiquen
la realización de los proyectos. Sobre la base de una muestra seleccionada por la
Comisión Europea, se presentarán las siguientes pruebas documentales para cada una
de las unidades (proyectos) seleccionadas: Copia del certificado oficial emitido por el
organismo competente de la administración pública de conformidad con la legislación
nacional o procedimientos internos que evalúan y certifican la finalización del proyecto y
su alineación con las condiciones del contrato o acuerdo de transferencia.
Artículo 24. Reintegro de las subvenciones, pérdida del derecho al cobro e incumplimiento
de objetivos e hitos.
1. Procederá el reintegro, total o parcial, de las cantidades percibidas o la pérdida
del derecho al cobro cuando se produzca un incumplimiento por las entidades

cve: BOE-A-2023-23389
Verificable en https://www.boe.es

1. Las entidades beneficiarias de estas ayudas deberán someterse a cualquier
actuación de comprobación y control financiero que pueda realizar la Dirección General
de Cooperación Autonómica y Local u otro órgano designado por esta, la Secretaría
General de Fondos Europeos, la Intervención General de la Administración del Estado, el
Tribunal de Cuentas, los órganos de control de la Comisión Europea y a cualesquiera
otras actuaciones de comprobación y/o control financiero que puedan realizar los
órganos de control competentes, tanto nacionales como europeos, de acuerdo con lo
establecido en la normativa aplicable a la gestión de las ayudas cofinanciadas con
fondos europeos, aportando para ello cuanta información les sea requerida.
2. Mediante el desarrollo de las actuaciones y proyectos contemplados en esta
orden se contribuirá a la consecución del hito 169 y del objetivo 168 del PRTR, relativos
a la adjudicación y finalización de proyectos de apoyo a la transformación digital de las
administraciones de entidades locales, para ello, se prevé la comprobación mediante los
siguientes instrumentos: