III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-23189)
Resolución de 3 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de Game Stores Iberia, SLU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 152296
con actuaciones protocolizadas, y recepcionan llamadas para la prestación o atención de
cualesquiera servicios en relación con los clientes o tiendas de la Empresa.
Grupo Profesional E
Auxiliar (de atención a tiendas, atención al cliente, eventos, …): Es la persona
trabajadora que efectúa labores auxiliares siguiendo las normas establecidas por las
categorías superiores tales como redacción de distribución y archivo de
correspondencia, reparto de documentos en eventos, representación y asistencia en
eventos y cualquier otro de similares características. Puede utilizar para el desarrollo de
su trabajo máquinas de oficina y ha de tener conocimientos informáticos a nivel de
usuario.
Grupo Profesional F
Ordenanza: Es el/a empleado/a que tiene la misión de hacer recados, recoger y
entregar la correspondencia y otros trabajos de índole análoga. Actúa siempre bajo las
órdenes y supervisión de otro/a empleado/a de categoría superior y suponiendo dichas
tareas un alto carácter de aprendizaje. Puede tener a su cargo el teléfono y realizar
trabajos rudimentarios del área, copias, etc.
Actividades, trabajos y tareas de los puestos de trabajo del Área Quinta. Oficinas.
Administración y Gestión
Grupo Profesional A
Director/a General: Es quien está al frente de la Empresa dirigiendo a los/as
distintos/as directores/as de todos los departamentos que forman parte de todas las
áreas funcionales.
Gerente: Es quien está al frente del departamento dirigiendo los distintos
departamentos de oficinas, administración y gestión. Es responsable del correcto
funcionamiento del departamento. Sus funciones suponen la realización de tareas
técnicas complejas y heterogéneas con objetivos globales definidos y alto grado de
exigencia y autonomía, iniciativa y responsabilidad. Se incluyen también en este grupo
profesional funciones que suponen responsabilidades concretas para la gestión de una o
varias áreas funcionales de la Empresa a partir de las directrices generales amplias
emanadas de la propia Dirección o propiedad de la Empresa.
Grupo Profesional B
Responsable de área: Es la persona trabajadora que asume la responsabilidad
concreta de un departamento específico de la Empresa: dirección y vigilancia de las
funciones contables, desarrollo de programas de soporte y utilidad, adecuación a las
nuevas técnicas de programación y mantenimiento, optimización del sistema operativo
de la instalación de proceso de datos, responsabilidad de las normas y procesos para la
adecuada organización y distribución del trabajo, responsabilidad sobre la confección de
nóminas, primas, comisiones y demás tareas propias de la administración de personal,
concesión de permisos, propuestas de sanciones y selección de personal, supervisión y
control de los trabajos referidos a cobros y pagos en la Empresa. Colabora en la
formación del personal a su cargo.
Programador/a Senior: Es la persona trabajadora que asume alta responsabilidad en
el área de desarrollo y programación a través del planteamiento de nuevas soluciones y
búsqueda de nuevas oportunidades. Ejerce sus funciones de forma autónoma en el
desarrollo de proyectos en diversas tecnologías y controla y supervisa el trabajo
realizado por los programadores.
cve: BOE-A-2023-23189
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 273
Miércoles 15 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 152296
con actuaciones protocolizadas, y recepcionan llamadas para la prestación o atención de
cualesquiera servicios en relación con los clientes o tiendas de la Empresa.
Grupo Profesional E
Auxiliar (de atención a tiendas, atención al cliente, eventos, …): Es la persona
trabajadora que efectúa labores auxiliares siguiendo las normas establecidas por las
categorías superiores tales como redacción de distribución y archivo de
correspondencia, reparto de documentos en eventos, representación y asistencia en
eventos y cualquier otro de similares características. Puede utilizar para el desarrollo de
su trabajo máquinas de oficina y ha de tener conocimientos informáticos a nivel de
usuario.
Grupo Profesional F
Ordenanza: Es el/a empleado/a que tiene la misión de hacer recados, recoger y
entregar la correspondencia y otros trabajos de índole análoga. Actúa siempre bajo las
órdenes y supervisión de otro/a empleado/a de categoría superior y suponiendo dichas
tareas un alto carácter de aprendizaje. Puede tener a su cargo el teléfono y realizar
trabajos rudimentarios del área, copias, etc.
Actividades, trabajos y tareas de los puestos de trabajo del Área Quinta. Oficinas.
Administración y Gestión
Grupo Profesional A
Director/a General: Es quien está al frente de la Empresa dirigiendo a los/as
distintos/as directores/as de todos los departamentos que forman parte de todas las
áreas funcionales.
Gerente: Es quien está al frente del departamento dirigiendo los distintos
departamentos de oficinas, administración y gestión. Es responsable del correcto
funcionamiento del departamento. Sus funciones suponen la realización de tareas
técnicas complejas y heterogéneas con objetivos globales definidos y alto grado de
exigencia y autonomía, iniciativa y responsabilidad. Se incluyen también en este grupo
profesional funciones que suponen responsabilidades concretas para la gestión de una o
varias áreas funcionales de la Empresa a partir de las directrices generales amplias
emanadas de la propia Dirección o propiedad de la Empresa.
Grupo Profesional B
Responsable de área: Es la persona trabajadora que asume la responsabilidad
concreta de un departamento específico de la Empresa: dirección y vigilancia de las
funciones contables, desarrollo de programas de soporte y utilidad, adecuación a las
nuevas técnicas de programación y mantenimiento, optimización del sistema operativo
de la instalación de proceso de datos, responsabilidad de las normas y procesos para la
adecuada organización y distribución del trabajo, responsabilidad sobre la confección de
nóminas, primas, comisiones y demás tareas propias de la administración de personal,
concesión de permisos, propuestas de sanciones y selección de personal, supervisión y
control de los trabajos referidos a cobros y pagos en la Empresa. Colabora en la
formación del personal a su cargo.
Programador/a Senior: Es la persona trabajadora que asume alta responsabilidad en
el área de desarrollo y programación a través del planteamiento de nuevas soluciones y
búsqueda de nuevas oportunidades. Ejerce sus funciones de forma autónoma en el
desarrollo de proyectos en diversas tecnologías y controla y supervisa el trabajo
realizado por los programadores.
cve: BOE-A-2023-23189
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 273