I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Ayudas. (BOE-A-2023-23119)
Orden TMA/1227/2023, de 10 de noviembre, por la que se modifican los Anexos I, III y V, del Real Decreto 983/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de noviembre de 2023
Sec. I. Pág. 152011
destinatario final de la misma. La fecha de este contrato de leasing o renting
deberá ser posterior a la fecha de registro de la solicitud de ayuda. Además, se
incluirá expresamente que la empresa de leasing o renting repercutirá el total de la
ayuda en las cuotas del arrendatario que queden por abonar con efectos desde la
fecha en que la empresa de leasing o renting reciba el importe de la ayuda o que
reducirá el principal pendiente a partir del momento en que se reciba la ayuda. En
caso de que el importe de la suma de las cuotas pendientes por abonar fuera
inferior al importe de la ayuda, el contrato de leasing o renting habrá de recoger
también la forma y plazo de abono del excedente de ayuda al destinatario último a
la finalización del contrato de arrendamiento.
Se deberá incluir igualmente, un documento contractual que contemple la
opción de compra o compromiso de venta del vehículo al destinatario final de la
ayuda, ya sea a través del proveedor, fabricante o por la compañía de leasing o
renting.
Asimismo, se aportará el compromiso del destinatario final de la ayuda de
adquirir la propiedad del vehículo a la finalización del contrato de leasing o
renting.”
“8. Documentos justificativos del pago de la factura de compraventa del
vehículo: Se considerarán válidos aquellos justificantes de pago que permitan
identificar:
a) Al destinatario último: debe quedar claro que el único pagador es el
destinatario final de la ayuda, ya sea mediante un pago directo por el mismo o en
su nombre (mediante la correspondiente acreditación documental), o en su caso,
por la empresa de «renting» o leasing financiero, justificado éste mediante el
correspondiente contrato y certificado de pago de la entidad financiera al
proveedor en nombre del destinatario último.
b) Al tercero (punto de venta, concesionario o fabricante/importador) que
percibe las cantidades pagadas.
c) La fecha de pago (fecha valor) o salida efectiva de los fondos del
destinatario último de la ayuda
d) El vehículo objeto de la subvención.
e) En los casos de renting, a la empresa arrendadora.”»
Tres. En el epígrafe «2. Documentación requerida para justificar la actuación
realizada», en el párrafo «e) Actividad 5. Adquisición de semirremolques para uso en
autopistas ferroviarias,» se modifica el número 6 que queda redactado del siguiente
modo:
«6. En el caso de leasing o renting, se adjuntará adicionalmente una copia
del contrato de leasing o renting, que establezca una duración mínima de dos
años y donde figure como arrendatario del mismo el solicitante de la ayuda o
potencial destinatario final de la misma. La fecha de este contrato deberá ser
posterior a la fecha de registro de la solicitud de ayuda y tendrá una duración
mínima de dos años. Además, se incluirá expresamente que la empresa de
leasing o renting repercutirá el total de la ayuda en las cuotas del arrendatario que
queden por abonar con efectos desde la fecha en que la empresa de leasing o
renting reciba el importe de la ayuda o que reducirá el principal pendiente a partir
del momento en que se reciba la ayuda. En caso de que el importe de la suma de
las cuotas pendientes por abonar fuera inferior al importe de la ayuda, el contrato
de leasing o renting habrá de recoger también la forma y plazo de abono del
excedente de ayuda al destinatario último a la finalización del contrato de
arrendamiento.
Se deberá incluir, un documento contractual que contemple la opción de
compra o compromiso de venta del vehículo al destinatario final de la ayuda, ya
sea a través del proveedor, fabricante o por la compañía de leasing o renting.
cve: BOE-A-2023-23119
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 273
Miércoles 15 de noviembre de 2023
Sec. I. Pág. 152011
destinatario final de la misma. La fecha de este contrato de leasing o renting
deberá ser posterior a la fecha de registro de la solicitud de ayuda. Además, se
incluirá expresamente que la empresa de leasing o renting repercutirá el total de la
ayuda en las cuotas del arrendatario que queden por abonar con efectos desde la
fecha en que la empresa de leasing o renting reciba el importe de la ayuda o que
reducirá el principal pendiente a partir del momento en que se reciba la ayuda. En
caso de que el importe de la suma de las cuotas pendientes por abonar fuera
inferior al importe de la ayuda, el contrato de leasing o renting habrá de recoger
también la forma y plazo de abono del excedente de ayuda al destinatario último a
la finalización del contrato de arrendamiento.
Se deberá incluir igualmente, un documento contractual que contemple la
opción de compra o compromiso de venta del vehículo al destinatario final de la
ayuda, ya sea a través del proveedor, fabricante o por la compañía de leasing o
renting.
Asimismo, se aportará el compromiso del destinatario final de la ayuda de
adquirir la propiedad del vehículo a la finalización del contrato de leasing o
renting.”
“8. Documentos justificativos del pago de la factura de compraventa del
vehículo: Se considerarán válidos aquellos justificantes de pago que permitan
identificar:
a) Al destinatario último: debe quedar claro que el único pagador es el
destinatario final de la ayuda, ya sea mediante un pago directo por el mismo o en
su nombre (mediante la correspondiente acreditación documental), o en su caso,
por la empresa de «renting» o leasing financiero, justificado éste mediante el
correspondiente contrato y certificado de pago de la entidad financiera al
proveedor en nombre del destinatario último.
b) Al tercero (punto de venta, concesionario o fabricante/importador) que
percibe las cantidades pagadas.
c) La fecha de pago (fecha valor) o salida efectiva de los fondos del
destinatario último de la ayuda
d) El vehículo objeto de la subvención.
e) En los casos de renting, a la empresa arrendadora.”»
Tres. En el epígrafe «2. Documentación requerida para justificar la actuación
realizada», en el párrafo «e) Actividad 5. Adquisición de semirremolques para uso en
autopistas ferroviarias,» se modifica el número 6 que queda redactado del siguiente
modo:
«6. En el caso de leasing o renting, se adjuntará adicionalmente una copia
del contrato de leasing o renting, que establezca una duración mínima de dos
años y donde figure como arrendatario del mismo el solicitante de la ayuda o
potencial destinatario final de la misma. La fecha de este contrato deberá ser
posterior a la fecha de registro de la solicitud de ayuda y tendrá una duración
mínima de dos años. Además, se incluirá expresamente que la empresa de
leasing o renting repercutirá el total de la ayuda en las cuotas del arrendatario que
queden por abonar con efectos desde la fecha en que la empresa de leasing o
renting reciba el importe de la ayuda o que reducirá el principal pendiente a partir
del momento en que se reciba la ayuda. En caso de que el importe de la suma de
las cuotas pendientes por abonar fuera inferior al importe de la ayuda, el contrato
de leasing o renting habrá de recoger también la forma y plazo de abono del
excedente de ayuda al destinatario último a la finalización del contrato de
arrendamiento.
Se deberá incluir, un documento contractual que contemple la opción de
compra o compromiso de venta del vehículo al destinatario final de la ayuda, ya
sea a través del proveedor, fabricante o por la compañía de leasing o renting.
cve: BOE-A-2023-23119
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Núm. 273