III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-23195)
Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques eólicos Muka, Mira, Mizar, Nara, Narumi y Rai y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Zaragoza".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 273
Miércoles 15 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 152394
arborescentes de Juniperus spp., con una superficie de afección de 0,203 ha. Otros
hábitats con superficies de afección menores a los 100 m2 son el 92A0 Bosques galería
de Salix alba y Populus alba, el 92D0 Galerías y matorrales ribereños
termomediterráneos (Nerio-Tamaricetea y Securinegion tinctoriae), el 1410 Pastizales
salinos mediterráneos (Juncetalia maritimae), el 4090 Brezales oromediterráneos
endémicos con aliaga y finalmente el 1420 Matorrales halófilos mediterráneos y
termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosi).
El promotor señala que el aerogenerador RAI 08 del PE Rai produce afección en una
superficie total conjunta de 0,024 ha para los hábitats de interés comunitario 1430, 5210
y 6220*. Asimismo, indica que el resto de aerogeneradores no afectan a hábitats de
interés comunitario.
Se llevarán a cabo medidas asociadas al replanteo de la obra y balizamiento de las
zonas de vegetación natural a fin de evitar afecciones no previstas y lograr un
seguimiento de dichas afecciones. Las afecciones derivadas al replanteo o recrecimiento
de caminos, se realizarán hacia las márgenes en las que exista campos de cultivo. En
relación a los hábitats de interés comunitario, tras las modificaciones propuestas por el
promotor, la superficie de afección temporal del proyecto es de 0,56 ha, mientras que la
superficie de afección permanente del proyecto es de 0,45 ha. Asimismo, se prevé un
plan de compensación que consta de dos medidas:
Jalonamiento de la zona de obras y de las zonas con vegetación natural a preservar,
donde se establecerá la presencia de dichos hábitats de tal forma que, ante una posible
afección, quede perfectamente registrada y contabilizada.
Vinculado al Plan de Vigilancia Ambiental, las superficies afectadas de forma
permanente por las instalaciones serán compensada en proporción 1:1 en otros terrenos
de la superficie detraída, implantando el mismo tipo de vegetación. Se contemplará la
extensión de la tierra vegetal retirada de la superficie del hábitat afectado a fin de
disponer del reservorio de semillas propio del área afectada superficie.
Fauna.
El promotor aporta un estudio de avifauna y quirópteros individual para parque eólico,
así como una adenda al estudio de impacto resumen.
En el ámbito de los parques eólicos se han detectado especies de aves protegidas
en los catálogos estatales y autonómicos de especies amenazadas, como el milano real
(Milvus milvus), catalogada en peligro de extinción en el Catálogo de Especies
Amenazadas en Aragón (en adelante CEAA), según el Decreto 129/2022, de 5 de
septiembre, por el que se crea el Listado Aragonés de Especies Silvestres en Régimen
de Protección Especial (LAESRPE) y se modifica el Catálogo de Especies Amenazadas
de Aragón, y en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (en adelante CEEA),
según el Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero; así como el alimoche común
(Neophron percnopterus), aguilucho cenizo (Circus pygargus) y ganga ortega
(Pterocles orientalis), consideradas vulnerables en el CEAA y el CEEA; cernícalo primilla
(Falco naumanni) y chova piquirroja (Pyrrhocorax pyrrhocorax), catalogadas como
vulnerables en el CEAA e incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de
Protección Especial (en adelante LESRPE); cigüeña negra (Ciconia nigra) y águila
pescadora (Pandion haliaetus), ambas catalogadas como vulnerable en el CEEA.
Entre otras especies con menor nivel de protección, pero que resultan relevantes de
cara al proyecto por su abundancia, altura de vuelo u otros factores, se observan: grulla
común (Grus grus), aguilucho pálido (Circus cyaneus), cigüeña blanca (Ciconia
ciconia) y garza imperial (Ardea purpurea), incluidas en el Listado Aragonés de
Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (en adelante LAESRPE) y en el
LESRPE. Además, se observaron buitre leonado (Gyps fulvus), milano negro (Milvus
migrans), águila real (Aquila chrysaetos), aguilucho lagunero (Circus aeruginosus), águila
calzada (Hieraaetus pennatus), culebrera europea (Circaetus gallicus), busardo ratonero
(Buteo buteo) y cernícalo vulgar (Falco tinnunculus), todas ellas incluidas en el LESRPE,
cve: BOE-A-2023-23195
Verificable en https://www.boe.es
b5.
