III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Ayudas. (BOE-A-2023-23394)
Orden ETD/1236/2023, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a los participantes en proyectos importantes de interés común europeo (IPCEI) y primera convocatoria, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 276

Sábado 18 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 153934

8. Las destinatarias de las propuestas provisionales de resolución en las que la
ayuda no coincidiera con lo solicitado disponen de un plazo de dos días hábiles contados
a partir de la comunicación señalada en el apartado 6 para que aleguen cuanto estimen
oportuno o acepten, apercibiéndoles de que, de no hacerlo así, la propuesta adquirirá
carácter definitivo y, posteriormente se elevará al órgano concedente como resolución de
concesión estimatoria.
9. Recibidas las alegaciones de las solicitantes a desestimadas o transcurrido sin
efecto el plazo concedido para las mismas, el órgano instructor de los procedimientos del
Programa «UNICO IPCEI», procederá a examinar y formular, en plazo máximo de
dos días hábiles contados a partir de la recepción de las alegaciones o de la terminación
del plazo, en su caso, las propuestas de resolución definitivas teniendo en cuenta lo
alegado por las solicitantes.
10. Posteriormente, el órgano instructor elevará al órgano concedente para la
adopción de la resolución de concesión estimatoria o desestimatoria que proceda en
cada una de ellas.
Artículo 24.

Resolución.

1. A partir de las propuestas de resolución que le fueran elevadas, el órgano
concedente dictará las correspondientes resoluciones, concediendo o denegando las
ayudas a las entidades solicitantes de que se trate y poniendo fin al procedimiento de
cada subprograma.
2. El contenido de esta resolución de concesión incluirá al menos la siguiente
información:

3. El órgano instructor publicará las resoluciones de concesión o denegación, en la
sede electrónica del Ministerio o en el portal de ayudas advirtiéndolo así a las
destinatarias por medios telemáticos.
4. De conformidad con lo dispuesto en Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por
el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las
subvenciones y demás ayudas públicas, el órgano instructor publicará la información
referente a las resoluciones notificadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
5. Contra las resoluciones del procedimiento de concesión de las ayudas de
«UNICO IPCEI», que ponen fin a la vía administrativa, cabrá interponer potestativamente
recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado la resolución, o interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la
Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su
notificación o publicación, o en cualquier momento a partir del día siguiente en que se
produzca el acto presunto, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 11.1.a) y 46.1 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Ello no obstante las resoluciones podrá ser recurridas potestativamente en reposición, en
el plazo de un mes y ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e

cve: BOE-A-2023-23394
Verificable en https://www.boe.es

a) Identificación de la entidad beneficiaria.
b) Título de la actuación subvencionable.
c) Presupuesto total de la actuación subvencionable.
d) Costes subvencionables.
e) Ayuda concedida y forma de pago.
f) Fecha límite de ejecución.
g) Hitos intermedios comprometidos, junto con los entregables, criterios de
aceptación y cuantificación económica, con los indicadores correspondientes, para
verificar de forma periódica el adecuado avance de las actuaciones subvencionables.
h) Hitos y objetivos CID del Plan de Recuperación a los que contribuye.
i) Otras condiciones de obligado cumplimiento relacionadas con la ejecución de las
actuaciones objeto de la actuación subvencionable que pudieran haberse requerido por
la normativa de aplicación o la resolución de la concesión.