III. Otras disposiciones. BANCO DE ESPAÑA. Delegación de competencias. (BOE-A-2023-23332)
Resolución de 8 de noviembre de 2023, de la Comisión Ejecutiva del Banco de España, por la que se modifica el Acuerdo de 10 de diciembre de 2019, de aprobación del régimen de delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 275

Viernes 17 de noviembre de 2023
iii)

Sec. III. Pág. 153632

Se añade una nueva letra i), con la siguiente redacción:
«i) Aceptar o denegar la renuncia a las autorizaciones o inscripciones cuya
competencia corresponda al Banco de España, acordando, en caso de
aceptación, la revocación y consiguiente baja en el registro.»

iv)

Se añade una nueva letra j), con la siguiente redacción:
«j) Denegar la inscripción de proveedores de servicios de información según
lo previsto en el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de
pago y otras medidas urgentes en materia financiera.»

v)

Se añade una nueva letra k), con la siguiente redacción:
«k) Denegar la inscripción de entidades exentas en virtud del artículo 14 del
Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras
medidas urgentes en materia financiera.»

vi)

Se añade una nueva letra l), con la siguiente redacción:
«l) Exigir el cumplimiento de los requisitos de garantía previstos en el
artículo 16 del Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de
pago y otras medidas urgentes en materia financiera, a las entidades exentas de
autorización en el marco de procedimientos de solicitud de registro, cuando sea
necesario para garantizar la protección del usuario de servicios de pago y la
confianza en los sistemas de pago.»

vii)

Se añade una nueva letra m), con la siguiente redacción:

«m) Denegar la inscripción de proveedores de servicios de cambio de
moneda virtual por moneda fiduciaria y de custodia de monederos electrónicos, de
intermediarios de crédito inmobiliario y de prestamistas inmobiliarios, así como, en
su caso, de los nuevos miembros de los órganos de administración de estos, de
acuerdo con lo previsto en la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del
blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, y en la Ley 5/2019, de 15
de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario.»
viii)

Se añade una nueva letra n), con la siguiente redacción:

«n) Resolver desfavorablemente sobre las comunicaciones de exclusión
efectuadas conforme al artículo 6 del Real Decreto ley 19/2018, de 23 de
noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera.»
Se añade una nueva letra o), con la siguiente redacción:
«o) Aprobar las modificaciones en los formularios publicados en la página
web del Banco de España, siempre que su elaboración corresponda al ámbito de
actuación de la Secretaría General, cuando consistan en adaptaciones técnicas o
actualizaciones de los mismos a cambios en la normativa aplicable o en los
formularios del Mecanismo de Supervisión o las guías de la Autoridad Bancaria
Europea que sirvieron de base al correspondiente formulario; o aquellas otras de
carácter menor o no relevante.»
x)

Se añade una nueva letra p), con la siguiente redacción:
«p) Resolver las solicitudes de adopción de medidas provisionales que se
planteen en los recursos administrativos cuya resolución corresponda a la
Comisión Ejecutiva.»

cve: BOE-A-2023-23332
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ix)