Núm. 273
Miércoles 15 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 152394
arborescentes de Juniperus spp., con una superficie de afección de 0,203 ha. Otros
hábitats con superficies de afección menores a los 100 m2 son el 92A0 Bosques galería
de Salix alba y Populus alba, el 92D0 Galerías y matorrales ribereños
termomediterráneos (Nerio-Tamaricetea y Securinegion tinctoriae), el 1410 Pastizales
salinos mediterráneos (Juncetalia maritimae), el 4090 Brezales oromediterráneos
endémicos con aliaga y finalmente el 1420 Matorrales halófilos mediterráneos y
termoatlánticos (Sarcocornetea fruticosi).
El promotor señala que el aerogenerador RAI 08 del PE Rai produce afección en una
superficie total conjunta de 0,024 ha para los hábitats de interés comunitario 1430, 5210
y 6220*. Asimismo, indica que el resto de aerogeneradores no afectan a hábitats de
interés comunitario.
Se llevarán a cabo medidas asociadas al replanteo de la obra y balizamiento de las
zonas de vegetación natural a fin de evitar afecciones no previstas y lograr un
seguimiento de dichas afecciones. Las afecciones derivadas al replanteo o recrecimiento
de caminos, se realizarán hacia las márgenes en las que exista campos de cultivo. En
relación a los hábitats de interés comunitario, tras las modificaciones propuestas por el
promotor, la superficie de afección temporal del proyecto es de 0,56 ha, mientras que la
superficie de afección permanente del proyecto es de 0,45 ha. Asimismo, se prevé un
plan de compensación que consta de dos medidas:
Jalonamiento de la zona de obras y de las zonas con vegetación natural a preservar,
donde se establecerá la presencia de dichos hábitats de tal forma que, ante una posible
afección, quede perfectamente registrada y contabilizada.
Vinculado al Plan de Vigilancia Ambiental, las superficies afectadas de forma
permanente por las instalaciones serán compensada en proporción 1:1 en otros terrenos
de la superficie detraída, implantando el mismo tipo de vegetación. Se contemplará la
extensión de la tierra vegetal retirada de la superficie del hábitat afectado a fin de
disponer del reservorio de semillas propio del área afectada superficie.
Fauna.
El promotor aporta un estudio de avifauna y quirópteros individual para parque eólico,
así como una adenda al estudio de impacto resumen.
En el ámbito de los parques eólicos se han detectado especies de aves protegidas
en los catálogos estatales y autonómicos de especies amenazadas, como el milano real
(Milvus milvus), catalogada en peligro de extinción en el Catálogo de Especies
Amenazadas en Aragón (en adelante CEAA), según el Decreto 129/2022, de 5 de
septiembre, por el que se crea el Listado Aragonés de Especies Silvestres en Régimen
de Protección Especial (LAESRPE) y se modifica el Catálogo de Especies Amenazadas
de Aragón, y en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (en adelante CEEA),
según el Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero; así como el alimoche común
(Neophron percnopterus), aguilucho cenizo (Circus pygargus) y ganga ortega
(Pterocles orientalis), consideradas vulnerables en el CEAA y el CEEA; cernícalo primilla
(Falco naumanni) y chova piquirroja (Pyrrhocorax pyrrhocorax), catalogadas como
vulnerables en el CEAA e incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de
Protección Especial (en adelante LESRPE); cigüeña negra (Ciconia nigra) y águila
pescadora (Pandion haliaetus), ambas catalogadas como vulnerable en el CEEA.
Entre otras especies con menor nivel de protección, pero que resultan relevantes de
cara al proyecto por su abundancia, altura de vuelo u otros factores, se observan: grulla
común (Grus grus), aguilucho pálido (Circus cyaneus), cigüeña blanca (Ciconia
ciconia) y garza imperial (Ardea purpurea), incluidas en el Listado Aragonés de
Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (en adelante LAESRPE) y en el
LESRPE. Además, se observaron buitre leonado (Gyps fulvus), milano negro (Milvus
migrans), águila real (Aquila chrysaetos), aguilucho lagunero (Circus aeruginosus), águila
calzada (Hieraaetus pennatus), culebrera europea (Circaetus gallicus), busardo ratonero
(Buteo buteo) y cernícalo vulgar (Falco tinnunculus), todas ellas incluidas en el LESRPE,
cve: BOE-A-2023-23195
Verificable en https://www.boe.es
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