III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-23195)
Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques eólicos Muka, Mira, Mizar, Nara, Narumi y Rai y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Zaragoza".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 273
Miércoles 15 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 152391
de San Bartolomé se localiza a 1,6 km del PE Muka, y la Laguna Dos Reinos está a una
distancia de 11,6 km del PE Mizar.
En cuanto a la hidrología subterránea, los parques eólicos se ubican sobre la masa
de agua subterránea ES091053 «Arbas».
Las afecciones a las aguas se producirán, principalmente, durante la fase de
construcción, debido a los movimientos de tierras. Consisten en la alteración de la
calidad de agua por sólidos en suspensión, o residuos líquidos o sólidos, y la alteración
de la escorrentía superficial por deposición de materiales en zonas no habilitadas para
ello, o por ocupaciones temporales.
Entre otras medidas, el promotor propone la ubicación de acopios y sustancias
potencialmente contaminantes lejos de acuíferos y zonas de alta permeabilidad, y la
redacción de un protocolo de actuaciones en caso de producirse vertidos accidentales, la
ubicación de materiales a un mínimo de 50 m respecto con los cursos de agua, la
instalación de medidas para evitar el arrastre de tierras (barreras de retención de
sedimentos, balsas de decantación, zanjas de infiltración o dispositivos análogos), o la
instalación de estructuras de drenaje transversal en los viales, para evitar el efecto
presa.
La Confederación Hidrográfica del Ebro indica que las poligonales de los parques
eólicos se sitúan en la subcuenca hidrográfica del río Arba. La red hidrográfica principal
de la zona de los parques eólicos está definida por el río Arba de Luesia, el río Riguel, el
río Arba de Biel, el río de Ores o Turruquiel, así como varios barrancos tributarios de los
anteriores. Cabe indicar, además, la presencia en la zona de estudio de varios canales y
acequias de riego. Respecto a la hidrología subterránea, los parques eólicos se incluyen
en la masa de agua subterránea ES091053 «Arbas». Asi, aporta un condicionado a la
ejecución de los trabajos y una serie de directrices a las actuaciones en el dominio
público hidráulico, de acuerdo con la legislación vigente, y un anexo de criterios técnicos
para la autorización de actuaciones en el dominio público hidráulico. En su respuesta a
este informe, el promotor manifiesta su conformidad.
El INAGA informa que los parques eólicos Mira, Nara y Rai presentan más
cruzamientos con la red hídrica del ámbito de estudio, muchos con barrancos
estacionales. Dado que las excavaciones y movimientos de tierra son muy localizados,
este organismo descarta una posible afección sobre flujos de recarga de acuíferos
subterráneos, pudiéndose producir una potencial contaminación de aguas subterráneas
derivada de vertidos accidentales y productos y residuos acopiados, estimando que
dichos impactos no son significativos debido a las medidas preventivas y correctoras
adoptadas. El promotor muestra su conformidad.
Vegetación, flora y hábitats de interés comunitario.
El promotor elabora un listado de las especies de flora presentes en el ámbito de
estudio a partir de una búsqueda bibliográfica, considerando un área de 1 km alrededor
de las infraestructuras proyectadas y utilizando, principalmente, el Inventario Nacional de
Biodiversidad y el programa Anthos, como fuentes.
Esta búsqueda resulta con 253 taxones de flora vascular en las cuadrículas
UTM 10x10 en las que se localiza el proyecto. No se encuentran especies incluidas en el
Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA), publicado en el Real
Decreto 139/2011 de 4 de febrero y sus modificaciones posteriores, ni en el Catálogo de
Especies Amenazadas de Aragón (CEAA), publicado en el Decreto 129/2022, de 5 de
septiembre.
El estudio de impacto ambiental divide la vegetación del ámbito de los parques
eólicos en una serie de unidades, basándose en la cartografía disponible en la
Infraestructura de Datos Espaciales de Aragón y los resultados de la prospección
botánica realizada.
Las tierras de cultivo suponen la unidad de vegetación mayoritaria, conformando
el 86,80% del ámbito de estudio. Consisten en cultivos intensivos de regadío,
destacando los arrozales y viñedos en regadío, y cultivos de secano, como tierras de
cve: BOE-A-2023-23195
Verificable en https://www.boe.es
b4.
