I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2023-23120)
Real Decreto 821/2023, de 14 de noviembre, por el que se adapta al marco europeo de ayudas de estado el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, y se amplía su vigencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de noviembre de 2023

Sec. I. Pág. 152017

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y conteniendo la regulación
imprescindible para garantizar que se alcancen los hitos y objetivos previstos por este
último.
La norma cumple con el principio de transparencia, dado que define claramente sus
objetivos, reflejados en su preámbulo y en la Memoria del análisis de impacto normativo
que la acompaña. Asimismo, el presente real decreto será objeto de publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Finalmente, se encuentra acreditado el principio de eficiencia porque la iniciativa
normativa no impone nuevas cargas administrativas, ni afecta a las existentes y
racionaliza, en su aplicación, la gestión de los recursos públicos.
En la tramitación del real decreto se ha aplicado lo previsto por los artículos 47 y 60
del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas
urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, habiéndose emitido informe de la
Abogacía del Estado y de la Intervención Delegada, de conformidad con lo previsto en el
artículo 61.2 del mismo.
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª, 23.ª
y 25.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva
sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, en
materia de legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las
facultades de las comunidades autónomas de establecer normas adicionales de
protección, y sobre las bases del régimen minero y energético, respectivamente.
Se ha informado a las comunidades autónomas, como beneficiarios directos de la
ayuda, en la reunión de la Comisión Consultiva de Ahorro y Eficiencia Energética
celebrada el 24 de octubre de 2023.
En su virtud, a propuesta de la Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y previa deliberación del Consejo de
Ministros en su reunión del día 14 de noviembre de 2023,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se
aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las
ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de incentivos ligados a la movilidad
eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia Europeo.
El Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa
de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la
ejecución de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, queda modificado, a partir de la
entrada en vigor de este real decreto, como sigue:
Uno. El apartado 1 del artículo 4, Vigencia de los Programas, queda redactado del
siguiente modo:
«1. Los programas de incentivos a la movilidad eléctrica, que se aprueban
por este real decreto, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, estarán en vigor desde el día siguiente de la publicación de este real
decreto en el «Boletín Oficial del Estado» hasta el 31 de julio de 2024.
Las solicitudes de ayuda correspondientes podrán cursarse a partir del
momento y en la forma que establezcan las comunidades autónomas y las
ciudades de Ceuta y Melilla en sus respectivas convocatorias. Las inversiones
directas que éstas pudieran llevar a cabo serán realizadas conforme a lo que se
establece por este real decreto.»

cve: BOE-A-2023-23120
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Núm. 273