III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-23195)
Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques eólicos Muka, Mira, Mizar, Nara, Narumi y Rai y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Zaragoza".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 152396

rapaces como el milano negro, milano real, cernícalo vulgar, busardo ratonero o
aguilucho lagunero y aves de menor tamaño como el avión común (Delichon urbicum),
vencejo común (Apus apus), calandria común (Melanocorypha calandra) o cogujada
común (Galerida cristata) también se verían afectadas directamente por colisión. Se
calcula una mortalidad de 18 individuos de P. kuhlii al año por cada parque. P. pipistrellus
sufriría una mortalidad de 20 individuos al año por parque, mientras que, para H. savii,
serían 4 individuos al año por parque.
Otros impactos sobre la fauna serían la pérdida directa de hábitat (zonas de
nidificación, alimentación, descanso o de concentración durante la invernada), efecto
barrera, efecto vacío y fragmentación, que desplazarían poblaciones y supondrán
impedimentos a los movimientos entre dormideros y zonas de alimentación. También
afectaría a la reproducción en la zona. Por último, el proyecto se ubica en un paso
migratorio para numerosas especies. Esto es especialmente relevante para la grulla
común, puesto que el área de estudio es una zona de elevada importancia para la
especie, tanto en la invernada como para el descanso durante la migración. Además, es
utilizada en sus rutas migratorias y como zona de descanso por las rapaces estivales e
invernantes ya mencionadas y por especies de limícolas en periodo invernal.
Durante la fase de obras, tendrían lugar molestias y desplazamientos a causa de las
molestias derivadas de la actividad de personas y vehículos, así como mortalidad por
atropello.
Todos estos efectos negativos se verían agravados por la implantación de
numerosos parques eólicos en las cercanías (al menos 30). Las molestias directas o
indirectas, junto con la pérdida de hábitats y de especies más vulnerables o catalogadas
de ambientes esteparios que acarrea el conjunto de parques eólicos, podría agravar su
situación actual a nivel comunitario, con la posible pérdida de poblaciones de las
especies que alberga. La pérdida de meta-poblaciones de especies catalogadas con
distribuciones y poblaciones limitadas, podría suponer un obstáculo más a la
conservación de las mimas, al suponer un efecto barrera para el flujo génico entre
individuos de poblaciones distintas, entre otros. La instalación futura de otros proyectos
de energías renovables, por sus efectos sinérgicos y/o acumulativos, aumentaría más, si
cabe, los efectos negativos descritos anteriormente, pudiendo producir una disminución
del conjunto faunístico presente en menor tiempo.
El promotor determina que, a rasgos generales, los aerogeneradores de mayor
riesgo serían los siguientes:
PE Mira: MIR 04, MIR 05, MIR 06, MIR 08 y MIR 09.
PE Mizar: MIZ 01, MIZ 08 y MIZ 09.
PE Muka: MUK 02, MUK 03, MUK 04, MUK 07, MUK 08 y MUK 09.
PE Nara: NAR 05, NAR 07 y NAR 08.
PE Narumi: NRM 05, NRM 06 y NRM 08.
PE Rai: RAI 04, RAI 05, RAI 06 y RAI 07.
Además, otros aerogeneradores que no son considerados de mayor riesgo por el
promotor supondrían afecciones a especies catalogadas.
Se proponen una serie de medidas para disminuir las afecciones sobre la fauna.
Entre otras, se realizarán seguimientos de presencia y mortalidad de aves y quirópteros,
se instalarán sistemas de detección y disuasión en aerogeneradores conflictivos, se
pintarán las palas de aerogeneradores conflictivos, se pararán los aerogeneradores con
elevada siniestralidad de quirópteros durante las primeras 2 o 3 horas de la noche,
cuando la velocidad del viento sea inferior a 6 m/s, se instalarán refugios de quirópteros
en zonas sin el riesgo de mortalidad de los parques eólicos, se retirarán los animales
muertos para evitar atraer aves carroñeras, se adecuarán construcciones cercanas al
proyecto para favorecer la nidificación de cernícalo primilla y se instalarán hoteles de
insectos en las cercanías.
Por otro lado, el área de implantación de los parques eólicos se ubica, por completo,
sobre el ámbito de protección del plan de conservación del hábitat del cernícalo primilla

cve: BOE-A-2023-23195
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Núm. 273