Núm. 273
Miércoles 15 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 152391
de San Bartolomé se localiza a 1,6 km del PE Muka, y la Laguna Dos Reinos está a una
distancia de 11,6 km del PE Mizar.
En cuanto a la hidrología subterránea, los parques eólicos se ubican sobre la masa
de agua subterránea ES091053 «Arbas».
Las afecciones a las aguas se producirán, principalmente, durante la fase de
construcción, debido a los movimientos de tierras. Consisten en la alteración de la
calidad de agua por sólidos en suspensión, o residuos líquidos o sólidos, y la alteración
de la escorrentía superficial por deposición de materiales en zonas no habilitadas para
ello, o por ocupaciones temporales.
Entre otras medidas, el promotor propone la ubicación de acopios y sustancias
potencialmente contaminantes lejos de acuíferos y zonas de alta permeabilidad, y la
redacción de un protocolo de actuaciones en caso de producirse vertidos accidentales, la
ubicación de materiales a un mínimo de 50 m respecto con los cursos de agua, la
instalación de medidas para evitar el arrastre de tierras (barreras de retención de
sedimentos, balsas de decantación, zanjas de infiltración o dispositivos análogos), o la
instalación de estructuras de drenaje transversal en los viales, para evitar el efecto
presa.
La Confederación Hidrográfica del Ebro indica que las poligonales de los parques
eólicos se sitúan en la subcuenca hidrográfica del río Arba. La red hidrográfica principal
de la zona de los parques eólicos está definida por el río Arba de Luesia, el río Riguel, el
río Arba de Biel, el río de Ores o Turruquiel, así como varios barrancos tributarios de los
anteriores. Cabe indicar, además, la presencia en la zona de estudio de varios canales y
acequias de riego. Respecto a la hidrología subterránea, los parques eólicos se incluyen
en la masa de agua subterránea ES091053 «Arbas». Asi, aporta un condicionado a la
ejecución de los trabajos y una serie de directrices a las actuaciones en el dominio
público hidráulico, de acuerdo con la legislación vigente, y un anexo de criterios técnicos
para la autorización de actuaciones en el dominio público hidráulico. En su respuesta a
este informe, el promotor manifiesta su conformidad.
El INAGA informa que los parques eólicos Mira, Nara y Rai presentan más
cruzamientos con la red hídrica del ámbito de estudio, muchos con barrancos
estacionales. Dado que las excavaciones y movimientos de tierra son muy localizados,
este organismo descarta una posible afección sobre flujos de recarga de acuíferos
subterráneos, pudiéndose producir una potencial contaminación de aguas subterráneas
derivada de vertidos accidentales y productos y residuos acopiados, estimando que
dichos impactos no son significativos debido a las medidas preventivas y correctoras
adoptadas. El promotor muestra su conformidad.
Vegetación, flora y hábitats de interés comunitario.
El promotor elabora un listado de las especies de flora presentes en el ámbito de
estudio a partir de una búsqueda bibliográfica, considerando un área de 1 km alrededor
de las infraestructuras proyectadas y utilizando, principalmente, el Inventario Nacional de
Biodiversidad y el programa Anthos, como fuentes.
Esta búsqueda resulta con 253 taxones de flora vascular en las cuadrículas
UTM 10x10 en las que se localiza el proyecto. No se encuentran especies incluidas en el
Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA), publicado en el Real
Decreto 139/2011 de 4 de febrero y sus modificaciones posteriores, ni en el Catálogo de
Especies Amenazadas de Aragón (CEAA), publicado en el Decreto 129/2022, de 5 de
septiembre.
El estudio de impacto ambiental divide la vegetación del ámbito de los parques
eólicos en una serie de unidades, basándose en la cartografía disponible en la
Infraestructura de Datos Espaciales de Aragón y los resultados de la prospección
botánica realizada.
Las tierras de cultivo suponen la unidad de vegetación mayoritaria, conformando
el 86,80% del ámbito de estudio. Consisten en cultivos intensivos de regadío,
destacando los arrozales y viñedos en regadío, y cultivos de secano, como tierras de
cve: BOE-A-2023-23195
Verificable en https://www.boe.es
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