III. Otras disposiciones. BANCO DE ESPAÑA. Delegación de competencias. (BOE-A-2023-23332)
Resolución de 8 de noviembre de 2023, de la Comisión Ejecutiva del Banco de España, por la que se modifica el Acuerdo de 10 de diciembre de 2019, de aprobación del régimen de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 275

Viernes 17 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 153631

datos abiertos y reutilización de la información del sector público, ejercicio de
derechos de autor y derechos afines aplicables a determinadas transmisiones en
línea y a las retransmisiones de programas de radio y televisión, exenciones
temporales a determinadas importaciones y suministros, de personas
consumidoras y para la promoción de vehículos de transporte por carretera limpios
y energéticamente eficientes, enumerados en el anejo IX del presente acuerdo.»
2. Se modifica la letra h) del número 4 del apartado tercero del Acuerdo de
Delegaciones, que queda redactada en los términos siguientes:
«h) Emitir el acuse de recibo, así como solicitar información preceptiva y/o
adicional en el procedimiento de adquisición de participaciones significativas de
sociedades de tasación (artículo 22 del Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de
noviembre, de transposición de directivas de la Unión Europea en las materias de
bonos garantizados, distribución transfronteriza de organismos de inversión
colectiva, datos abiertos y reutilización de la información del sector público,
ejercicio de derechos de autor y derechos afines aplicables a determinadas
transmisiones en línea y a las retransmisiones de programas de radio y televisión,
exenciones temporales a determinadas importaciones y suministros, de personas
consumidoras y para la promoción de vehículos de transporte por carretera limpios
y energéticamente eficientes).»
3. Se modifica el número 6 del apartado tercero del Acuerdo de Delegaciones, que
queda redactado en los términos siguientes:
«6. Las delegaciones previstas en los números 1 a 5 anteriores que se
refieran a entidades de crédito se entenderán hechas también en relación con los
establecimientos financieros de crédito en aquellos procedimientos que les sean
aplicables de acuerdo con lo previsto en la Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento
de la financiación empresarial; en el Real Decreto 309/2020, de 11 de febrero,
sobre el régimen jurídico de los establecimientos financieros de crédito, y en la
Circular 1/2022, de 24 de enero, del Banco de España, a los establecimientos
financieros de crédito, sobre liquidez, normas prudenciales y obligaciones de
información. En aquellos procedimientos en los que los establecimientos
financieros de crédito cuenten con su propio régimen específico, y este comprenda
trámites de naturaleza análoga a los de las entidades de crédito, se aplicará
igualmente el esquema de delegación previsto para estas últimas.»
Tercero. Modificación del apartado quinto, sobre «Delegaciones que se efectúan en el
ámbito de la Secretaría General».
1.

En el número 1 del apartado quinto del Acuerdo de Delegaciones:

i)

Se modifica la letra f), que queda redactada en los términos siguientes:

ii)

Se modifica la letra h), que queda redactada en los términos siguientes:
«h) Resolver sobre los expedientes de autorización para la modificación de
estatutos sociales respecto de los que el Banco de España sea competente,
excepto los que sean de escasa relevancia.»

cve: BOE-A-2023-23332
Verificable en https://www.boe.es

«f) Denegar la autorización para realizar las operaciones a que se refiere el
artículo 2.2 del Real Decreto 2660/1998, de 14 de diciembre, sobre el cambio de
moneda extranjera en establecimientos abiertos al público distintos de las
entidades de crédito.»