III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-23189)
Resolución de 3 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de Game Stores Iberia, SLU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 152291

Puestos de trabajo
Las personas trabajadoras serán asignadas a un puesto de trabajo, según cual haya
sido el contenido de la prestación laboral objeto del contrato establecido y el conjunto de
funciones y especialidades profesionales que deban desempeñar.
Los puestos de trabajo se establecen en relación jerárquica en el oficio o profesión,
siendo el nivel retributivo que a cada uno le corresponde el determinado o que se
determine en el convenio colectivo.
Los puestos de trabajo previstos en el presente convenio tendrán la referencia de las
tareas prevalentes que figuran en la relación siguiente, de acuerdo con el Área Funcional
en la que estén encuadrados.
La relación enunciativa de los puestos de trabajo dentro de cada Área Funcional y
según su grupo profesional es la siguiente:
Actividades, trabajos y tareas de los puestos de trabajo del Área Primera. Tiendas
Grupo Profesional A
Gerente: Es aquella persona trabajadora que estando al frente del departamento de
tiendas o de la división correspondiente, coordina, controla, dirige y supervisa a los/as
coordinadores/as. Sus funciones suponen la realización de tareas técnicas complejas y
heterogéneas con objetivos globales definidos y alto grado de exigencia y autonomía,
iniciativa y responsabilidad. Traza estrategias de control comercial sobre los puntos de
venta. Es responsable del área de ventas. Vela por el cumplimiento de los objetivos de
venta de cada centro. Motiva y dirige al equipo comercial a partir de las directrices
generales amplias emanadas de la propia Dirección o propiedad de la Empresa.
Grupo Profesional B
Coordinador/a: Es el/a responsable de canalizar a las tiendas todas las directrices de
los/as Gerentes. Realizan seguimiento y control a los/as jefes/as de sucursal y resto de
empleados/as de cada punto de venta. Determinación de las orientaciones y criterios con
los que debe realizarse la venta en las tiendas. Ejecuta en tiendas las indicaciones de
marketing y resto de actividades promocionales. Analizar y diseñar la distribución física
de los establecimientos y organizar la composición de los artículos expuestos a la venta
en los viales del mismo. Colabora en la formación del personal a su cargo. Vela porque
los estándares de atención al cliente, distribución de producto y gestión del personal a su
cargo sea el correcto. Tiene marcados unos objetivos presupuestados de venta en cada
punto de venta y su trabajo consiste en superarlos. Comunica a sus superiores carencias
y transmite comentarios sobre mejoras de gestión.
Grupo Profesional C
Jefe/a de sucursal: Es quien está al frente de una sucursal, tienda o punto de venta
ejerciendo, por delegación las funciones de dirección de dicho centro en representación
de la dirección del departamento. Es responsable del correcto funcionamiento del
establecimiento tanto en lo relacionado con las existencias de los productos para la
venta como por lo que respecta al buen orden de los mismos. Realiza el cuadro horario
del personal del centro a su cargo y la apertura y cierre del centro. Colabora en la
formación del personal a su cargo. Supervisa el proceso de inventarios en una tienda.
Organiza la exposición y colocación de los artículos en la tienda a partir de las directrices
emitidas desde Central. Colabora en implantar los protocolos de la excelente atención al
cliente. Vela por la gestión y custodia del producto y del dinero que genera. Da
indicaciones comerciales e indicaciones de gestión para el correcto funcionamiento del
punto de venta. Puede realizar los cierres de caja, así como realizar tareas
administrativas.

cve: BOE-A-2023-23189
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Núm. 273