III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-23189)
Resolución de 3 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de Game Stores Iberia, SLU.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 152293
Grupo Profesional C
Jefe/a de equipo de almacén: Es quien está al frente de un almacén, teniendo a su
cargo la responsabilidad última de las tareas del mismo. Así, es responsable de: la
reposición de mercancías, la recepción de mercancías, la conservación y supervisión de
los diferentes stocks, el registro de entrada y salida, optimización de las diferentes
modalidades de preparación de envíos, el envío de los pedidos a las tiendas y/o
secciones así como a los clientes particulares, el cumplimiento de los pedidos, control
del personal del almacén, gestión de la mercancía que llega devuelta por las tiendas y la
preparación de devoluciones de producto que se hagan a los proveedores, control
documental de todos los movimientos de stock y colabora en la formación del personal a
su cargo.
Grupo Profesional D
Jefe/a de Sección Almacén: Es quien está al frente de una o varias secciones del
almacén. Es responsable de todos los flujos existentes en dicha sección y de la
coordinación del personal que intervenga en la misma. Al mismo tiempo, conecta y
reporta al jefe de equipo de almacén para la coordinación general del almacén.
Grupo Profesional E
Mozo/a especializado/a: Es la persona trabajadora que, además de las funciones
asignadas a la categoría de mozo/a de almacén, realiza el manejo de carretillas
elevadoras frontales, trilaterales y retráctiles. Acredita mayor experiencia que el/a mozo/a
de almacén. Manejará los terminales de radiofrecuencia o cualquier otro medio técnico
que, con la misma finalidad, se utilicen en la Empresa para la clasificación y
manipulación de la mercancía y demás operaciones, tareas todas ellas que en todo o en
parte también pueden requerir esfuerzo físico.
Conductor/a de vehículo o maquinaria: Es la persona trabajadora que
independientemente del tipo de carnet que ostente, además de conducir el vehículo
correspondiente, realiza tareas consistentes en el reparto de mercancía transportada en
el mismo, cuidando el género.
Es la persona que transporta la mercancía entre los distintos centros de la Empresa,
sirviéndose de vehículos industriales conducidos por él mismo.
Carretillero/a: Es la persona trabajadora que está en posesión de un certificado en
vigor de conducción de carretillas, recibe, coloca y apila las mercancías en los palés o
estanterías para su uso, conduce y controla la carretillera, carga y descarga los
productos procedentes de los camiones o furgonetas siguiendo las indicaciones del/a
responsable encargado/a, transporta las mercancías de un punto a otro de manera
eficiente y realiza un mantenimiento mínimo de la carretilla elevadora, para evitar
cualquier accidente laboral.
Grupo Profesional F
Mozo/a de almacén: Es la persona trabajadora que realiza el traslado, movimiento y
manipulado de mercancías y otros objetos dentro y fuera del establecimiento. Realiza
cualquier trabajo que requiera esfuerzo físico.
Actividades, trabajos y tareas de los puestos de trabajo del Área Tercera. SAT
Grupo Profesional A
Gerente: Es quien está al frente del departamento dirigiendo el servicio técnico
siendo responsable del correcto funcionamiento del departamento. Sus funciones
suponen la realización de tareas técnicas complejas y heterogéneas con objetivos
cve: BOE-A-2023-23189
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 273
Miércoles 15 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 152293
Grupo Profesional C
Jefe/a de equipo de almacén: Es quien está al frente de un almacén, teniendo a su
cargo la responsabilidad última de las tareas del mismo. Así, es responsable de: la
reposición de mercancías, la recepción de mercancías, la conservación y supervisión de
los diferentes stocks, el registro de entrada y salida, optimización de las diferentes
modalidades de preparación de envíos, el envío de los pedidos a las tiendas y/o
secciones así como a los clientes particulares, el cumplimiento de los pedidos, control
del personal del almacén, gestión de la mercancía que llega devuelta por las tiendas y la
preparación de devoluciones de producto que se hagan a los proveedores, control
documental de todos los movimientos de stock y colabora en la formación del personal a
su cargo.
Grupo Profesional D
Jefe/a de Sección Almacén: Es quien está al frente de una o varias secciones del
almacén. Es responsable de todos los flujos existentes en dicha sección y de la
coordinación del personal que intervenga en la misma. Al mismo tiempo, conecta y
reporta al jefe de equipo de almacén para la coordinación general del almacén.
Grupo Profesional E
Mozo/a especializado/a: Es la persona trabajadora que, además de las funciones
asignadas a la categoría de mozo/a de almacén, realiza el manejo de carretillas
elevadoras frontales, trilaterales y retráctiles. Acredita mayor experiencia que el/a mozo/a
de almacén. Manejará los terminales de radiofrecuencia o cualquier otro medio técnico
que, con la misma finalidad, se utilicen en la Empresa para la clasificación y
manipulación de la mercancía y demás operaciones, tareas todas ellas que en todo o en
parte también pueden requerir esfuerzo físico.
Conductor/a de vehículo o maquinaria: Es la persona trabajadora que
independientemente del tipo de carnet que ostente, además de conducir el vehículo
correspondiente, realiza tareas consistentes en el reparto de mercancía transportada en
el mismo, cuidando el género.
Es la persona que transporta la mercancía entre los distintos centros de la Empresa,
sirviéndose de vehículos industriales conducidos por él mismo.
Carretillero/a: Es la persona trabajadora que está en posesión de un certificado en
vigor de conducción de carretillas, recibe, coloca y apila las mercancías en los palés o
estanterías para su uso, conduce y controla la carretillera, carga y descarga los
productos procedentes de los camiones o furgonetas siguiendo las indicaciones del/a
responsable encargado/a, transporta las mercancías de un punto a otro de manera
eficiente y realiza un mantenimiento mínimo de la carretilla elevadora, para evitar
cualquier accidente laboral.
Grupo Profesional F
Mozo/a de almacén: Es la persona trabajadora que realiza el traslado, movimiento y
manipulado de mercancías y otros objetos dentro y fuera del establecimiento. Realiza
cualquier trabajo que requiera esfuerzo físico.
Actividades, trabajos y tareas de los puestos de trabajo del Área Tercera. SAT
Grupo Profesional A
Gerente: Es quien está al frente del departamento dirigiendo el servicio técnico
siendo responsable del correcto funcionamiento del departamento. Sus funciones
suponen la realización de tareas técnicas complejas y heterogéneas con objetivos
cve: BOE-A-2023-23189
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 273