III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Ayudas. (BOE-A-2023-23394)
Orden ETD/1236/2023, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a los participantes en proyectos importantes de interés común europeo (IPCEI) y primera convocatoria, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 276
Sábado 18 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 153948
Además, quedan sujetos a ciertas obligaciones en relación con la identificación de
los contratistas y subcontratistas, de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación.
De acuerdo con lo anterior, la tramitación de esta convocatoria se ha ajustado a lo
establecido en los artículos 47, 60, 61, 62 y 63 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de
diciembre, siéndole además de aplicación lo establecido en los artículos 60 y siguientes
de dicho real decreto-ley, relativos a las medidas de agilización de las subvenciones
financiables con fondos europeos.
Primero.
Objeto y finalidad.
1. De acuerdo con el artículo 61 del Real Decreto-ley 36/2020, 30 de diciembre, por
el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración
Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, constituye el objeto de esta
convocatoria la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para
los siguientes subprogramas:
a) Subprograma de IPCEI-CIS: con la finalidad de proporcionar un acceso
competitivo y justo a la nube de próxima generación y las capacidades de borde desde
cualquier lugar de la Unión Europea, así como fomentar la digitalización en las pymes,
además de incrementar las capacidades de I+D+i de las empresas participantes y
sustentar un primer despliegue industrial de nube federada a nivel de la Unión Europea.
b) Subprograma de IPCEI-MICRO: con la finalidad de reforzar la industria
microelectrónica europea, centrándose en el ecosistema de diseño, las capacidades de
la cadena de suministro y el primer despliegue industrial de las tecnologías de
semiconductores avanzados, incluida la ampliación hacia tecnologías de proceso de
vanguardia para los chips de los procesadores.
2. Estas ayudas están destinadas a los participantes en IPCEI de servicios e
infraestructuras en la nube (cloud) y de borde (edge) de próxima generación (dentro del
subprograma de IPCEI-CIS y a los participantes en IPCEI sobre procesadores
avanzados y semiconductores dentro del subprograma de IPCEI-MICRO).
3. Los proyectos que se lleven a cabo con cargo a estas subvenciones otorgadas
mediante esta convocatoria permitirán a los participantes:
a) Dentro del Subprograma de IPCEI-CIS: desarrollar el IPCEI sobre servicios e
infraestructuras en la nube (cloud) y de borde (edge) de próxima generación.
b) Dentro del Subprograma de IPCEI-MICRO: desarrollar el IPCEI sobre
procesadores avanzados y semiconductores.
4. Con la presente convocatoria de estos dos subprogramas, se contribuye
parcialmente a la consecución de los objetivos contenidos en los hitos CID #241 y #242
de la C15.I5.
Plazos.
1. La fecha de inicio y la fecha de fin de las actuaciones financiadas por esta
convocatoria serán las que figuren en la resolución de concesión. En todo caso, la fecha
inicial no será anterior a la prenotificación y la fecha final no será posterior a la fecha
establecida para el cumplimiento del hito CID #242 ni a la determinada en la
correspondiente convocatoria. En concreto:
a) En el Subprograma de IPCEI-CIS: La fecha de inicio de las actuaciones
financiadas no podrá ser anterior a la correspondiente a la prenotificación de estas a la
Comisión Europea, el 4 de abril de 2022, y la fecha final será el 30 de junio de 2026.
b) Y en el subprograma de IPCEI-MICRO: La fecha de inicio de las actuaciones
financiadas no podrá ser anterior a la correspondiente a la prenotificación de estas a la
Comisión Europea, el 20 de diciembre de 2021, y la fecha final será el 30 de junio de 2026.
cve: BOE-A-2023-23394
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
Núm. 276
Sábado 18 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 153948
Además, quedan sujetos a ciertas obligaciones en relación con la identificación de
los contratistas y subcontratistas, de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación.
De acuerdo con lo anterior, la tramitación de esta convocatoria se ha ajustado a lo
establecido en los artículos 47, 60, 61, 62 y 63 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de
diciembre, siéndole además de aplicación lo establecido en los artículos 60 y siguientes
de dicho real decreto-ley, relativos a las medidas de agilización de las subvenciones
financiables con fondos europeos.
Primero.
Objeto y finalidad.
1. De acuerdo con el artículo 61 del Real Decreto-ley 36/2020, 30 de diciembre, por
el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración
Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, constituye el objeto de esta
convocatoria la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para
los siguientes subprogramas:
a) Subprograma de IPCEI-CIS: con la finalidad de proporcionar un acceso
competitivo y justo a la nube de próxima generación y las capacidades de borde desde
cualquier lugar de la Unión Europea, así como fomentar la digitalización en las pymes,
además de incrementar las capacidades de I+D+i de las empresas participantes y
sustentar un primer despliegue industrial de nube federada a nivel de la Unión Europea.
b) Subprograma de IPCEI-MICRO: con la finalidad de reforzar la industria
microelectrónica europea, centrándose en el ecosistema de diseño, las capacidades de
la cadena de suministro y el primer despliegue industrial de las tecnologías de
semiconductores avanzados, incluida la ampliación hacia tecnologías de proceso de
vanguardia para los chips de los procesadores.
2. Estas ayudas están destinadas a los participantes en IPCEI de servicios e
infraestructuras en la nube (cloud) y de borde (edge) de próxima generación (dentro del
subprograma de IPCEI-CIS y a los participantes en IPCEI sobre procesadores
avanzados y semiconductores dentro del subprograma de IPCEI-MICRO).
3. Los proyectos que se lleven a cabo con cargo a estas subvenciones otorgadas
mediante esta convocatoria permitirán a los participantes:
a) Dentro del Subprograma de IPCEI-CIS: desarrollar el IPCEI sobre servicios e
infraestructuras en la nube (cloud) y de borde (edge) de próxima generación.
b) Dentro del Subprograma de IPCEI-MICRO: desarrollar el IPCEI sobre
procesadores avanzados y semiconductores.
4. Con la presente convocatoria de estos dos subprogramas, se contribuye
parcialmente a la consecución de los objetivos contenidos en los hitos CID #241 y #242
de la C15.I5.
Plazos.
1. La fecha de inicio y la fecha de fin de las actuaciones financiadas por esta
convocatoria serán las que figuren en la resolución de concesión. En todo caso, la fecha
inicial no será anterior a la prenotificación y la fecha final no será posterior a la fecha
establecida para el cumplimiento del hito CID #242 ni a la determinada en la
correspondiente convocatoria. En concreto:
a) En el Subprograma de IPCEI-CIS: La fecha de inicio de las actuaciones
financiadas no podrá ser anterior a la correspondiente a la prenotificación de estas a la
Comisión Europea, el 4 de abril de 2022, y la fecha final será el 30 de junio de 2026.
b) Y en el subprograma de IPCEI-MICRO: La fecha de inicio de las actuaciones
financiadas no podrá ser anterior a la correspondiente a la prenotificación de estas a la
Comisión Europea, el 20 de diciembre de 2021, y la fecha final será el 30 de junio de 2026.
cve: BOE-A-2023-23394
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.