III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2023-23199)
Resolución de 8 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con la Universitat de València, Estudi General, para la colaboración en el proyecto "Visualización avanzada de datos históricos a través de mapas multidimensionales y gráficos interactivos (ClioViz)".
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 273

Miércoles 15 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 152475

identidad de sus representantes. A tal efecto se consideran como medios electrónicos
válidos, además de los medios telefónicos, el correo electrónico, las audioconferencias y
las videoconferencias.
Decimotercera.

Extinción y resolución del convenio.

Extinción y resolución del convenio:
1. Se entenderá extinguido el convenio por el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto.
2. Serán causas de resolución anticipada del presente convenio conforme a lo
establecido en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público las siguientes:
a) El transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado la prórroga del mismo.
b) El acuerdo unánime de los firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes en virtud del
presente convenio.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio
e) Por cualquier otra causa prevista en las leyes.
3.

Consecuencias aplicables en caso de resolución por incumplimiento:

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un
requerimiento para que cumpla en el plazo de diez días con las obligaciones y
compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al
responsable de la Comisión de seguimiento, vigilancia y control y a las demás partes
firmantes. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el
incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de
la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. El convenio resuelto por esta
causa no conllevará indemnización de las partes.
Protección de datos personales.

Las partes manifiestan que conocen, cumplen y se someten al Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (en
adelante Reglamento 2016/679), a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y al resto de
normativa vigente en materia de protección de datos personales, en todos los supuestos
en los que pueda darse tratamiento, cesión o comunicación de datos entre las partes en
ejecución de los dispuesto en este convenio.
Ambas partes consienten en que los datos personales del presente convenio se
puedan incorporar a ficheros de titularidad de cada una de las partes con la única
finalidad de proceder a la gestión adecuada del mismo.
El ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se
podrá llevar a cabo en los términos establecidos legalmente mediante comunicación a la
respectiva entidad en su domicilio social.
Decimoquinta.

Resolución de controversias y jurisdicción aplicable.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo establecido en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público. Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación,
resolución y efectos que puedan derivarse del presente convenio se resolverán entre las
partes, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo

cve: BOE-A-2023-23199
Verificable en https://www.boe.es

Decimocuarta.