III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-23189)
Resolución de 3 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de Game Stores Iberia, SLU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 273

Miércoles 15 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 152322

CAPÍTULO XIII
Igualdad efectiva entre mujeres y hombres
Artículo 72.

Principio de igualdad de trato y de oportunidades.

Las mujeres y los hombres son iguales en dignidad, así como en derechos y
deberes. El principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres supone la ausencia
de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, y, especialmente, las
derivadas de la maternidad, la asunción de obligaciones familiares y el estado civil.
Mediante la regulación contenida en este capítulo se contribuye a hacer efectivo el
derecho de igualdad de trato y de oportunidades, entre mujeres y hombres, en el ámbito
laboral de la Empresa, en particular a través de la eliminación y prevención de la
discriminación de la mujer, sea cual fuere su circunstancia o condición, conforme a lo
dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres.
Artículo 73.

No discriminación en las relaciones laborales.

El principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres,
aplicable en la Empresa, se garantizará, en los términos previstos en la normativa
aplicable, en el acceso al empleo, en la contratación, en la formación profesional, en la
promoción profesional, en las condiciones de trabajo, incluidas las retributivas, las de
conciliación y las de despido, y en la afiliación y participación en las organizaciones
sindicales y empresariales.
Las medidas para la aplicación efectiva del principio de igualdad de trato y no
discriminación en las condiciones de trabajo entre mujeres y hombres, incluidas las de
acción positiva, se aplicarán a las siguientes condiciones:
Acceso al empleo.
Clasificación profesional.
Promoción profesional.
Formación profesional.
Retribuciones.
Tiempo de trabajo.
Condiciones de trabajo.
Conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
Salud Laboral.
Protección ante el acoso por razón de sexo y ante el acoso sexual.
Protección frente a la violencia de género.

Artículo 74.

Igualdad en el trabajo.

1. Compromiso. El lugar de trabajo es uno de los ámbitos estratégicos para
reducir la discriminación en la sociedad. Si en el lugar de trabajo se reúne a personas de
diferente sexo, edad, raza, extracción social y capacidad física, y se les trata
equitativamente, el lugar de trabajo contribuye a reducir tensiones provocadas por los
perjuicios y los estereotipos y a demostrar que la vida social y el trabajo sin
discriminación son posibles, efectivos y deseables. La igualdad en el empleo y la
ocupación es trascendental para las personas en términos de libertad, dignidad y
bienestar. De tal forma, Game Stores no tolerará ningún tipo de práctica discriminatoria
en su organización y cohabitará con diferentes realidades sociodemográficas que integra
en su cultura para su convivencia y enriquecimiento de sus valores. La propia diversidad
de la organización por su particularidad individual y la integración de dichas realidades
son la base para una cultura sin prácticas discriminatorias y garante de una efectiva
igualdad de trato y de oportunidades profesionales. Asimismo, es pretensión superar el
planteamiento basado exclusivamente en la prohibición de discriminar para adoptar una

cve: BOE-A-2023-23189
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